EXPEDIENTE JDC-121/2025

01_Forma registra JDC-121/2025

Chihuahua, Chihuahua; a once de marzo de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General Provisional, da cuenta al Magistrado Presidente con el acuerdo de sala y anexos, remitido por Edson Salvador Cervantes González, actuario de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, relativo al Juicio Para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía, promovido por Sergio Castro Guevara, por actos que les atribuye al Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025.

Con fundamento en el artículo 115, de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como, 26 fracción XIV, y 98 fracción VII del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Presentación. Téngase por recibido el oficio, y anexos, remitido a este Tribunal por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

SEGUNDO. Cuadernillo. Fórmese expediente con la documentación recibida, y regístrese con el número JDC-121/2025 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

TERCERO. Remisión del medio de impugnación a las responsables, para efectos del trámite. Toda vez que, del escrito de medio de impugnación presentado, se deduce que la autoridad señalada como responsable es el Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado de Chiuhuahua, se instruye a la Secretaría General para efectos de que remita a esta autoridad el medio de impugnación y sus anexos.

Lo anterior, conforme a lo dispuesto por el artículo 115, de la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras, misma que señala que cuando se reciba un medio de impugnación por el cual se pretenda combatir un acto o resolución que no es propio, la autoridad que lo reciba deberá remitirlo a la autoridad, o autoridades responsables, para efectos de que se cumpla con el trámite que establecen los artículos 116, 117 y 118 del citado ordenamiento legal.

CUARTO. Turno. Por así corresponder en el orden establecido por este órgano jurisdiccional, mediante acuerdo general de clave TEE/AGP04/2025, se turna el medio de impugnación a la ponencia del suscrito, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a dicha Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente.

                                                                                                             

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Circula JDC-121/2025

Chihuahua, Chihuahua, a catorce de marzo de dos mil veinticinco.

VISTO el estado procesal que guardan los autos; y con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 86, 105 y 119 de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral

ACUERDA

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave JDC-121/2025, y se radica para su sustanciación en esta Ponencia.

SEGUNDO. Domicilio. Se le tiene señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones, así como la persona autorizada que señala en su escrito inicial de demanda.

TERCERO. Informe de la autoridad responsable. En atención a que el informe circunstanciado no fue remitido por la autoridad responsable, se procedió de conformidad con el artículo 119, fracción III, de la Ley Electoral Reglamentaria, que señala, si la autoridad responsable no remite el informe circunstanciado dentro del plazo establecido, el medio de impugnación será resuelto con los elementos que obren en autos, teniendo por presuntivamente ciertos los hechos constitutivos de la violación reclamada, salvo que existan pruebas que desvirtúen dicha presunción.

CUARTO. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de sentencia que corresponde al presente asunto; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto a la Magistrada y Magistrado, que junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

QUINTO. Convocatoria a sesión pública de Pleno. Convoquése a Sesión pública de Pleno, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma, el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez,ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Convoca JDC-121/2025

Chihuahua, Chihuahua; a diecinueve de marzo de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-121/2025, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Pública de Pleno que se llevará a cabo a las catorce horas del diecinueve de marzo de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Marzo 11, 2025
Hugo Molina Martínez

FORMULADO CON MOTIVO

promovido por Sergio Castro Guevara, por actos que les atribuye al Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025.