Chihuahua, Chihuahua; veinticuatro de junio de dos mil veinticinco.
La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con: a) los oficios de clave IEE-
AD13-173/2025, IEE-AD04-090/2025, IEE-AD02-052/2025, IEE-AD05-135/2025, IEEAD09-134/2025 e IEE-AD011-046/2025, correspondientes a los avisos de interposición de medio de impugnación, que comunican el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua y las Asambleas de los Distritos Judiciales Morelos, Benito Juárez, Andrés del Río, Bravos, Hidalgo y Manuel Ojinaga, respectivamente; y, b) los informes circunstanciados, y anexos, que rinden las autoridades antes referidas, relativo al medio de impugnación promovido por Sara Julieta Muñoz Andrade, en su calidad de candidata a magistrada familiar del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado de Chihuahua en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024 – 2025. Con fundamento en los artículos 83, 88 y 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir
Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua[1]; así como 40, fracción XI del Reglamento
Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.
SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN249/2025, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
TERCERO. Turno. De conformidad con el acuerdo TEE/AGP07/2025[2] aprobado por el Pleno de este Tribunal Electoral, se turna el expediente al suscrito, por lo que se instruye a la Secretaria General que remita el expediente en que se actúa, a dicha ponencia.
CUARTO. Apertura de tomos del expediente. Para el mejor manejo de las actuaciones, se ordena a la Secretaria General de este Tribunal que proceda a la apertura de los tomos del expediente en que se actúa, conforme sea necesario, según se requiera atendiendo al volumen de las constancias que en su oportunidad se reciban.
NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.
[1] En adelante: Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras.
[2] Acuerdo General de Pleno del Tribunal Estatal Electoral, por el que se emiten lineamientos específicos para el turno de los juicios de inconformidad, vinculados al proceso electoral extraordinario 2024-2025 de personas juzgadoras.