Forma

Chihuahua, Chihuahua; veintiocho de junio de dos mil veinticinco.  

La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con: a) el informe circunstanciado y su alcance de claves IEE-SE-769/2025 y IEE-SE870/2025, respectivamente, así como sus anexos, que remite la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral, correspondiente al medio de impugnación promovido por José Luis Contreras Cruz. Con fundamento en los artículos 83, 88 y 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como, 40 fracción XI del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.

SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN-279/2025, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

TERCERO. Turno. De conformidad con el acuerdo TEE/AGP07/2025[1] aprobado por el Pleno de este Tribunal Electoral, se turna el expediente a la ponencia de la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, por guardar relación con el diverso JIN-199/2025 previamente turnado a esa ponencia; por lo que se instruye a la Secretaria General que remita el expediente en que se actúa a dicha ponencia.

CUARTO. Apertura de tomos del expediente. Para el mejor manejo de las actuaciones, se ordena a la Secretaria General de este Tribunal que proceda a la apertura de los tomos del expediente en que se actúa, conforme sea necesario, según se requiera atendiendo al volumen de las constancias que en su oportunidad se reciban.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe.

DOY FE. 

[1] Acuerdo General de Pleno del Tribunal Estatal Electoral, por el que se emiten lineamientos específicos para el turno de los juicios de inconformidad, vinculados al proceso electoral extraordinario 2024-2025 de personas juzgadoras.

Circula

Chihuahua, Chihuahua, a treinta de junio de dos mil veinticinco.[1]

VISTO el acuerdo de fecha veintiocho de junio, dictado por el Magistrado Presidente de este órgano jurisdiccional, mediante el cual forma y registra el expediente de clave alfanumérica JIN-279/2025 y lo turna a esta ponencia; y Con fundamento en los artículos 36 y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 82, 83, fracción II, 84, 89, 90, 91, 105, 113, 114, 116, 117, 118, 119, fracciones I y II, y 121 de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para elegir personas juzgadoras del Estado de Chihuahua;[2] 14, numerales 1, inciso a), y 4; así como 16 de la Ley General del Sistema de medios de impugnación en materia electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave JIN-279/2025, para los efectos legales a que haya lugar.

SEGUNDO. Domicilio procesal. Se le tiene señalando a la parte actora como domicilio para oír y recibir notificaciones, así como toda clase de documentos el ubicado en la calle Niños Héroes número 2525, colonia Melchor Ocampo, en ciudad Juárez Chihuahua.

TERCERO. Circulación. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa, para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a las Magistraturas de este Tribunal con excepción de quien formula la propuesta.

CUARTO. Solicitud de convocatoria. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

[1] Las fechas son correspondientes al año dos mil veinticinco.

[2] En adelante, Ley Electoral Reglamentaria.

Motivación

Formulado con motivo de la interposición del medio de impugnación, dentro del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado De Chihuahua 2024-2025