Chihuahua, Chihuahua; treinta de junio de dos mil veinticinco.
La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con: a) los oficios de clave IEE-SE-750/2025
e IEE-AD13/2025, correspondiente a los avisos de interposición de medio de impugnación promovido
por Carlos Andrés Aguilar Chávez, en su calidad de candidato a juez civil en el Distrito Judicial
Morelos dentro del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-
2025 y, b) los informes circunstanciados de clave IEE-SE-844/2025 e IEE-AD13-276/2025 y anexos
que remiten la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral y la Asamblea Distrital Judicial
Morelos. Con fundamento en los artículos 83, 88 y 119, fracciones I y III de la Ley Electoral
Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas
Juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como, 40 fracción XI del Reglamento Interior del Tribunal
Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.
SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN-325/2025, en el Libro
de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
TERCERO. Turno. De conformidad con el acuerdo TEE/AGP07/20251 aprobado por el Pleno de este
Tribunal Electoral, se turna el expediente a la ponencia del suscrito, por guardar relación con el diverso
JIN-312/2025 previamente turnado a mi ponencia; por lo que se instruye a la Secretaria General que
remita el expediente en que se actúa a mi ponencia.
CUARTO. Apertura de tomos del expediente. Para el mejor manejo de las actuaciones, se ordena a
la Secretaria General de este Tribunal que proceda a la apertura de los tomos del expediente en que
se actúa, conforme sea necesario, según se requiera atendiendo al volumen de las constancias que
en su oportunidad se reciban.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General
Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.