Forma y Registra

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.

SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN-377/2025, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

TERCERO. Turno. De conformidad con el acuerdo TEE/AGP07/2025[1] aprobado por el Pleno de este Tribunal Electoral, que establece el criterio de prevención asignación, se turna el expediente a la Ponencia del suscrito, por guardar relación con el diverso JIN-240/2025 previamente turnado a dicha ponencia, por lo que se ordena remitir el expediente en que se actúa.

CUARTO. Apertura de tomos del expediente. Para el mejor manejo de las actuaciones, se ordena a la Secretaria General de este Tribunal que proceda a la apertura de los tomos del expediente en que se actúa, conforme sea necesario, según se requiera atendiendo al volumen de las constancias que en su oportunidad se reciban.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

Circúlese

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido en esta Ponencia, el expediente de clave JIN-377/2025, para los efectos legales conducentes.

 

SEGUNDO. Domicilio procesal y autorizaciones de la parte actora. Se tiene a la parte actora, DATO PERSONAL PROTEGIDO, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el indicado en su escrito inicial de demanda, así como designando a la persona autorizada para tales efectos.

 

Así mismo, se tiene a la parte actora indicando el correo electrónico que refiere en su ocurso para recibir notificaciones; no obstante, dicha cuenta de correo no guarda las características que establece el artículo 336, numeral 3) de la Ley Electoral del Estado, por lo que no ha lugar a acordar de conformidad la notificación a través de correo electrónico.

 

Sin embargo, se autoriza la comunicación de los acuerdos y resoluciones que se dicten en el presente expediente mediante correo electrónico, para fines meramente de consulta, sin que ello sustituya las notificaciones formales establecidas en la ley de la materia.

 

TERCERO. Autoridades responsables. En virtud de que los informes circunstanciados remitidos por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo y Priscila Mireya Gameros Jáquez, Secretaria de la Asamblea Distrital Abraham González, ambos del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, cumplen con los requisitos legales exigidos, se le tienen por cumplidas las obligaciones previstas en los artículos 117 y 118 de la Ley Electoral Reglamentaria, así como en el artículo 329 de la Ley Electoral, ambas del Estado.

 

CUARTO. Terceros interesados. Tal y como se advierte de los informes circunstanciados y de las respectivas constancias de retiro de publicación del medio de impugnación, durante el lapso legal de cuarenta y ocho horas, no comparecieron personas terceras interesadas dentro del presente juicio de inconformidad.

QUINTO. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de sentencia que corresponde al presente asunto; así mismo, se le ordena entregar copia del proyecto a las Magistradas, que, junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

 

SEXTO. Convocatoria a sesión pública del Pleno. Convóquese en el término de ley, al Pleno de este Tribunal a sesión pública para la resolución del proyecto de sentencia que será propuesto por esta ponencia.

 

NOTIFÍQUESE, por estrados a las personas interesadas.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

CONVÓQUESE

Chihuahua, Chihuahua; a nueve de julio de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JIN-377/2025,

con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de

Chihuahua; 16, numeral 1 y 2, 18, numeral 1 y 29 fracción VII, del Reglamento Interior de

este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Pública de Pleno que habrá de celebrarse

a las dieciocho horas del jueves diez de julio de la presente anualidad para analizar, discutir

y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la

convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este

Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria

General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Motivación

promovido por DATO PERSONAL PROTEGIDO, dentro del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025