EXPEDIENTE JDC-019/2025

Admisión

Chihuahua, Chihuahua, a dieciocho de febrero de dos mil veinticinco.

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente relativo al juicio de la ciudadanía JDC-019/2025 y, su respectivo acuerdo de turno por el cual, se turna a la Magistrada Socorro Roxana García Moreno dicho asunto para sustanciarlo y resolverlo.

De igual forma, se tienen por recibido el expediente JDC-019/2025, con su respectiva cuenta y acuerdo de turno.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numerales 1, inciso a) y 3, inciso f); 297, numeral 1, inciso m); 303, numeral 1, inciso d); y 367 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 3; 7; 86; 99; 100 y 101, de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; 18; 19; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, XVI, XVII, y XXX; 103, numeral 8; y 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

ACUERDA:

  1. 1. Recepción. Se tienen por recibido el expediente identificado con la clave JDC-019/2024 para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Parte Actora. Se tiene a Gabriel Alejandro Vidaña Manjarrez parte actora identificada en el expediente.

 

  1. Autoridad responsable. En atención a que el informe circunstanciado fue remitido por el Comité de Evaluación del Poder Legislativo el diecisiete de febrero de dos mil veinticinco, se le tiene por cumplidas las obligaciones que le impone la Ley.

 

  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio en su escrito de demanda.
  1. Admisión. Toda vez que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley, se admite el juicio de la ciudadanía interpuesto en contra de la lista de aspirantes que cumplieron con los requisitos establecidos en la Convocatoria, del Comité Evaluador del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua.
  1. Instrucción. En vista de lo anterior, se declara abierto el periodo de instrucción, para los efectos legales conducentes.

Las pruebas ofrecidas por la parte actora se admiten y desahogan dada su naturaleza, de conformidad con los numerales 116 de la Ley Electoral Reglamentaria.

  1. Cierre de instrucción. En vista que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular, y dado que el expediente en que se actúa se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la etapa de instrucción y se dejan en estado de resolución los autos del expediente.
  1. Circulación. Remítase a la Secretaría General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Convocatoria JDC-019/2025

Chihuahua, Chihuahua; dieciocho de febrero de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-019/2025, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1 segundo párrafo, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Pública de Pleno que se llevará a cabo a las diez horas del miércoles diecinueve de febrero de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

FORMULADO CON MOTIVO

Formulado con motivo de la demanda interpuesta por Gabriel Alejandro Vidaña Manjarrez en su carácter de aspirante a Magistrado del Tribunal Superior de Justicia en materia Penal, mediante el cual interpone un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la ciudadanía, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025