Chihuahua, Chihuahua; a dieciocho de febrero de dos mil veinticinco.
La Secretaria General Provisional, da cuenta al Magistrado Presidente con los informes circunstanciados, y anexos a los mismos, presentados ante este Tribunal, por: a) el Comité de Evaluación del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, en relación con el medio de impugnación presentado por Manuela Judith Archuleta Paz, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025. Con fundamento en los artículos 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua[1]; así como, 26 fracciones II y XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, se
ACUERDA:
PRIMERO. Forma y registra. Atento a lo dispuesto por los artículos 83, fracción I y 86 de la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras, fórmese expediente con las constancias descritas en la cuenta y, dentro del libro de gobierno, regístrese el medio de impugnación en la vía del juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía de este Tribunal, con la clave JDC-051/2025.
SEGUNDO. Agréguense. Se ordena a la Secretaría General que se integren al presente expediente las constancias originales relacionadas con el medio de impugnación.
TERCERO. Turno. Por así corresponder en el orden establecido por este órgano jurisdiccional, se turna el medio de impugnación a la Ponencia de la Magistrada Socorro Roxana García Moreno , por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a dicha Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente.
CUARTO.- Se tiene por recibido el informe circunstanciado del Comité de Evaluación del Poder Legislativo del Estado, se ordena a la Secretaría General, agregarlo al expediente de cuenta.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE
[1] En adelante: Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras.