Chihuahua, Chihuahua; a veinticinco de abril de dos mil veinticinco.
La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con escrito de demanda, y anexos, presentado por DATO PERSONAL PROTEGIDO, mediante el cual reclama el reconocimiento como beneficiario de las prestaciones laborales de una trabajadora finada del Instituto Estatal Electoral. Con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso g) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97, 102 y 134 del
Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; además, de lo dispuesto en los artículos 503 y 896 de la Ley Federal del Trabajo, de aplicación supletoria, se
ACUERDA:
PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibida la documentación descrita en la cuenta.
SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente con el escrito de demanda y anexos presentados, con la clave JCL186/2025 y dentro del libro de gobierno regístrese en la vía del juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Estatal Electoral y sus servidores.
TERCERO. Turno. Se turna el expediente a la Ponencia de la Magistrada Adela Alicia Jiménez Carrasco, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a la referida Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.