Forma registra

Chihuahua, Chihuahua; a diez de marzo de dos mil veinticinco.

Vista la cuenta que da la Secretaria General Provisional al Magistrado Presidente con: a) Notificación de medio de impugnación signado por Óscar Iván Díaz Saucedo, en su carácter de Secretario de Asuntos Legislativos y Jurídicos del Congreso del Estado de Chihuahua, mediante el cual informa la presentación de dicho medio promovido por Ricardo Gustavo Tuda Vargas, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025; b) el informe circunstanciado y anexos, presentado ante este Tribunal por Óscar Iván Díaz Saucedo, en su carácter de Secretario de Asuntos Legislativos y Jurídicos del Congreso del Estado de Chihuahua, en relación con dicho medio de impugnación.

Con fundamento en los artículos 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como, 26 fracciones II y XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el informe circunstanciado emitido por la autoridad responsable.

 

SEGUNDO. Forma y registra. Atento a lo dispuesto por los artículos 83, fracción I y 86 de la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras, fórmese expediente con las constancias descritas en la cuenta y, dentro del libro de gobierno, regístrese el medio de impugnación en la vía del juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía de este Tribunal, con la clave JDC-116/2025

 

TERCERO. Turno. Por así corresponder en el orden establecido por este órgano jurisdiccional, se turna el medio de impugnación a la Ponencia del Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a dicha Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Returno

Chihuahua, Chihuahua; a diecinueve de marzo de dos mil veinticinco .

La Secretaria General Provisional da cuenta al Magistrado Presidente con copia certificada de la resolución incidental dictada en el cuadernillo de clave C.I.19/2025-JDC-116/2025, a través de la cual se aprobó la excusa formulada por el Magistrado en Funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para conocer y resolver el juicio para la protección de los derechos políticos y electorales en que se actúa. Con fundamento en el artículo 102, numerales 2 y 3, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como, el Acuerdo General del Pleno, de clave TEE/AGP04/2025, se

ACUERDA:

PRIMERO. Glosa. Agréguese al expediente en que se actúa la documentación descrita en la cuenta.

SEGUNDO. Re turno. Con motivo de la causal de impedimento que se deduce en la resolución incidental descrita en la cuenta, se turna el medio de impugnación a la Ponencia de la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, por así corresponder en el orden establecido por este órgano jurisdiccional, mediante acuerdo general de clave TEE/AGP04/2025; por lo que se instruye a la Secretaria General, que remita los autos a dicha ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Admisión y circula

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA.

EXPEDIENTES:   JDC-116/2025 

PARTE ACTORA: RICARDO GUSTAVO TUDA VARGAS 

AUTORIDADES RESPONSABLES: JUNTA DE COORDINACION POLITICA Y PLENO DEL H CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

MAGISTRADA PONENTE: SOCORRO ROXANA GARCÍA MORENO.

 

Chihuahua, Chihuahua, a veintiuno de marzo de dos mil veinticinco.

VISTA la cuenta por la cual la Secretaria General en Funciones remite a la Ponencia el expediente al rubro citado y, su respectivo acuerdo de turno por el cual, se turna a la Magistrada Socorro Roxana García Moreno dicho asunto para sustanciarlo y resolverlo. 

De igual forma, se tienen por recibido el expediente con su respectiva cuenta y acuerdo de turno.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numerales 1, inciso a) y 3, inciso f); 297, numeral 1, inciso m); 303, numeral 1, inciso d); y 367 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 3; 7; 86; 99; 100 y 101, de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; 18; 19; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, XVI, XVII, y XXX; 103, numeral 8; y 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

 

ACUERDA:

 

  1. Recepción. Se tienen por recibido el expediente en que se actúa, para los efectos legales a que haya lugar.

 

  1. Parte Actora. Se tiene a la parte actora identificada en el escrito de demanda que originó el presente asunto.

 

  1. Autoridad responsable. En atención a que el informe circunstanciado remitido por el Pleno del H. Congreso del Estado de Chihuahua, se le tiene por cumplidas las obligaciones que le impone la Ley.

 

  1. Domicilio procesal. Se tiene a la parte actora señalando domicilio en su escrito de demanda. 

 

  1. Admisión. Toda vez que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley, se admite el juicio de la ciudadanía interpuesto en contra de la lista de aspirantes que cumplieron con los requisitos establecidos en la Convocatoria, del Comité Evaluador del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua.

 

  1. Instrucción. En vista de lo anterior, se declara abierto el periodo de instrucción, para los efectos legales conducentes.

 

Las pruebas ofrecidas por la parte actora se admiten y desahogan dada su naturaleza, de conformidad con los numerales 116 de la Ley Electoral Reglamentaria.

 

  1. Cierre de instrucción. En vista que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular, y dado que el expediente en que se actúa se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la etapa de instrucción y se dejan en estado de resolución los autos del expediente.

 

  1. Circulación. Remítase a la Secretaría General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

  1. Convocatoria. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Convocatoria

Chihuahua, Chihuahua; a veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del cuadernillo incidental identificado bajo la clave JDC-116/2025, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 19 fracción I, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse de manera urgente a las doce horas del lunes veinticuatro de marzo del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

 

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

FORMULADO CON MOTIVO

Presentación de medio promovido por Ricardo Gustavo Tuda Vargas, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025

CUADERNILLO INCIDENTAL 019/2025

Forma registra

Chihuahua, Chihuahua; a catorce de marzo de dos mil veinticinco.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el oficio sin número signado por Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, en su carácter de Magistrado en funciones del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual formula excusa para conocer y resolver en el caso particular el expediente JDC-116/2025 del índice de este Tribunal. Con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 98 fracción VI y VII del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita con anterioridad.

SEGUNDO. Cuadernillo Incidental. Fórmese cuadernillo incidental con la documentación recibida y regístrese con la clave C.I-019/2025-JDC-116/2025 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional. 

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martinez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Circula

Chihuahua, Chihuahua, a dieciocho de marzo de dos mil veinticinco. 

 

VISTO el escrito de excusa planteado por el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para desconocer del juicio de la ciudadanía en el que se actúa;

 

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso m); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 3; 7; 86; 99; 100,105, 118 y 119 fracción V, de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; 18; 19; 27, fracciones I, IX y XX; 32 fracción I, II, III, XVI, XVII, y XXX; 103, numeral 8; y 113 del Reglamento Interior del Tribunal, se

 

ACUERDA

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido en esta ponencia de la Magistrada Instructora, el cuadernillo de clave C.I.-019/2025-JDC-116/2025, así como toda su documentación.

 

SEGUNDO. Parte actora. Se reconoce legitimación a Ricardo Gustavo Tuda Vargas, ya que promueve el presente juicio de la ciudadanía por sus propios derechos, como aspirante a un cargo de elección popular en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025.

 

TERCERO. Domicilio. Se le tiene señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el señalado en su escrito inicial de demanda.

 

CUARTO. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución incidental elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución incidental a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta. 

 

QUINTO. Convocatoria. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el términos de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Convoca

Chihuahua, Chihuahua; dieciocho de marzo de dos mil veinticinco. 

Visto el estado que guardan los autos del cuadernillo incidental identificado bajo la clave C.I-019/2025-JDC-116/2025, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, segundo párrafo, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse de manera urgente a las doce horas del miércoles  diecinueve de marzo del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante en la Secretaria General provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.