01_Forma registra JDC-144/2025

Chihuahua, Chihuahua; a catorce de marzo de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General Provisional, da cuenta al Magistrado Presidente con la cédula de Notificación Electrónica, remitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual se notifica el acuerdo de sala de fecha doce de marzo de la presente anualidad, recaído en el expediente SUP-JDC1578/2025 y SUP-JDC-1594/2025, acumulados, en el cual se reencauza el medio de impugnación presentado por Edgar Aurelio Quintana Camacho, a este Tribunal para que se determine lo que en derecho corresponda; así mismo, con el informe circunstanciado remitido por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al medio de impugnación relativo al expediente SUP-JDC-1594/2025, promovido por Edgar Aurelio Quintana Camacho, por su propio derecho, mediante el cual interpone juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, en contra actos que les atribuye a la Presidenta del Consejo Estatal del lnstituto Estatal Electoral y al Consejo Estatal del  lnstituto Estatal Electoral.

 

Con fundamento en los artículos 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua[1]; así como, 26 fracciones II y XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Forma y registra. Atento a lo dispuesto por los artículos 83, fracción I y 86 de la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras, fórmese expediente y regístrese el medio de impugnación descrito en la cuenta, en la vía del juicio para la

 

protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía de este Tribunal, con la clave JDC-144/2025.

 

SEGUNDO. Turno. Por así corresponder en el orden establecido por este órgano jurisdiccional, mediante acuerdo general de clave TEE/AGP04/2025, se turna el medio de impugnación a la Ponencia de la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a dicha Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente. 

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Circula JDC-144/2025

Chihuahua, Chihuahua, a catorce de marzo de dos mil veinticinco[1].

 

VISTO:

  1. a) El acuerdo emitido el catorce de marzo de dos mil veinticinco por el Magistrado Presidente de este órgano jurisdiccional, mediante el cual forma y registra el expediente con la clave alfanumérica JDC-144/2025.

 

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, incisos d) y m); 299, numeral 2, inciso u); 334 numeral 1), inciso a); 365 y 366, numeral 1, inciso g) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 19, fracción l; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracción XVll; 103, numeral 1; y 109, numeral 1, así como 113 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral; 82, 83 fracción I, 84, 86, 87, 99, 105, 110, 114, 119, 120  de la Ley Electoral

Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103, de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua2, se

 

ACUERDA

 

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido en esta ponencia el expediente de cuenta.

 

TERCERO. PARTE ACTORA. Se reconoce la personalidad a Edgar Aurelio Quintana Camacho, en su carácter de en su carácter de aspirante a Magistrado de en Materia Civil en el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 de las personas que ocuparán los cargos del Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

 

CUARTO. DOMICILIO. Se tiene señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos, el ubicado en calle Siena 3703 fraccionamiento Villa Toscana, como lo indica en el escrito de impugnación.

 

 

QUINTO. AUTORIDADES RESPONSABLES. Señala como autoridad responsable

Presidenta del Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral, así como el propio Instituto.

 

SEXTO. TERCERO INTERESADO. De acuerdo con las constancias que obran en el expediente, no compareció tercero interesado.

 

SÉPTIMO. ADMISIÓN. Toda vez que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley Electoral Reglamentaria, se admite el juicio para la protección de los derechos político electorales de la ciudadanía.

 

OCTAVO. INSTRUCCIÓN. En vista de lo anterior, se declara abierto el periodo de instrucción para los efectos legales a que haya lugar.

 

NOVENO. PRUEBAS OFRECIDAS POR LA PARTE ACTORA. Se le tiene ofreciendo las documentales que refiere en su escrito de demanda.

 

Lo anterior, con fundamento en lo establecido en 15, incisos a), b) y e), de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, y su correlativo 113 de Ley Electoral Reglamentaria, se admite las pruebas ofrecidas señaladas en el inciso; mismas que se tienen por desahogadas dada su especial naturaleza.

 

En cuanto a las documentales privadas, solo generarán indicios, por lo que, harán prueba plena sobre la veracidad de los hechos al conectarse con los demás elementos de convicción que obren en el expediente, las afirmaciones de las partes, la verdad conocida y el recto raciocinio de la relación que guardan entre sí.

 

Por cuanto hace a la instrumental de actuaciones, hará prueba plena cuando para resolver generen convicción sobre la veracidad de los hechos alegados, al concatenarse con los demás elementos que obren en el expediente, las afirmaciones de las partes, la verdad conocida y el recto raciocinio de la relación que guardan entre sí, generen convicción sobre la veracidad de los hechos afirmados.

 

Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 16, numerales 2 y 3, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

DÉCIMO. CIERRE DE INSTRUCCIÓN. En virtud de que no existen diligencias por desahogar, y dado que el expediente se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la instrucción.

 

DÉCIMO PRIMERO. CIRCULACIÓN. Remítase a la Secretaría General el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa, para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

DÉCIMO SEGUNDO. CONVOCATORIA. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

 

 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.                                    

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. 

03_Convoca JDC-144/2025

Chihuahua, Chihuahua; catorce de marzo de dos mil veinticinco. 

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC144/2025, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, 31 y 34 fracción 1 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno urgente que habrá de celebrarse a las dieciocho horas con cuarenta minutos del sábado quince de marzo del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

 

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante en la Secretaria General provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

04_Agreguese JDC-144/2025

Chihuahua, Chihuahua; veinte de marzo de dos mil veinticinco

 

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaría General al suscrito Magistrado Presidente, de la que se advierte la notificación efectuada por Saúl Hamud Escobar, Actuario de Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual notifica a este Tribunal, la documentación descrita en la cuenta, dentro del expediente identificado con la clave SUP-JDC-1578/2025 y SUPJDC-1594/2025, vinculado con el diverso JDC-144/2025 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 297, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal

Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia, por tanto, agréguese la misma al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

SEGUNDO. Copia certificada. Expídase copia certificada de la documentación de referencia y agréguese al cuadernillo de clave C-

159/2025, formado con motivo de la impugnación del presente expediente.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

05_Cedula de notificacion JDC-144/2025

Chihuahua, Chihuahua; veinte de marzo de dos mil veinticinco.

Visto el escrito signado por Edgar Aurelio Quintana Camacho en su calidad de mexicano, mayor de edad y por su propio derecho, mediante el cual interpone Juicio Para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía, en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente JDC-144/2025, con fundamento en los artículos 17, 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; se:

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Ténganse por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Aviso. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente. TERCERO. Publicación. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Informe. Se instruye a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por los artículos 18, numeral 2, numeral 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remisión. Remítase de inmediato a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaría General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo C-161/2025 en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.Rúbricas.

06_Agreguese JDC-144/2025

Chihuahua, Chihuahua; a veinticinco de marzo de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General Provisional, da cuenta al Magistrado Presidente con la cédula de notificación electrónica, y anexos a los mismos, remitidos por Jorge Francisco López Rodríguez, Actuario de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por medio del cual notifica proveído de fecha diecinueve de marzo de dos mil veinticinco, dictado por la Magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, Presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del juicio en línea SUPJDC-1679/2025, con el cual requiere a este órgano jurisdiccional, quien es señalado como autoridad responsable en el expediente que se indica, para que realice el trámite previsto en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral.

 

Con fundamento en el artículo 26 fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

ÚNICO. En cuanto a lo solicitado por la Sala Superior, el referido trámite se encuentra realizado, tal y como se desprende en el expediente en que se actúa.

 

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

07_Agreguese JDC-144/2025

Chihuahua, Chihuahua; a dos de abril de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General Provisional da cuenta al Magistrado Presidente de este Tribunal, con cédula de notificación electrónica, mediante el cual se notifica el acuerdo de veintisiete de marzo de la presente anualidad y ordena remitir documentación relativa al expediente de clave SUP-JDC-1578/2025 y acumulado, del índice de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mismos que guardan relación con el expediente JDC-144/2025 del índice de este Tribunal, así como oficio de remisión de constancias, de veintinueve de marzo de la presente anualidad, relativo al referido expediente de la Sala Superior. Con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracción XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibido la documentación descrita en la cuenta. 

 

SEGUNDO. Glosa. Agréguese la documentación mencionada en la cuenta, a los autos que integran el expediente de clave JDC-144/2025.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas. 

FORMULADO CON MOTIVO

Promovido por Edgar Aurelio Quintana Camacho, por su propio derecho, mediante el cual interpone juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, en contra actos que les atribuye a la Presidenta del Consejo Estatal del lnstituto Estatal Electoral y al Consejo Estatal del  lnstituto Estatal Electoral.

CUADERNILLO INCIDENTAL 54/2025

01_Forma registra C.I.-054/2025 JDC-151/2025

Chihuahua, Chihuahua; a dieciocho de marzo de dos mil veinticinco.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el oficio sin número signado por Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, en su carácter de Magistrado en funciones del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual formula excusa para conocer y resolver en el caso particular el expediente JDC-151/2025 del índice de este Tribunal. Con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 98 fracción VI y VII del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita con anterioridad.

SEGUNDO. Cuadernillo Incidental. Fórmese cuadernillo incidental con la documentación recibida y regístrese con la clave C.I-054/2025-JDC-151/2025 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martinez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Circula C.I.-054/2025 JDC-151/2025

Chihuahua, Chihuahua, a dieciocho de marzo de dos mil veinticinco.

VISTO el estado procesal que guardan los autos; y con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 86, 105 y 119 de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; se

ACUERDA

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el cuadernilloidentificado con la clave C.I-054/2025, y se radica para su sustanciación en esta ponencia.

SEGUNDO. Se circula Acuerdo Plenario. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de Acuerdo de Pleno que corresponde al presente asunto; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto a la Magistrada y Magistrado que, junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

TERCERO. Convocatoria a sesión pública del Pleno. Convóquese a sesión pública de Pleno, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda al proyecto de acuerdo plenario de excusa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma, el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez,ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General del veintiuno de diciembre de dos mil veinte del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el Acta de Sesión Privada de fecha nueve de enero de dos mil veintitrés, por los que se implementa la firma electrónica certificada en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.

03_Convoca C.I.-054/2025 JDC-151/2025

Chihuahua, Chihuahua; dieciocho de marzo de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del cuadernillo incidentalidentificado bajo la clave C.I-054JDC-151/2025, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, segundo párrafo, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse de manera urgente a las doce horas del miércoles diecinueve de marzo del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante en la Secretaria General provisional Nohemí Gómez Gutiérrez.DOY FE.

Marzo 18, 2025