Chihuahua, Chihuahua; treinta de octubre del año dos mil veintitrés.
Vista la cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las que se advierte el informe circunstanciado formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado por el Partido Acción Nacional en contra de Isthar Ibarra Barraza, Eva América Mayagoitia Padilla y Eliel Alfredo García Ramos, en su caracter de Regidoras y Regidor del H. Ayuntamiento del municipio de Chihuahua, por la presunta comisión de diversas conductas consistentes en vulnerar los principios de equidad e imparcialidad al difundir su segundo informe de labores fuera de los plazos establecidos en la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso e); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y Regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-068/2023 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Previo. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador por el Magistrado Hugo Molina Martínez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.
TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.