01_Forma registra y turno RAP-249/2024

Chihuahua, Chihuahua; diez de junio de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado remitido por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo a la interposición del recurso de apelación, promovido Luis Eduardo Rivas Martínez en su carácter de represante propietario del partido Movimiento Ciudadano ante el Consejo Estatal de este Instituto, mediante el cual interpone una demanda de recurso de apelación, en contra el Acuerdo IEE/CE212/2024 del Consejo Estatal, mediante el cual se da respuesta a la consulta presentada por ese instituto político respecto de la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave RAP-249/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Hugo Molina Martínez para la sustanciación y resolución del mismo.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Recepción circula y convoca RAP-249/2024

Chihuahua, Chihuahua, a once de mayo de dos mil veinticuatro.[1]

VISTOS 1. La cuenta del diez de junio, remitida por la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal y el acuerdo de misma fecha por el que se forma, registra y turna a esta ponencia el expediente en que se actúa. 2. El estado que guardan los autos en el expediente RAP-249/2024 y con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 19; fracción I; 27, fracción IX; 32, fracciones XVI y XVII, y 113 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave RAP-249/2024, y se radica para su sustanciación en esta ponencia.

SEGUNDO. CIRCULACIÓN DEL PROYECTO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal el proyecto de resolución elaborado por esta ponencia en relación con el presente asunto; asimismo, se solicita entregar copia del mismo a la magistrada y magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, con excepción de quien realiza la propuesta.

TERCERO. CONVOCATORIA A SESIÓN DEL PLENO. Se solicita a la Magistrada Presidenta, convoque al Pleno de este Tribunal a sesión para la resolución del presente medio de impugnación.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General en Funciones, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veinticuatro, salvo precisión en contrario.

03_Convoca RAP-249/2024

Chihuahua, Chihuahua; trece de junio de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave RAP-249/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas con treinta minutos del viernes catorce de junio del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

formulado con motivo
promovido Luis Eduardo Rivas Martínez en su carácter de represante propietario del partido Movimiento Ciudadano ante el Consejo Estatal de este Instituto, mediante el cual interpone una demanda de recurso de apelación, en contra el Acuerdo IEE/CE212/2024 del Consejo Estatal, mediante el cual se da respuesta a la consulta presentada por ese instituto político respecto de la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.