01_Forma registra PES-435/2024

Chihuahua, Chihuahua; quince de julio de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal; de las que, se advierte el Informe Circunstanciado, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; formulado, con motivo del Procedimiento Especial Sancionador IEE-PES-098/2024, promovido por Héctor Rafael Ortiz Orpinel,  en contra de Sergio Nevárez Rodríguez, por conductas que pudieran constituir violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, derivado de la promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y Regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-435/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Previo. Previo a asumir el expediente para la revisión y resolución del Procedimiento Especial Sancionador por parte de la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

 

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Informe asume PES-435/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintitrés de julio de dos mil veinticuatro.

 

Visto el informe suscrito por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numeral 1, inciso a) y 3, inciso b); 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General Provisional dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de fecha quince de julio de dos mil veinticuatro. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Asume. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha quince de julio de dos mil veinticuatro, se asume el presente expediente por la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

03_Recepción circula convoca PES-435/2024

 

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

EXPEDIENTE: PES-435/2024

DENUNCIANTE: HÉCTOR RAFAEL ORTIZ ORPINEL

DENUNCIADOS: SERGIO NEVÁREZ RODRÍGUEZ Y OTROS[1]

MAGISTRADA PONENTE: ROXANA GARCÍA MORENO

 

 

Chihuahua, Chihuahua, a veintitrés de julio de dos mil veinticuatro[2].

 

VISTOS

 

  1. La constancia levantada el día doce de julio, por  la cual funcionario de este Tribunal, recibió documentación remitida por el Instituto Estatal Electoral.
  1. La constancia de fecha quince de julio, mediante la cual da cuenta, emitida por la Secretaría General Provisional de este órgano jurisdiccional.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 292; 295, numeral 1) inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, inciso m) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18 y 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se recibe en esta ponencia el expediente identificado con la clave PES-435/2024, así como toda su documentación.

 

SEGUNDO. CIRCULACIÓN DEL PROYECTO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de acuerdo plenario, formulado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le instruye entregar copia del citado proyecto a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

TERCERO. CONVOCATORIA. Se convoca a Sesión Privada de Pleno que se llevará a cabo a las nueve horas del día miércoles veinticuatro de julio de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE

[1] Ricardo Muñoz Meléndez, Mónica Cabrera Tello, Ana Beatriz Chaparro Jiménez, Gustavo Cortez Escareño, Janet Verónica Nájera Escobedo, Daniel Ernesto Valles Vargas, Raúl Gustavo Arango García, Irma Guadalupe Chávez Galaviz, Gustavo Enrique Pérez Gutiérrez, Claudia Yadira Morales Valadez, Carlos Daniel Cuevas Lujan, José Genaro Cruz, Cesar Cota Alvídrez, José Carlos Mata Chávez, Miguel Ángel Carrillo Duarte y Jesús Oscar Soto Pérez.

[2] Las fechas son correspondientes al año dos mil veinticuatro.

formulado con motivo
promovido por Héctor Rafael Ortiz Orpinel,  en contra de Sergio Nevárez Rodríguez, por conductas que pudieran constituir violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, derivado de la promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos