01_Forma registra y reserva de turno JDC-006/2023

Chihuahua, Chihuahua; veintiséis de enero de dos mil veintitrés.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado remitido por el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al juicio para la protección de los derechos políticos y electorales de la ciudadanía promovido por Wendolyn Amairany Hernández Valdez, por su propio derecho, en contra de las presuntas omisiones legislativas y reglamentarias de diversas autoridades con relación a las acciones afirmativas atinentes a la protección y tutela de los derechos políticos y electorales de la comunidad LGBTTTIQ+;con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-006/2023 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Recepción. Se tiene por recibida la documentación de cuenta; por lo tanto, agréguese al expediente en que se actúa.

TERCERO. Cuadernillo. Agréguense las constancias originales que integran el Cuadernillo identificado con la clave C-04/2023, formado con motivo de la impugnación a que se hace referencia y en donde se ordenó la remisión del escrito de demanda a quienes se tuvo como autoridades responsables al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua y el Congreso del Estado de Chihuahua.

CUARTO. Reserva de turno. En virtud de que en el presente asunto aún no se cuenta con las constancias referidas en el punto cuarto del acuerdo de fecha dieciocho de enero del presente año, emitido dentro del cuadernillo C-04/2023, y que son necesarias para la debida integración del expediente, se reserva el turno del presente asunto hasta en tanto dicha documentación sea remitida al Tribunal.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Agréguese y turno JDC-006/2023

Chihuahua, Chihuahua; treinta de enero de dos mil veintitrés.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado remitido por el Congreso del Estado de Chihuahua, relativo al juicio para la protección de los derechos políticos y electorales de la ciudadanía promovido por Wendolyn Amairany Hernández Valdez, por su propio derecho, en contra de las presuntas omisiones legislativas y reglamentarias de diversas autoridades con relación a las acciones afirmativas atinentes a la protección y tutela de los derechos políticos y electorales de la comunidad LGBTTTIQ+; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibida la documentación de cuenta; por lo tanto, agréguese al expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Turno. Derivado que en el acuerdo de fecha veintiséis de enero del presente año se reservó el turno del expediente en que se actúa, en vista de la recepción de la documentación de cuenta, por razón de orden alfabético se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Hugo Molina Martínez para la sustanciación y resolución del mismo.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Admisión JDC-006/2023

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

EXPEDIENTE: JDC-006/2023

ACTORA: WENDOLYN AMAIRANY HERNÁNDEZ VALDEZ

AUTORIDAD RESPONSABLE:

CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA; Y EL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL

MAGISTRADO INSTRUCTOR: HUGO MOLINA MARTÍNEZ

Chihuahua, Chihuahua, a quince de febrero de dos mil veintitrés.[1]

VISTOS: 1. La documentación descrita en la constancia del día dieciocho de enero y la cuenta del día veintiséis de enero, ambas emitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, por medio de la cual se hace constar la recepción del expediente en que se actúa; 2. La documentación descrita en las constancias de fecha veinticinco de enero y veintisiete de enero, por medio de las cuales se hace constar la recepción de los informes circunstanciados, emitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal 3. El acuerdo emitido el veintiséis de enero por la Magistrada Presidenta, Socorro Roxana García Moreno, por el que se ordena formar y registrar el expediente identificado con la clave JDC-006/2023, así como la reserva de turno; 4. El acuerdo del treinta de enero por el que se turna a esta Ponencia, el expediente precitado, integrado con motivo del juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía interpuesto por Wendolyn Amairany Hernández Valdez, contra la omisión legislativa por parte del  Congreso del Estado de Chihuahua y la omisión reglamentaria del Instituto Estatal Electoral, de garantizar de los derechos político electorales de las personas pertenecientes a la comunidad LGBTTTIQ+.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, incisos d) y m); 299, numeral 2, inciso u); 303, numeral 1, inciso d); 308, numeral 1; 317, numeral 1, inciso d); 330, numeral 1, inciso b); 331, numeral 5; 365; 370 y 371, numeral 1, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, y 109, numeral 1, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

  1. RADICACIÓN. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave JDC-006/2023, y se radica para su sustanciación en esta ponencia.
  1. ACTOR. Se reconocelegitimación a Wendolyn Amairany Hernández Valdez en el presente procedimiento como ciudadana en calidad de integrante de la comunidad de la diversidad sexual.
  1. DOMICILIO. Se tiene señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos, el indicado en el escrito de impugnación y como autorizados para tales efectos a las personas mencionados en el mismo.
  1. AUTORIDAD RESPONSABLE. En atención a que los informes circunstanciados, remitidos por el Secretario de Asuntos Legislativos y Jurídicos del Congreso del Estado de Chihuahua y por la Consejera Presidenta del Instituto Estatal Electoral, se encuentran apegados a derecho, se tienen por cumplidas las obligaciones que les impone la Ley Electoral del Estado.
  1. TERCERO INTERESADO. De acuerdo con el informe circunstanciado y las constancias que obran en el expediente, no comparece tercero interesado alguno.
  1. ADMISIÓN. Toda vez que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, se admite el juicio para la protección de los derechos políticos electorales de la ciudadanía interpuesto.
  1. INSTRUCCIÓN. En vista de lo anterior, se declara abierto el periodo de instrucciónpara los efectos legales a que haya lugar.

 

  1. PRUEBAS. Téngase por ofrecidas y admitidas las pruebas siguientes:

 

a)Por la actora. Con vista en el escrito de impugnación, se obtiene que la actora no ofreció pruebas de su parte.

b)Congreso del Estado de Chihuahua. Se tienen por ofrecidas y admitidas las siguientes pruebas I; II, III; IV; V; VI; VII; VIII y IX, adjuntas en el informe circunstanciado.

c)Instituto Estatal Electoral. Se tienen por ofrecidas y admitidas las documentales públicas ofrecidas en su informe circunstanciado, consistentes en acuerdos y documentos emitidos por el Instituto.

Mismas que serán valoradas en el momento procesal oportuno. Lo anterior, de conformidad con los artículos 318, numeral 1, incisos a), c) y e) y 323 de la Ley Electoral del Estado.

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veintitrés, salvo se especifique lo contrario.

04_Circula JDC-006/2023

 

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DE LA CIUDADANÍA

EXPEDIENTE: JDC-006/2023

ACTORA:WENDOLYN AMAIRANY HERNÁNDEZ VALDEZ

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONGRESO DEL ESTADO

DE CHIHUAHUA E INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL

MAGISTRADO: HUGO MOLINA MARTÍNEZ

 

Chihuahua, Chihuahua, a tres de marzo de dos mil veintitrés[1].

VISTO el estado que guardan los autos del expediente en que se actúa, y con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 19; fracción I; 27, fracciones I y IX; 32, fracciones XVI y XVII, y 113 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

 

PRIMEROCircular proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal el proyecto de resolución elaborado por esta ponencia en relación al presente asunto; asimismo, se solicita entregar copia del mismo a la magistrada y magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

SEGUNDO. Convocatoria a sesión. Se solicita a la Magistrada Presidenta, convoque al Pleno de este Tribunal a sesión para la resolución del presente medio de impugnación.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General en Funciones, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veintidós, salvo precisión en contrario.

05_Convoca Sesión JDC-006/2023

Chihuahua, Chihuahua; siete de marzo de dos mil veintitrés.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-006/2023, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas del miércoles ocho de marzo del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

07_Agréguese JDC-006_2023

Chihuahua, Chihuahua; dos de octubre de dos mil veintitrés.

Vista la cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el oficio de clave IEE-SE-509-2023 signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral, el cual contiene la determinación aprobada por el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral, durante la Vigésima Cuarta Sesión Extraordinaria celebrada el veintinueve de septiembre de la presente anualidad, respecto al proceso de cumplimiento a la sentencia dictada en el expediente identificado con la clave JDC-006/2023 del indice de este organo jurisdiccional; con fundamento en los artículos 299, numeral 2, incisos f) y u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

ÚNICO. Agréguese. Se tiene por recibida la documentación de cuenta; por lo tanto, agréguese al expediente en que se actúa.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

08_Agréguese JDC-006_2023

Chihuahua, Chihuahua; dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés.

 

 

Vista la constancia y cuenta remitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar el oficio IEE-SE-696/2023; signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, a través del que, remite documentación relativa al acuerdo IEE/CE-158/2023 del índice del Instituto Estatal Electoral; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se:

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación de la cuenta.

 

SEGUNDO. Agréguese la documentación original al presente expediente y expídase copia certificada de la misma dentro de los autos de los expedientes JDC-021/2023, C-030/2023 el cual guarda relación con el JDC-022/2023, así como al JDC-031/2023.

 

TERCERO. Remítase el expediente en que se actúa a la ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez, toda vez que fue el Instructor del presente asunto, para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

09_Recepción JDC-006_2023

Chihuahua, Chihuahua, a veinte de noviembre de dos mil veintitrés.[1]

Visto el acuerdo de fecha dieciséis de noviembre, dictado por la Magistrada Presidenta de este Tribunal, por el que se remite el presente expediente a esta ponencia; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido en esta Ponencia, el expediente identificado con la clave JDC-006/2023.

SEGUNDO. Diligencias para mejor proveer. Se instruye a la Secretaria General Provisional de este Tribunal, para que, en apoyo a esta ponencia, agregue copias certificadas del cuadernillo de clave C.I-27/2023 del índice de este Tribunal.

Lo anterior, con la finalidad de que sean anexadas al expediente en que se actúa, con el objeto de hacer referencia a las mismas en el caso de que sea necesario proveer sobre el cumplimiento de la sentencia3.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veintitrés, salvo se especifique lo contrario.

Ir Cuadernillo Incidental
formulado con motivo
relativo al
juicio para la protección de los derechos políticos y electorales de la ciudadanía promovido por Wendolyn Amairany Hernández Valdez, por su propio derecho, en contra de las presuntas omisiones legislativas y reglamentarias de diversas autoridades con relación a las acciones afirmativas atinentes a la protección y tutela de los derechos políticos y electorales de la comunidad LGBTTTIQ+;

Cuadernillo Incidental 27

01_Forma registra y remite CI-027/2023-JDC-006/2023

Chihuahua, Chihuahua; dieciséis de agosto de dos mil veintitrés.

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la cual se advierte el incidente de solicitud de prórroga signado por Yanko Durán Prieto, Consejera Presidenta del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, respecto del plazo o término establecido para el cumplimiento de sentencia en el expediente de clave JDC-006/2023 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), 387 y 388, numeral 1), inciso c) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, 98 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el escrito de cuenta y sus anexos.

SEGUNDO. Fórmese y regístrese. Fórmese y regístrese el Cuadernillo Incidental con la clave C.I.027/2023-JDC-006/2023.

TERCERO. Remisión cuadernillo incidental. Se remite el cuadernillo incidental en que se actúa al Magistrado Hugo Molina Martínez, dado que este guarda relación con el expediente de clave JDC-006/2023 de este órgano jurisdiccional, el cual estuvo bajo su instrucción.

 

CUARTO. Remisión expediente. Se solicita a la Secretaría General remita las constancias originales del expediente de clave JDC-006/2023 al Magistrado instructor; para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, quien actúa y da fe que el presente acuerdo se firma de manera autógrafa y electrónica. DOY FE.

02_Recepción CI-027/2023-JDC-006/2023

Chihuahua, Chihuahua, a veintiuno de agosto de dos mil veintitrés[1].

VISTOS. 1. La documentación descrita en la constancia del catorce de agosto, emitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, por la que se hace constar la recepción de diversa documentación remitida por el Instituto Estatal Electoral; 2. El acuerdo del dieciseis de agosto y recibido en esta Ponencia el diecisiete de agosto, dictado por la Magistrada Presidenta de este Tribunal, mediante el cual se ordenó formar y registrar el expediente con la clave C.I-027/2023-JDC-006/2023; integrado con motivo del incidente de solicitud de prórroga signado por Yanko Duran Prieto, Presidenta del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, respecto del plazo otorgado para cumplir la sentencia dictada en el expediente de clave JDC-006/2023; y, la remisión del cuadernillo incidental; así como referido expediente a esta Ponencia.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 297, numeral 1, inciso m); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibido, en esta Ponencia, el expediente de clave JDC-006/2023, así como el cuadernillo incidental C.I-027/2023-JDC-006/2023.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General en Funciones, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veintitrés, salvo precisión en contrario.

03_Circula CI-027/2023_JDC-006/2023

Chihuahua, Chihuahua, a treinta de agosto de dos mil veintitrés[1].

VISTOS. 1.  Las constancias que integran el presente juicio y 2. El estado procesal que guardan los autos.

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos a), b) y m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, fracción I; 27, fracciones I,IX,XI, y XX; 32, fracciones I, II, III, y XXIX; y 113, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General Provisional de este Tribunal, el proyecto de acuerdo plenario elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar. Asimismo, se ordena entregar copia del proyecto de acuerdo plenario a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio.

 

SEGUNDO. Convocatoria. Se solicita a la Magistrada Presidenta que en el término de ley convoque a sesión privada para la resolución del expediente en que se actúa.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veintitrés, salvo precisión en contrario.

04_Convoca Sesión Privada CI-027/2023_JDC-006/2023

Chihuahua, Chihuahua; treinta de agosto de dos mil veintitrés.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave C.I.027_2023-JDC-006_2023, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Privada de Pleno que habrá de celebrarse por el sistema de videoconferencia a las doce horas del jueves treinta y uno de agosto, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.