01_Forma registra y turno JDC-041/2024

Chihuahua, Chihuahua; primero de marzo de dos mil veinticuatro.

 

Vista la constancia y cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales de la Ciudadanía, promovido por Efraín Rodelas Bustillos y Cesar Omar Sánchez García con la venia moral del Jefe C. Alejandro Rivas Vega presidente del Consejo Supremo Odhami de Guadalupe y Calvo, Cesar Gutiérrez González, por su propio derecho, en su calidad de militante y aspirantes al cargo de diputado Local por el distrito 22, en contra de diversos actos relativos al proceso interno de selección de candidaturas de Morena 2023-2024; con fundamento en el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 17 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 299, numeral 2) inciso u) y 325, numeral 3 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[1]; 26 fracciones XIV y XIX y 102 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-041/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético, se turna el expediente en que se actúa por la ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez, procédase a dar cumplimiento de al artículo 325 de la Ley Electoral.

 

TERCERO. Remítase junto con sus anexos copia certificada del medio de impugnación así como del presente acuerdo al Comité Directivo Estatal del partido político Morena, a efecto de que en auxilio de las labores de este Tribunal Estatal Electoral, notifique al Comité Ejecutivo Nacional, a la Comisión Nacional de Elecciones, a la Comisión Nacional de Encuestas, todas del partido político Morena, para que hagan del conocimiento público dicho medio de impugnación mediante cédula que se fije en los estrados durante el plazo de setenta y dos horas y de manera inmediata den aviso de su presentación correspondiente. Así mismo, para que, remitan el informe circunstanciado con las formalidades que marca la ley de la materia.

Así mismo, una vez realizada la notificación, remítanse las constancias respectivas de manera electrónica a la cuenta  secretariageneral@techihuahua.org.mx así como de manera física a la Oficialía de Partes del Tribunal Estatal electoral de Chihuahua.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

 

 

 

[1] En adelante, Ley Electoral

02_Agréguese JDC-041/2024

 

Chihuahua, Chihuahua; cuatro de marzo de dos mil veinticuatro.

 

 

Vista la cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se advierte el correo electrónico recibido en la cuenta de correo de la Secretaría General, mediante el cual Román Alcantar Alvídrez, representante propietario del partido Morena informa que fueron remitidos los autos a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia a fin de dar cumplimiento al acuerdo de fecha primero de marzo de dos mil veinticuatro; con fundamento en el artículo 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Agréguese la documentación recibida vía electrónica por medio del correo secretariageneral@techihuahua.org.mx, así como sus archivos adjuntos, al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes, los cuales, fueron certificados por la Secretaria General Provisional.

SEGUNDO.  Téngase al Comité Directivo Estatal del partido político de Morena haciendo las manifestaciones relativas al correo electrónico de mérito respecto al cumplimiento del auxilio de notificación ordenado en el acuerdo de fecha primero de marzo de dos mil veinticuatro.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

06_Recepción JDC-041/2024

Chihuahua, Chihuahua; quince de mayo de dos mil veinticuatro.

VISTA: Vista la constancia y cuenta remitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar el cumplimiento de fecha trece emayo; signado por Alejandra Escobar Mañón, auxiliar técnico-juridico de ponencia 4 de la Comision de Honor y Justicia, a través del que, remite documentación relativa al expediente de clave JDC-41/2024 del índice de este tribunal. Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación de la cuenta.

 

SEGUNDO. Remítase el expediente en que se actúa, junto con la documentación de cuenta a la ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez, toda vez que fue el Instructor del presente asunto, para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutíerrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

07_Glosa JDC-041/2024

Chihuahua, Chihuahua; a veinticuatro de mayo del dos mil veinticuatro.[1]

 

VISTO el oficio de clave CNHJ-SP-775/2024 de fecha trece de mayo y anexos, que remite la Auxiliar Técnico-Jurídico de la Ponencia 4 de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido MORENA. Con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA

 

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibido el expediente en que se actúa y la documentación descrita en la cuenta.

SEGUNDO. Glosa. Agréguese a los autos el oficio y la documentación antes referida, para los efectos legales conducentes.

 

TERCERO. Archívese. Al no haber mayor actuación que realizar, remítase a la Secretaría General el presente expediente para su archivo.

NOTIFÍQUESE por estrados a las partes y demás personas interesadas.

Así lo acordó y firma el Magistrado Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

 

[1] En lo subsecuente, todas las fechas citadas se entenderán referidas al año dos mil veinticuatro, salvo precisión en contrario.

formulado con motivo

promovido por Efraín Rodelas Bustillos y Cesar Omar Sánchez García con la venia moral del Jefe C. Alejandro Rivas Vega presidente del Consejo Supremo Odhami de Guadalupe y Calvo, Cesar Gutiérrez González, por su propio derecho, en su calidad de militante y aspirantes al cargo de diputado Local por el distrito 22, en contra de diversos actos relativos al proceso interno de selección de candidaturas de Morena 2023-2024