Chihuahua, Chihuahua; seis de junio de dos mil veinticuatro.
Vista la constancia y cuentas remitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación de los informes circunstanciados con números de oficios CNHJ-SP-958/205 y CEN/CJ/J/973/2024 signados por Aylin Guadalupe Pacido Arreguin y Luis Eurípides Alejandro Flores Pacheco, auxiliar técnico jurídico de la ponencia 4 de la Comisión Nacional de Honestidad y de Justicia del partido Morena y Coordinador Jurídico del Comité Ejecutivo Nacional en representación de la Comisión nacional de Elecciones, respetivamente; relativo al juicio para la protección de los derechos político electorales de la ciudadanía, promovido por Jaime Contreras Rivero, en contra de la resolución de improcedencia de Morena en el Procedimiento Sancionador Electoral formado en el expediente CNHJ-CHIH-345/2024; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u), 303 numeral 1 inciso d), y 330 numeral 1 inciso a) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26 fracciones XIV y XIX y 102 del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-235/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Cuadernillo. Agréguense las constancias originales que integran el C-255/2024, formado con motivo de la recepción del medio de impugnación presentado por Jaime Contreras Rivero; previa copia certificada que se anexe al mismo.
TERCERO. Turno. Por razón de orden alfabético se asume el expediente en que se actúa a la Magistrada Socorro Roxana García Moreno para la sustanciación y resolución de este.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.