01_Forma registra PES-377/2024

 

Chihuahua, Chihuahua; veintiuno de junio de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al Procedimiento Especial Sancionador promovido por Román Alcantar Alvídrez, en su carácter de Representante del partido Morena ante el Consejo Estatal del instituto Estatal Electoral e Chihuahua y Hever Quezada Flores representante del partido Morena ante la Asamblea municipal de Chihuahua,  en contra de María Eugenia Campos Galván, titular del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua y Marco Antonio Bonilla Mendoza, candidato a la presidencia municipal de Chihuahua, por conductas que pudieran constituir promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y propaganda gubernamental indebida, así como de los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática por culpa in vigilando; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-377/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Previo. Previo a asumir el expediente para la revisión y resolución del Procedimiento Especial Sancionador por la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

 

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Informe turno PES-377/2024

Chihuahua, Chihuahua; veinticinco de julio de dos mil veinticuatro.

Visto el informe suscrito por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numeral 1, inciso a) y 3, inciso b); 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General Provisional dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de fecha veintiuno de junio de dos mil veinticuatro. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Asume. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha veintiuno de junio de dos mil veinticuatro, se asume el presente expediente por la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

03_Recepción circule convoca PES-377/2024

Chihuahua, Chihuahua, a veinticinco de julio de dos mil veinticuatro.

Visto: El estado que guardan los autos del expediente en que se actúa, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso b); 299, inciso u); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 26, fracciones IX y XIX; y 32, fracciones XVI y XVII del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

Acuerda:
1. Recepción. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-377/2024,

para los efectos legales a los que haya lugar.

2. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaria General de este Tribunal, el proyecto de acuerdo elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto del acuerdo a los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

3. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de pleno, que habrá de celebrarse a las dieciocho horas del veintiséis de julio del año en curso, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda al presente asunto.

Se ordena a la Secretaria General hacer entrega de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este tribunal.

4. Domicilio procesal. El denunciante señala como domicilio procesal el ubicado en calle José Esteban Coronado 406, Colonia Centro de esta ciudad.

Por su parte, el denunciado, señala como domicilio procesal el ubicado en avenida Francisco Zarco 2437, Colonia Jardines del Santuario de esta ciudad.

Finalmente, la denunciada, refiere que su domicilio procesal es el ubicado en la Planta Baja del Edificio Héroes de la Revolución, cito en avenida Venustiano Carranza 803, Colonia Obrera de esta Ciudad.

Notifíquese en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

formulado con motivo
se reencauzó el medio de impugnación de clave JE-033/2023  a Recurso de Apelación.