EXPEDIENTE PES-062/2025

01_Forma registra PES-062/2025

Chihuahua, Chihuahua; veintidós de febrero de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al Procedimiento Especial Sancionador promovido por DATO PERSONAL PROTEGIDO 2, en su carácter de Síndica del municipio de Chihuahua, en contra de Miguel Alonso Riggs Baeza, en su carácter de Regidor de la fracción edilicia de Morena en el Ayuntamiento de Chihuahua, por la presunta comisión de conductas que pudieran ser constitutivas de violencia política contra las mujeres en razón de género, con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-062/2025 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del mismo al Magistrado Hugo Molina Martínez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez

Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE..

02_Circula PES-062/2025

Chihuahua, Chihuahua, a diez de marzo de dos mil veinticinco.[1]

VISTOS.

 

  1. El informe rendido por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, emitido el diez de marzo, mediante el cual comunica a la Presidencia la necesidad en la realización de diligencias para mejor proveer, en virtud de que existen inconsistencias en la instrucción del procedimiento sancionador; y
  1. El acuerdo de misma data, dictado por el Magistrado Presidente de este Tribunal, por el que se turna el presente expediente a esta Ponencia.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 292; 295, numeral 1) inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido en esta Ponencia, el expediente identificado con la clave PES-062/2025.

SEGUNDO. Circulación del proyecto.  Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de acuerdo plenario, formulado con relación al presente asunto, así como el expediente, para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le instruye entregar copia del citado proyecto a la Magistrada y Magistrado en funciones que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio, con excepción de quién realiza la propuesta.

TERCERO. Convoca. Convóquese en el término de ley, al Pleno de este Tribunal a sesión privada para efectos de que se pronuncie sobre el proyecto de acuerdo plenario presentado.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Todas las fechas en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticinco, salvo mención en contrario.

03_Convoca PES-062/2025

Chihuahua, Chihuahua; a diez de marzo de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-062/2025, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Privada de Pleno quese llevará a cabo a las quince horas con treinta minutos del diez de marzo de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Sentencia, Junio 27, 2025

Febrero 20, 2025
Hugo Molina Martínez

FORMULADO CON MOTIVO

relativo al Procedimiento Especial Sancionador promovido por DATO PERSONAL PROTEGIDO , en su carácter de Síndica del municipio de Chihuahua, en contra de Miguel Alonso Riggs Baeza, en su carácter de Regidor de la fracción edilicia de Morena en el Ayuntamiento de Chihuahua, por la presunta comisión de conductas que pudieran ser constitutivas de violencia política contra las mujeres en razón de género