Chihuahua, Chihuahua; veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro.
Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de la cual se advierte el oficio de clave IEE-CQyD-039/2024, signado por Georgina Ávila Silva, en su carácter de Consejera Presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual envía informe circunstanciado del escrito de recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, presentado por DATO PROTEGIDO[1], en contra del acuerdo de medidas cautelares de fecha veintiuno de mayo del presente año dictado por la Comisión de Quejas y Denuncias dentro del expediente de clave IEE-PES-137/2024, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u) 303 numeral 1, inciso g) y 381 BIS, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, 97 numeral 1 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente con la documentación recibida y regístrese con la clave REP-225/2024, en el Libro de Gobierno de este Órgano Jurisdiccional.
SEGUNDO. Turno. Se turna el expediente en que se actúa al Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez para la sustanciación y resolución de este, al tener relación con el diverso expediente identificado con la clave IEE-PES-137/2024, de acuerdo al pre turno asignado.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
[1] Dato personal protegido de conformidad con los artículos 6 y 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracciones IX y X; 31 y 80 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; artículos 100; 106 fracciones II y III; 107; 110; 111; 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; artículos 109; 117 fracciones II y III; 120; 121; y 128 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua