Chihuahua, Chihuahua; tres de septiembre del año dos de dos mil veinticinco.
La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con escrito de demanda y anexos, presentado por : DATO PERSONAL PROTEGIDO 1, mediante el cual reclama prestaciones relacionadas en su calidad como DATO PERSONAL PROTEGIDO 2. Con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso g) y 299 numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 40, numerales VI y XI y 197 del Reglamento interior del Tribunal Estatal Electoral; además de lo dispuesto en los artículos 503 y 896 de la Ley Federal del Trabajo, de aplicación supletoria, se
ACUERDA:
PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.
SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional con la clave JCL-408/2025.
TERCERO. Turno. Se turna el expediente, por orden alfabético, a la Ponencia de la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a la referida Ponencia, para efectos del tramite legal.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.