Chihuahua, Chihuahua; a diecisiete de febrero de dos mil veinticinco.
Visto que en los archivos de este Tribunal obra el cuadernillo C-28/2025, formado con testimonio del medio de impugnación presentado directamente ante este órgano jurisdiccional, por Norberto López Garza, en contra de los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025; medio de impugnación que fue remitido a la autoridad señalada como responsable, para efectos de que diera el trámite previsto en la ley, previo a rendir su informe circunstanciado.
Con fundamento en el artículo 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua, se
ACUERDA:
PRIMERO. Forma y registra. Atento a lo dispuesto por los artículos 83, fracción I y 86 de la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras, fórmese expediente y regístrese el medio de impugnacióndescrito en la cuenta, en la vía del juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía de este Tribunal, con la clave JDC-034/2025.
Para efectos de formar el expediente, integrándolos a éste, desglósense la copia certificada del medio de impugnación y el original de la notificación realizada a la autoridad responsable, que obran en el cuadernillo C-28/2025; así mismo, déjese copia simple de taldocumentación, en el referido cuadernillo.
SEGUNDO. Turno. Por así corresponder en el orden establecido por este órgano jurisdiccional, se turna el medio de impugnación a la Ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a dicha Ponencia, para efectos del trámite.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínezante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.