Chihuahua, Chihuahua; dos de septiembre de dos mil veintidós.
VISTOS: a) La notificación por oficio de fecha treinta y uno de agosto del presente año, la cual remite certificación de acuerdo plenario de fecha veintiséis de agosto de dos mil veintidós, dictado por el Pleno de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante el cual reeencauzan el expediente formado con motivo de la presentación del juicio para la protección de los derechos políticos y electorales de la ciudadanía promovido por Benjamín Carrera Chávez en contra de la emisión del acuerdo de fecha dieciocho de agosto de dos mil veintidós por parte de la Junta de Coordinación Política del Estado de Chihuahua, respecto a la integración de la mesa directiva durante el periodo del primero de septiembre de veintidós al treinta y uno de agosto de dos mil veintitrés de clave SG-JDC-146/2022, lo anterior, para que este órgano jurisdiccional en plenitud de atribuciones resuelva lo que en derecho proceda; así como el expediente referido líneas anteriores. b) La notificación por oficio de fecha treinta y uno de agosto de la presente anualidad, la cual remite acuerdo de treinta de agosto, así como copia de escrito signado por el Presidente de la Junta de Coordinación Política del H. Congreso del Estado de Chihuahua. c) El informe ciurcunstanciado presentado por Everardo Rojas Soriano, en su carácter de Secretario Técnico de la Junta de Coordinación Política del Congreso del estado de Chihuahua; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-036/2022 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se asume el expediente en que se actúa a la Magistrada Socorro Roxana García Moreno para la sustanciación y resolución del mismo.
TERCERO. Cuestiones preliminares. Del análisis de las constancias remitidas dentro del expediente SG-JDC-146/2022, se advierten las precisiones siguientes:
a) En fecha veinticuatro de agosto de dos mil veintidós, la Magistrada Presidenta Interina de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación requirió a la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Chihuahua para que realizara la publicación del medio de impugnación y remitiera las constancias atinentes a la Sala Regional en comento; lo anterior, para dar cumplimiento a lo referido en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
b) En fecha veintiséis de agosto del presente año, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió un acuerdo plenario mediante el cual se reencauzó el medio de impugnación para el conocimiento, sustanciación y, en su momento resolución a cargo de este Tribunal. En dicho proveído, se ordenó la remisión del expediente de clave SG-JDC-146/2022 a este órgano jurisdiccional y se realizó la precisión para que la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Chihuahua remitiera las constancias de publicación del medio de impugnación a este Tribunal.
c) En fecha treinta y uno de agosto del año en que se actúa, se notificó acuerdo mediante el cual se remitió copia de evidencia fotográfica de la cédula de notificación relativa a la publicación del medio de impugnación en las instalaciones de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Chihuahua.
d) Así, de lo anterior se desprende que dicha publicación se llevó a cabo a las diecisiete horas del veintinueve de agosto de dos mil veintidós, otorgándosele un plazo de publicitación de 72 horas a efecto de la posibilidad de comparecencia de terceros interesados.
e) El primero de septiembre de esta anualidad, se recibió en este Tribunal estatal Electoral, el informe circunstanciado signado por Everardo Rojas Soriano, en su carácter de secretario Técnico de la Junta de Conciliación Política del Congreso del Estado de Chihuahua.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.