Chihuahua, Chihuahua; a veintiuno de febrero de dos mil veinticinco.
a) b) Visto:
El acuerdo del Pleno de este Tribunal, emitido dentro del expediente JDC-040/2025, a través del cual se ordena escindir de la demanda el acto impugnado del Comité de Evaluación del Poder Legislativo, para que se resuelva en diverso expediente que se forme y registre; expediente que se deberá integrar con todas las constancias originales remitidas por esa autoridad y copia certificada del escrito de demanda, sus anexos, de las constancias de trámite correspondientes y del referido acuerdo Plenario.
La cuenta de fecha veintiuno de febrero del año en curso, mediante la cual se tiene por recibida la documentación descrita en la constancia.
Con fundamento en el artículo 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua1; así como, 26 fracciones II y XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, se
ACUERDA:
PRIMERO. Forma y registra. Atento a lo dispuesto por los artículos 83, fracción I y 86 de la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras, fórmese expediente con las constancias descritas en la cuenta y, dentro del libro de gobierno, regístrese el medio de impugnación en la vía del juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía de este Tribunal, con la clave JDC-048/2025.
SEGUNDO. Recepción y glosa. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia en el incíso b), por tanto, se ordena agregar la misma al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.
SEGUNDO. Turno. Se turna el medio de impugnación a la Ponencia del suscrito Magistrado, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a dicha
Ponencia, para efectos del trámite.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda. Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.