Chihuahua, Chihuahua; catorce de marzo de dos mil veinticuatro.
Vista la constancia y cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del Juicio para la Protección de los Derechos Políticos y Electorales de la Ciudadanía, promovido por Fermín Ordoñez Arana y Fernanda Sofía González Villa, en su carácter de militantes del Partido Revolucionario Institucional en el Estado de Chihuahua, en contra de diversos actos y omisiones relacionados con la selección interna de candidatura al cargo de diputados locales; con fundamento en el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 17 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 299, numeral 2) inciso u) y 325, numeral 3 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[1]; 26 fracciones XIV y XIX y 102 del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-058/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Se asume el expediente en que actúa por la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, para la sustanciación y resolución de este.
TERCERO. Remítase junto con sus anexos al Comité Ejecutivo Nacional, a la Comisión de Políticas Permanente Nacional, al Comité Directivo Estatal, a la Comisión de Políticas Permanente Local y a la Comisión para la Postulación de Candidaturas Local, todos del Partido Revolucionario Institucional, copia certificada del medio de impugnación para que la hagan del conocimiento público mediante cédula que se fije en los estrados durante el plazo de setenta y dos horas y de manera inmediata den aviso de su presentación correspondiente. Así mismo, para que, remitan el informe circunstanciado con las formalidades que marca la ley de la materia.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
[1] En adelante, Ley Electoral