01_Forma y Registra JDC-085/2025

Chihuahua, Chihuahua; a veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco.

 

Visto que en los archivos de este Tribunal obra: a) el cuadernillo C-055/2025, formado con testimonio del medio de impugnación presentado ante este órgano jurisdiccional, por Luis Gerardo Martínez Balderrama, en contra del Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025, medio de impugnación que fue remitido a la autoridad señalada como responsable, para efectos de que diera el trámite previsto en la Ley, previo a rendir su informe circunstanciado; b) la cuenta que da la Secretaria General Provisional del oficio sin número presentado por María Ivet De la Mora Hernández, quien se ostenta como exintegrante del Comité de Evaluación del Poder Judicial, a través del cual solicita el desechamiento del medio de impugnación, al haber quedado extinta la autoridad señalada como responsable; así como, c) El cuadernillo de clave C-069/2025, del que se desprende el oficio No. SG 745/2025, signado por  Francisco Javier Fierro Islas, Secretario General del Tribunal Superior de Justicia, por medio del cual, remite: 1) Copia certificada del acuerdo dictado por la Presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado  el veinte de febrero de dos mil veinticinco, en el expediente 3/2025 de su índice, formado con el ACUERDO QUE CONFORMA EL COMITÉ DE EVALUACIÓN DEL PODER  JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA PARA LA ELECCIÓN DE PERSONAS JUZGADORAS EN EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA 2024-2025. 2) Acta del Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado, identificada con el número 9/2025 de veinte de febrero de dosmil veniticinco, que consigna el LISTADO DE ASPIRANTES QUE CUMPLIERON CON LOS REQUISITOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES, CONSIDERADOS COMO LAS PERSONAS MAYOR EVALUADAS, INSACULADAS PARA LA ELECCIÓN DE PERSONAS JUZGADORAS EN EL SEÑALADO PROCESO ELECTIVO.

Con fundamento en el artículo 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua[1], se:

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Forma y registra. Atento a lo dispuesto por los artículos 83, fracción I y 86 de la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras, fórmese expediente y regístrese el medio de impugnación descrito en la cuenta, en la vía del juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía de este Tribunal, con la clave JDC-085/2025.

Para efectos de formar el expediente desglosese las constancias que obran en el cuadernillo con clave C-055/2025, previa copia certificada que se deje del mismo.

De igual forma integrese al expediente el oficio sin número presentado por María Ivet De la Mora Hernández, descrito en la cuenta con el inciso b); así como, copia certificada de la documentación que se menciona en el inciso c), también de la citada cuenta.

SEGUNDO. Turno. Por así corresponder en el orden establecido por este órgano jurisdiccional, se turna el medio de impugnación a la Ponencia del Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a dicha Ponencia, para efectos del trámite.

                                                                                                             

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante: Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras.

02_Circula JDC-085/2025

Chihuahua, Chihuahua; a veintiséis de febrero de dos mil veinticinco.

VISTOS

  • El acuerdo mediante el cual el Magistrado Presidente de este Tribunal Estatal Electoral ordenó formar, registrar y turnar el expediente indicado al rubro al Magistrado Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para sustanciarlo y resolverlo.
  • El estado procesal que guardan los autos del expediente indicado al rubro.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso d); 297, numeral 1, incisos b), d) y m); 303, numeral 1, inciso d);  365 y 370 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 83, numeral 1) ; 86; y 119, numeral 2)  de la Ley Electoral Reglamentaria para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua;[1]del así como 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, y XXX; y 113 del Reglamento Interior del Tribunal, se

ACUERDA:

  1. Recepción. Se tiene por recibido el expediente de clave JDC-085/2025, para los efectos legales a que haya lugar.
  1. Domicilio procesal. Se le tiene a la parte actora señalando para oír y recibir notificaciones el domicilio indicado en su escrito inicial de demanda.[2]
  1. Autoridad responsable. Se le tiene a la autoridad responsable por rendido el informe circunstanciado toda vez que el mismo obra en el expediente.

Asimismo se le tiene sin señalar domicilio para oír y recibir notificaciones.

 

  1. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante, Ley Electoral Reglamentaria.

[2] Visible en foja 01 del expediente.

03_Convoca JDC-086/2025

Chihuahua, Chihuahua; a veintiséis de febrero de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-085/2024, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las trece horas del jueves veintisiete de febrero del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

FORMULADO CON MOTIVO

Formado con testimonio del medio de impugnación presentado ante este órgano jurisdiccional, por Luis Gerardo Martínez Balderrama, en contra del Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025