Forma y registra

Chihuahua, Chihuahua; a veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco.

 

Visto que en los archivos de este Tribunal obra: a) Medio de impugnación presentado directamente ante este órgano jurisdiccional, por Julio César Cabello Castañeda, en contra de los Comités de Evaluación del Poder Ejecutivo y Judicial, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025, b) Razónes de imposibilidad de notificacion del medio de impugnación a las autoridades señaladas como responsables, para efectos de que dieran el trámite previsto en la ley, previo a rendir su informe circunstanciado; c) El cuadernillo de clave C-067/2025, del que se desprende el oficio de clave No. 083-2025 DESP. GOB. CHIH., signado por  María Eugenia Campos Galván, Gobernadora Constitucional del Estado de Chihuahua, por medio del cual notifica dictamen mediante el cual el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo, publica el listado definitivo de las personas, para participar en la elección extraordinaria para la renovación de las personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 20242025; d) El cuadernillo de clave C-069/2025, del que se desprende el oficio No. SG 745/2025, signado por  Francisco Javier Fierro Islas, Secretario General del Tribunal Superior de Justicia, por medio del cual, remite: 1) Copia certificada del acuerdo dictado por la Presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado  el veinte de febrero de dos mil veinticinco, en el expediente 3/2025 de su índice, formado con el ACUERDO QUE CONFORMA EL COMITÉ DE EVALUACIÓN DEL PODER  JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA PARA LA ELECCIÓN DE PERSONAS JUZGADORAS EN EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA 2024-2025. 2) Acta del Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado, identificada con el número 9/2025 de veinte de febrero de dosmil veniticinco, que consigna el

LISTADO DE ASPIRANTES QUE CUMPLIERON CON LOS REQUISITOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES, CONSIDERADOS COMO LAS PERSONAS MAYOR EVALUADAS, INSACULADAS PARA LA ELECCIÓN DE PERSONAS JUZGADORAS EN EL SEÑALADO PROCESO ELECTIVO.

 

Con fundamento en el artículo 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua[1], se:

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Forma y registra. Atento a lo dispuesto por los artículos 83, fracción I y 86 de la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras, fórmese expediente y regístrese el medio de impugnación descrito en la cuenta, en la vía del juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía de este Tribunal, con la clave JDC-088/2025.

 

Para efectos de formar el expediente desglosese las constancias que obran en el cuadernillo con clave C-63/2025, previa copia certificada que se deje del mismo.

 

De igual forma integrese al expediente copia certificada de la documentación que se menciona en el inciso c) de la cuenta; así como, copia certificada de la documentación que se menciona en el inciso d) de la cuenta.

 

SEGUNDO. Turno. Por así corresponder en el orden establecido por este órgano jurisdiccional, se turna el medio de impugnación a la Ponencia de la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a dicha Ponencia, para efectos del trámite.

           

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

convoca

Chihuahua, Chihuahua, a veintiséis de febrero de dos mil veinticinco[1].

 

VISTO el acuerdo emitido en fecha veintidós de febrero, por el Magistrado Presidente de este órgano jurisdiccional, mediante el cual forma y registra el expediente con la clave alfanumérica JDC-088/2025.

 

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, incisos d) y m); 299, numeral 2, inciso u); 334 numeral 1), inciso a); 365 y 366, numeral 1, inciso g) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 19, fracción l; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracción XVll; 103, numeral 1; y 109, numeral 1, así como 113 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral; 82, 83 fracción I, 84, 86, 87, 99, 105, 110, 114, 119, 120  de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103, de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua2, se

ACUERDA

 

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido el expediente de cuenta en esta ponencia.

  

SEGUNDO. PARTE ACTORA. Se reconoce la personalidad a Julio Cesar Cabello Castañeda, en su carácter de aspirante a Magistrado en materia penal el Tribunal superior de Justicia, de la elección extraordinaria 2024-2025 de las personas que ocuparán los cargos del Poder Judicial y Ejecutivo del Estado de Chihuahua.

 

TERCERO. DOMICILIO. Se tiene señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos, el precisado en su escrito de demanda.

 

CUARTO. AUTORIDAD RESPONSABLE. En atención a que el informe circunstanciado remitido por los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado de Chihuahua, se tienen por cumplidas las obligaciones que le impone el artículo 118 de la Ley Electoral Reglamentaria.

 

 

QUINTO. TERCERO INTERESADO. De acuerdo con las constancias que obran en el expediente, no compareció tercero interesado.

 

SEXTO. CIRCULACIÓN. Remítase a la Secretaría General el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa, para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

SEPTIMO. CONVOCATORIA. Se solicita a la Secretaria General Provisional convoque a sesión pública de Pleno, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.                                    

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Circula

Chihuahua, Chihuahua, a veintiséis de febrero de dos mil veinticinco[1].

 

VISTO el acuerdo emitido en fecha veintidós de febrero, por el Magistrado Presidente de este órgano jurisdiccional, mediante el cual forma y registra el expediente con la clave alfanumérica JDC-088/2025.

 

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, incisos d) y m); 299, numeral 2, inciso u); 334 numeral 1), inciso a); 365 y 366, numeral 1, inciso g) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 19, fracción l; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracción XVll; 103, numeral 1; y 109, numeral 1, así como 113 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral; 82, 83 fracción I, 84, 86, 87, 99, 105, 110, 114, 119, 120  de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103, de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua2, se

ACUERDA

 

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido el expediente de cuenta en esta ponencia.

  

SEGUNDO. PARTE ACTORA. Se reconoce la personalidad a Julio Cesar Cabello Castañeda, en su carácter de aspirante a Magistrado en materia penal el Tribunal superior de Justicia, de la elección extraordinaria 2024-2025 de las personas que ocuparán los cargos del Poder Judicial y Ejecutivo del Estado de Chihuahua.

 

TERCERO. DOMICILIO. Se tiene señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos, el precisado en su escrito de demanda.

 

CUARTO. AUTORIDAD RESPONSABLE. En atención a que el informe circunstanciado remitido por los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado de Chihuahua, se tienen por cumplidas las obligaciones que le impone el artículo 118 de la Ley Electoral Reglamentaria.

 

 

QUINTO. TERCERO INTERESADO. De acuerdo con las constancias que obran en el expediente, no compareció tercero interesado.

 

SEXTO. CIRCULACIÓN. Remítase a la Secretaría General el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa, para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

SEPTIMO. CONVOCATORIA. Se solicita a la Secretaria General Provisional convoque a sesión pública de Pleno, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.                                    

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Motivación

Presentado directamente ante este órgano jurisdiccional, por Julio César Cabello Castañeda, en contra de los Comités de Evaluación del Poder Ejecutivo y Judicial, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025