01_Forma y registra JDC-143/2025

Chihuahua, Chihuahua; a catorce de marzo de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General Provisional, da cuenta al Magistrado Presidente con  la Cédula de Notificación Electrónica, remitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual se notifica el acuerdo de sala de fecha doce de marzo de la presente anualidad, recaído en el expediente SUP-JDC-1578/2025 y SUP-JDC-1594/2025, acumulados, en el cual se reencauza el medio de impugnación presentado por Edgar Aurelio Quintana Camacho, a este Tribunal, para que se determine lo que en derecho corresponda; Así mismo, visto que en los archivos de este Tribunal obran: a) el cuadernillo de clave C-111/2025, que contiene copia certificada del medio de impugnación, relativo al expediente SUP-JDC-1578/2025, presentado directamente ante este órgano jurisdiccional, por Edgar Aurelio Quintana Camacho, en contra de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Chihuahua, el Pleno del Congreso del Estado de Chihuahua y el Instituto Estatal Electoral, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025; b) el cuadernillo de clave C-143/2025, relativo a la solicitud de auxilio de notificación emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral de la Federación.

 

Con fundamento en los artículos 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua[1]; así como, 26 fracciones II y XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Forma y registra. Atento a lo dispuesto por los artículos 83, fracción I y 86 de la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras, fórmese expediente y regístrese el medio de impugnación descrito en la cuenta, en la vía del juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía de este Tribunal, con la clave JDC-143/2025.

 

Para efectos de formar el expediente desglosese la copia certificada del medio de impugnación y demás constancias que obran en el cuadernillo con clave C-111/2025, previa copia certificada que se deje del mismo.

 

Así mismo, desglosese las constancias de las notificaciones realizadas a la autoridad que obran en el cuadernillo con clave C-143/2025, previa copia certificada que se deje de las mismas.

 

SEGUNDO. Turno. Por así corresponder en el orden establecido por este órgano jurisdiccional, mediante acuerdo general de clave TEE/AGP04/2025, se turna el medio de impugnación a la Ponencia de la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a dicha Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente. 

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe.

DOY FE.

02_Circula JDC-143/2025

Chihuahua, Chihuahua, a catorce de marzo de dos mil veinticinco[1].

 

VISTO:

El acuerdo emitido el catorce de marzo de febrero por el Magistrado Presidente de este órgano jurisdiccional, mediante el cual forma y registra el expediente con la clave alfanumérica JDC-143/2025.

 

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua; 18, 19, fracción l; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracción XVll; 103, numeral 1; y 109, numeral 1, así como 113 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral; 82, 83 fracción I, 84, 86, 87, 99, 105, 110, 114, 119, 120  de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103, de la

Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua2, se

ACUERDA

 

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido en esta ponencia el expediente de cuenta.

 

SEGUNDO. PARTE ACTORA. Se reconoce la personalidad a Edgar Aurelio Quintana Camacho, en su carácter de aspirante a Magistrado de en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua en el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 de las personas que ocuparán los cargos del Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

 

CUARTO. DOMICILIO. Se tiene señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos, en calle Siena 3703 fraccionamiento Villa Toscana de esta ciudad, como lo indica en el escrito de impugnación.

 

QUINTO. AUTORIDADES RESPONSABLE. Señala como aurotidades responsables a la

Junta de Coordinación Política, el Congreso del Estado y el Instituto Estatal Electoral.

 

SEXTO. TERCERO INTERESADO. De acuerdo con las constancias que obran en el

 

expediente, no compareció tercero interesado.

 

SÉPTIMO. ADMISIÓN. Toda vez que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley Electoral Reglamentaria, se admite el juicio para la protección de los derechos político electorales de la ciudadanía.

 

OCTAVO. INSTRUCCIÓN. En vista de lo anterior, se declara abierto el periodo de instrucción para los efectos legales a que haya lugar.

 

NOVENO. PRUEBAS OFRECIDAS POR LA PARTE ACTORA. Téngase por ofrecidas como pruebas las siguientes:

 

  1. Documental publica, consistente copia certificada de la Convocatoria para participar en la evaluación y selección de postulaciones de la elección extraordinaria 2024-2025 de las personas que ocuparán los cargos del Poder Judicial del estado de Chihuahua, conforme al procedimiento previsto en el artículo 101 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua.

 

  1. Documental privada, consistente en el listado de postulaciones del Comité de Evaluación del Poder Legislativo para la Elección Extraordinaria del 2024-2025, de fecha 21 de febrero de 2025.

 

  1. Documental privada, consistente copia certificada del listado de las personas candidatas que acreditaron los requisitos de elegibilidad que señalan la Constitución Política del Estado de Chihuahua y las leyes respectivas, por lo que deberán continuar con la tercera etapa de la Base Tercera de la Convocatoria.

 

  1. Documental privada, consistente en el acuerdo 004/2025 mediante cual el Comité de evaluación del Poder Legislativo publica el listado definitivo de las personas que se remitirá al H. Congreso del Estado.

 

  1. Documental privada, Consistente en la copia certificada de la Junta de Coordinación Política, identificada con el número LXVIII/JCP/09, de fecha 28 de febrero de 2025.

 

  1. Documental privada, Acuerdo LXVLLL/EXACU/0121/2025 v P.E. de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de fecha veintiocho de febrero de dos mil veinticinco.

 

  1. Documental privada, consistente en Decreto LXVLLL/CELEC/0198/2025 V P.E.

emitido por el Congreso del Estado el veintiocho de febrero de dos mil veinticinco

 

  1. Documental privada, consistente en Acuerdo IEE/CE30/2025 del Consejo del instituto Estatal Electoral por el que se aprueba el plan integral y el calendario del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 20242025, aprobado por unanimidad de votos de las Consejerías Electorales en la Quinta Sesión Extraordinaria de veintinueve de enero de dos mil veinticinco.

 

  1. Documental privada, consistente en acuerdo del Consejo Estatal por el que se aprueba el Plan Integral y Calendario del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025.

 

  1. Instrumental de actuaciones y presuncional legal y humana.

 

Lo anterior, con fundamento en lo establecido en 15, incisos a), b) y e), de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, y su correlativo 113 de Ley Electoral Reglamentaria, se admite las pruebas ofrecidas señaladas en el inciso; mismas que se tienen por desahogadas dada su especial naturaleza.

 

En cuanto a las documentales privadas, solo generarán indicios, por lo que, harán prueba plena sobre la veracidad de los hechos al conectarse con los demás elementos de convicción que obren en el expediente, las afirmaciones de las partes, la verdad conocida y el recto raciocinio de la relación que guardan entre sí.

 

Por cuanto hace a la instrumental de actuaciones, hará prueba plena cuando para resolver generen convicción sobre la veracidad de los hechos alegados, al concatenarse con los demás elementos que obren en el expediente, las afirmaciones de las partes, la verdad conocida y el recto raciocinio de la relación que guardan entre sí, generen convicción sobre la veracidad de los hechos afirmados.

 

Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 16, numerales 2 y 3, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

DÉCIMO. CIERRE DE INSTRUCCIÓN. En virtud de que no existen diligencias por desahogar, y dado que el expediente se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la instrucción.

 

DÉCIMO PRIMERO. CIRCULACIÓN. Remítase a la Secretaría General el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa, para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

DÉCIMO SEGUNDO. CONVOCATORIA. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.                                    

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Convoca JDC-142/2025

Chihuahua, Chihuahua; catorce de marzo de dos mil veinticinco. 

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC143/2025, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, 31 y 34 fracción 1 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno urgente que habrá de celebrarse a las dieciocho horas con cuarenta minutos del sábado quince de marzo del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

 

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante en la Secretaria General provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

04_Archivese JDC-143/2025

Chihuahua, Chihuahua; a siete de abril de dos mil veinticinco.

 

La Secretaría General Provisional da cuenta al suscrito Magistrado Presidente, con: a) cédula de notificación electrónica de fecha tres de abril de la presente anualidad, mediante el cual se notifica sentencia dictada en el expediente de clave SUP-JDC-1678/2025 y acumulado del índice de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; b) oficio de remisión de documentos, de clave TEPJF-SGA-OA-2194/2025 signado por Paola Elena García Marú, Actuaria de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante el cual remite las constancias que integran el expediente de clave JDC-143/2025 del índice de este Tribunal. Con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibido el expediente y demás documentación a la que se hace referencia en la cuenta. En consecuencia, agréguese al referido expediente la diversa documentación que fue remitida.

 

SEGUNDO. Archivo. Derivado del acuerdo de mérito, en el que se advierte la devolución de los autos del expediente de clave JDC-143/2025, por encontrarse agotada la cadena impugnativa, archívese el presente expediente.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas. 

FORMULADO CON MOTIVO

Presentado por Edgar Aurelio Quintana Camacho, a este Tribunal, para que se determine lo que en derecho corresponda; Así mismo, visto que en los archivos de este Tribunal obran: a) el cuadernillo de clave C-111/2025, que contiene copia certificada del medio de impugnación, relativo al expediente SUP-JDC-1578/2025, presentado directamente ante este órgano jurisdiccional, por Edgar Aurelio Quintana Camacho, en contra de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Chihuahua

CUADERNILLO INCIDENTAL 44/2025

01_Forma y registra C.I.-044/2025 JDC-142/2025

Chihuahua, Chihuahua; a diecisiete de marzo de dos mil veinticinco.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el oficio sin número signado por Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, en su carácter de Magistrado en funciones del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual formula excusa para conocer y resolver en el caso particular el expediente JDC-142/2025 del índice de este Tribunal. Con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 98 fracción VI y VII del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita con anterioridad.

SEGUNDO. Cuadernillo Incidental. Fórmese cuadernillo incidental con la documentación recibida y regístrese con la clave C.I-044/2025-JDC-142/2025 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley. Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martinez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Circula C.I.-044/2025 JDC-142/2025

Chihuahua, Chihuahua, a dieciocho de marzo de dos mil veinticinco.

VISTO el estado procesal que guardan los autos; y con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 86, 105 y 119 de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; se

ACUERDA

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el cuadernillo identificado con la clave C.I-044/2025, y se radica para su sustanciación en esta ponencia.

 

SEGUNDO. Se circula Acuerdo Plenario. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de Acuerdo de Pleno que corresponde al presente asunto; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto a la Magistrada y Magistrado que, junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

TERCERO. Convocatoria a sesión pública del Pleno. Convóquese a sesión pública de Pleno, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda al proyecto de acuerdo plenario de excusa.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma, el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Convoca C.I.-044/2025 JDC-142/2025

Chihuahua, Chihuahua; dieciocho de marzo de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del cuadernillo incidental identificado bajo la clave C.I-044/2025-JDC-142/2025, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1 segundo párrafo, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse de manera urgente a las doce horas del miércoles diecinueve de marzo de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las magistraturas que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.