Chihuahua, Chihuahua; a catorce de marzo de dos mil veinticinco.
La Secretaria General Provisional, da cuenta al Magistrado Presidentecon:
Con fundamento en el artículo 115, de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como, 26 fracción XIV, y 98 fracción VII del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Presentación. Téngase por recibida la documentación precisada en la cuenta.
SEGUNDO. Expediente. Fórmese expediente con la documentación recibida, y regístrese con el número JDC-120/2025 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
TERCERO. Turno. Por así corresponder en el orden establecido por este órgano jurisdiccional, mediante acuerdo general de clave TEE/AGP04/2025, se turna el medio de impugnación a la ponencia del suscrito, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a dicha Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente.
CUARTO. Remisión del medio de impugnación a lasresponsables, para efectos del trámite. Toda vez que, de las constancias se advierte que no se siguió el trámite respectivo de la totalidad de las autoridades señaladas como responsables, en este caso, los Comités de Evaluación de los Poderes Judicial y Ejecutivodel Estado de Chihuahua, así como el Consejo de la Judicatura del Estado, se instruye a la Secretaría General para efectos de que remita a estas autoridades copia certificada del medio de impugnación y sus anexos.
Lo anterior, conforme a lo dispuesto por el artículo 115, de la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras, misma que señala que cuando se reciba un medio de impugnación por el cual se pretenda combatir un acto o resolución que no es propio, la autoridad que lo reciba deberá remitirlo a la autoridad, o autoridades responsables,para efectos de que se cumpla con el trámite que establecen los artículos 116, 117 y 118 del citado ordenamiento legal.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínezante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.