01_Forma registra JDC-157/2025

Chihuahua, Chihuahua; a veintinueve de marzo de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General Provisional, da cuenta al Magistrado Presidente con:

 

a)El acuerdo de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de fecha veintisiete de marzo de la presente anualidad, recaído en el expediente SUP-JDC-1693/2025, en el cual se reencauza el medio de impugnación presentado por Carlos Martínez García, a este Tribunal para que se determine lo que en derecho corresponda.

 

b)La solicitud de auxilio de notificación, de fecha veintiocho de marzo del año en curso, recaída en el expediente antes referido, mediante la cual, la Sala Superior solicita que, en cumplimiento a lo ordenado en el acuerdo de sala de veintisiete del mes y año en curso, se notifique por oficio al: Congreso del Estado de Chihuahua y la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Chihuahua.

 

Con fundamento en los artículos 119, fracción I de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como, 26 fracciones II y XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibida la documentación descrita en la cuenta.

 

SEGUNDO. Forma y registra. Con fundamento en los artículos 83, fracción I y 86 de la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras, fórmese el expediente y regístrese el medio de impugnación en la vía del juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, bajo la clave JDC-157/2025

 

TERCERO. Turno. Por así corresponder en el orden establecido por este órgano jurisdiccional, mediante acuerdo general de clave TEE/AGP04/2025, se turna el medio de impugnación a la Ponencia del suscrito, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a dicha Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente. 

 

CUARTO. Auxilio de notificación. Derivado de la solicitud de auxilio de notificación, se solicita a la Secretaría General notifique el presente acuerdo, a las autoridades indicadas.

 

Una vez realizada las diversas notificaciones, remítase las constancias de manera electrónica a la cuenta cumplimientos.salasuperior@te.gob.mx  así como de manera física a la Oficialía de Partes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Circula JDC-157/2025

Chihuahua, Chihuahua, a treinta de marzo de dos mil veinticinco.

 

VISTOS: a) La cuenta de la Secretaria General Provisional, de la fecha en que se actúa, por la cual informa al Magistrado Presidente acerca de la notificación electrónica remitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dictado dentro del expediente SUP-JDC-1693/2025, por el que reencauza el medio de impugnación presentado por Carlos Martínez García; b) El Informe Circunstanciado, así como los anexos correspondientes, y; c) El acuerdo de esta misma fecha, mediante el cual se turna a esta Ponencia el expediente de clave JDC-157/2025, para su tramitación

 

Con fundamento en los artículos 37 primer y cuarto párrafo y 101 de la Constitución Local; en correlación con los Transitorios Primero y Segundo del Decreto LXVIII/RFCNT/0172/2024; 86, 105 y 119 de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se:

 

ACUERDA

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave JDC-157/2025, y se radica para su sustanciación en esta ponencia. 

 

SEGUNDO. Domicilio procesal y autorizaciones. Se tiene a la parte actora señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones, y autorizadas para tales efectos, lo precisado en el escrito de demanda. 

 

TERCERO. Admisión. Toda vez que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley, se admite el juicio para la protección de los derechos políticos y electorales de la ciudadanía, promovido por Carlos Martínez García.

 

CUARTO. Instrucción. Se abre el periodo de instrucción, y se tiene a la parte actora ofreciendo como pruebas de su parte:

 

4.1 Documental, consistente en:

  1. Convocatoria para participar en la evaluación y selección de postulaciones de la elección extraordinaria de las personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

 

4.2 Pruebas técnicas, consistes en los enlaces:

  1. https://www.youtube.com/live/tccaRIRKEfw
  2. https://congresochihuahua2.gob.mx/archivosConvocatorias/528.pdf
  3. https://congresochihuahua2.gob.mx/archivosConvocatorias/531.pdf
  4. https://congresochihuahua2.gob.mx/archivosJuntaCoordinacion/orden/Probable/301.pdf
  5. https://congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/dictamenes/archivosDictamenes/13591.pdf
  6. https://congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/decretos/archivosDecretos/16913
  7. https://ieechihuahua.org.mx/estrados/0/1/14640.pdf
  8. https://www.te.gob.mx/media/SentenciasN/pdf/Superior/SUP-JDC-0008-2025.pdf

4.3 Instrumental de actuaciones.

4.4 Presuncional legal y humana.

QUINTO. Determinación sobre las pruebas. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 112 y 113 de la ley reglamentaria, en correlación con lo señalado por los artículos 14, 15 y 16 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se acuerda sobre el ofrecimiento de pruebas, lo siguiente:

 

5.1 Respecto a las pruebas técnicas identificadas en los apartados 4.1 y 4.2, se tienen por no admitidas toda vez que, tal y como lo precisa la actora, han de constituirse en hechos notorios que necesariamente deben ser atendidos por esta autoridad; asimismo, por su naturaleza corresponde conocer de los mismos como parte de la instrumental de actuaciones del presente juicio. Esto con fundamento en lo establecido en el artículo 14, numeral 1, de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral. 

 

5.2 Por lo que hace a la presuncional legal y humana, y la instrumental de actuaciones, se admiten y en atención a su naturaleza, se tienen por desahogadas.

 

SEXTO. Cierre de instrucción. En virtud de que no existen diligencias por desahogar, y dado que el expediente se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la instrucción. 

 

SÉPTIMO. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de sentencia que corresponde al presente asunto; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto a la Magistrada, que junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

 

OCTAVO. Convocatoria a sesión pública del Pleno. Convoquése a Sesión Pública de Pleno cuando sea oportuno, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto. 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley. 

 

Así lo acordó y firma, el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Convoca JDC-157/2025

Chihuahua, Chihuahua; a treinta de marzo de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-157/2025, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Pública de Pleno que se llevará a cabo de manera urgente a las doce horas del treinta de marzo de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto. 

 

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal. 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

FORMULADO CON MOTIVO

Formulado con motivo del reencauzamiento del medio de impugnación presentado por Carlos Martínez García ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

CUADERNILLO INCIDENTAL 058/2025

01_Forma registra C.I.-058/2025-JDC-157/2025

Chihuahua, Chihuahua; a veintinueve de marzo de dos mil veinticinco.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el oficio sin número signado por Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, en su carácter de Magistrado en funciones del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual formula excusa para conocer y resolver en el caso particular el expediente JDC-157/2025 del índice de este Tribunal. Con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 98 fracción VI y VII del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita con anterioridad.

SEGUNDO. Cuadernillo Incidental. Fórmese cuadernillo incidental con la documentación recibida y regístrese con la clave C.I-058/2025-JDC-157/2025 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional. 

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martinez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General del veintiuno de diciembre de dos mil veinte del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el Acta de Sesión Privada de fecha nueve de enero de dos mil veintitrés, por los que se implementa la firma electrónica certificada en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.

02_Circula C.I.-058/2025-JDC-157/2025

Chihuahua, Chihuahua, a treinta de marzo de dos mil veinticinco

 

VISTO el estado procesal que guardan los autos; y con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 86, 105 y 119 de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; se

 

ACUERDA

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el cuadernillo identificado con la clave C.I-058/2025, y se radica para su sustanciación en esta ponencia. 

 

SEGUNDO. Se circula Resolución Incidental. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución que corresponde al presente asunto; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto a la Magistrada para su estudio.

 

TERCERO. Convocatoria a sesión pública del Pleno. Convóquese a sesión pública de Pleno, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda. 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley. 

 

Así lo acordó y firma, el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Convoca C.I.-058/2025-JDC-157/2025

Chihuahua, Chihuahua; a treinta de marzo de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del cuadernillo incidental identificado bajo la clave C.I-058/2025-JDC-157/2025, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Pública de Pleno que se llevará a cabo de manera urgente a las doce horas del treinta de marzo de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto. 

 

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal. 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Marzo 29, 2025