Forma y registra

Chihuahua, Chihuahua; a quince de abril dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con: a) el oficio de clave IEESE-361/2025, correspondiente al aviso de interposición de medio de impugnación que comunica el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, en relación con el medio de impugnación presentado por Luis Alejandro Carrillo Zúñiga, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025; y, b) informe circunstanciado, y anexos al mismo, presentados ante este Tribunal por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo de dicho Instituto, con relación al referido medio de impugnación.

 

Con fundamento en los artículos 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua[1]; así como, 26 fracciones II y XIV del Reglamento

Interior del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibida la documentación descrita en la cuenta.

 

SEGUNDO. Forma y registra. Atento a lo dispuesto por los artículos 83, fracción I y 86 de la Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras, fórmese expediente con las constancias descritas en la cuenta y, dentro del libro de gobierno, regístrese el medio de impugnación en la vía del juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía, con la clave JDC-176/2025.

 

TERCERO. Turno. Con fundamento en el artículo 102, numeral 1, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, al advertirse que el acto impugnado guarda relación de identidad con el combatido a través del medio de impugnación registrado bajo la clave JDC-174/2025, cuyo turno fue asignado a la Ponencia de la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, se turna el presente expediente a la mencionada Magistrada, y se instruye a la Secretaría General que remita los autos a la referida Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

[1] En adelante: Ley Electoral para Elegir Personas Juzgadoras.

Admisión

VISTO el estado que guardan los autos del expediente de mérito; con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua; 18, 19, fracción l; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracción XVll; 103, numeral 1; y 109, numeral 1, así como 113 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral; 82, 83 fracción I, 84, 86, 87, 99, 105, 110, 114, 119, 120  de la Ley

Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103, de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua[1], se

ACUERDA

 

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido en esta ponencia el expediente de cuenta.

 

SEGUNDO. PARTE ACTORA. Se reconoce la personalidad a Luis Alejandro Carrillo Zúñiga, en su carácter de aspirante a Juez en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua en el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 de las personas que ocuparán los cargos del Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

 

TERCERO. DOMICILIO. Se tiene señalando como método para oír y recibir notificaciones, los estrados físicos de este Tribunal.

 

CUARTO. AUTORIDAD RESPONSABLE. Se tienen por cumplidas las obligaciones que le imponen los artículos 117 y 118 de la Ley Electoral Reglamentaria, ya que el informe circunstanciado fue remitido por el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, para la debida integración y resolución del expediente

 

QUINTO. TERCERO INTERESADO. De acuerdo con las constancias que obran en el expediente no compareció tercero interesado.

 

SEXTO. ADMISIÓN. Toda vez que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley Electoral Reglamentaria, se admite el juicio para la protección de los derechos político electorales de la ciudadanía.

 

SEPTIMO. INSTRUCCIÓN. En vista de lo anterior, se declara abierto el periodo de instrucción para los efectos legales a que haya lugar.

 

OCTAVO. PRUEBAS OFRECIDAS POR LA ACTORA. Téngase por ofrecidas como pruebas las siguientes:

 

  1. Instrumental de actuaciones.
  2. Presuncional en su doble aspecto.

 

De lo anterior, con fundamento en lo establecido en 14, numeral 1, de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, en relación con el artículo 113 de la Ley Electoral Reglamentaria, se admiten las pruebas ofrecidas señaladas.

 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.                                              

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

[1] De ahora en adelante, Ley Electoral Reglamentaria.

Requerimiento

Chihuahua, Chihuahua, a veinticuatro de abril de dos mil veinticinco[1].

 

VISTO el estado que guardan los autos del expediente de mérito; con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua; 18, 19, fracción l; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracción XVll; 103, numeral 1; y 109, numeral 1, así como 113 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral; 82, 83 fracción I, 119, fracción I, 120 y 121 de la Ley Electoral

Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103, de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua[2], se

ACUERDA

 

ÚNICO. REQUERIMIENTO. Se requiere al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua para que, en un término de veinticuatro horas contadas a partir de la notificación del presente, remita a este Tribunal la documentación atinente a la comunicación vía correo electrónico hecha a Luis Alejandro Carrillo Zúñiga, en su carácter de candidato a Juez en Materia Penal del Acuerdo IEE/CE86/2025, ordenada en su punto de acuerdo Tercero.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.                                              

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

[1] Las fechas son correspondientes al año dos mil veinticinco.

[2] De ahora en adelante, Ley Electoral Reglamentaria.

Circulación de proyecto

Chihuahua, Chihuahua, a veintinueve de abril de dos mil veinticinco[1].

 

VISTOS la documentación remitido por parte del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua mediante el cual anexan documentación solicitada por este Tribunal mediante acuerdo de fecha veinticuatro de abril; y el estado que guardan los autos del expediente de mérito; con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua; 18, 19, fracción l; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracción XVll; 103, numeral 1; y 109, numeral 1, así como 113 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral; 82, 83 fracción I, 84, 86, 87, 99, 105, 110, 114, 119, 120  de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103,

de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua[2], se

ACUERDA

 

PRIMERO. CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTO. Se tiene dando cumplimiento al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua al requerimiento formulado, por lo que se ordena agregar los documentos descritos en la cuenta, para los efectos legales conducentes.

 

SEGUNDO. CIERRE DE INSTRUCCIÓN. En virtud de que no existen diligencias por desahogar, y dado que el expediente se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la instrucción.

 

TERCERO. CIRCULACIÓN. Remítase a la Secretaria General de este H. Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

CUARTO. CONVOCATORIA. Se solicita a la Secretaria General Provisional convoque a sesión pública de Pleno, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

 

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la magistrada instructora Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

[1] Las fechas son correspondientes al año dos mil veinticinco.

[2] De ahora en adelante, Ley Electoral Reglamentaria.

Convoca

Chihuahua, Chihuahua; a veintinueve de abril de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC176/2025, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 19, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno urgente, que habrá de celebrarse a las catorce horas del miércoles treinta de abril del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

 

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega, mediante oficio, de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las magistraturas integrantes del Pleno de este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante en la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE. Rúbricas.

Cuadernillo Incidental 60

Forma y registra

Chihuahua, Chihuahua; a veintitrés de abril de dos mil veinticinco.

 

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el oficio sin número signado por Socorro Roxana García Moreno, en su carácter de Magistrada del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual formula excusa para conocer y resolver en el caso particular el expediente JDC-176/2025 del índice de este Tribunal. Con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 98 fracción VI y VII del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita con anterioridad.

 

SEGUNDO. Cuadernillo Incidental. Fórmese cuadernillo incidental con la documentación recibida y regístrese con la clave C.I-60/2025-JDC-176/2025 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional. 

  

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martinez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

Circulación de proyecto

Chihuahua, Chihuahua, a veintitrés de abril de dos mil veinticinco.

 

VISTOS

  1. El acuerdo de fecha veintitrés de abril, mediante el cual el Magistrado Presidente de este Tribunal Estatal Electoral ordenó formar, registrar y turnar el cuadernillo incidental indicado al rubro.

 

  1. El estado procesal que guardan los autos.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 86, 105 y 119 de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I y 107 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; se

ACUERDA

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el cuadernillo identificado con la clave C.I060/2025, y se radica para su sustanciación en esta ponencia.

 

SEGUNDO. Se circula proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución incidental que corresponde al presente asunto; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto al Magistrado Presidente para su estudio.

 

TERCERO. Convocatoria a sesión pública del Pleno. Convóquese a sesión pública de Pleno, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda al proyecto de acuerdo plenario de excusa.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma, la Magistrada Instructora Adela Alicia Jiménez Carrasco, ante la Secretaria General, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

Convoca

Chihuahua, Chihuahua; a veintitrés de abril de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del cuadernillo incidental identificado bajo la clave C.I-60/2025-JDC-176/2025, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 19 fracción I, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse de manera urgente a las doce horas del jueves veintitrés de febrero del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

 

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante en la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE. Rúbricas.

FORMULADO CON MOTIVO

En relación con el medio de impugnación presentado por Luis Alejandro Carrillo Zúñiga, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025