01_Forma registra y turno JDC-181/2024

Chihuahua, Chihuahua; primero de mayo de dos mil veinticuatro.

 

Visto el informe circunstanciado recibido por remitido por medio de la dirección notificaciones.cnhj2@morena.si y recibido en el correo institucional; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JDC-181/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético, se turna el expediente en que se actúa a la ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez.

TERCERO. En virtud de que el informe circunstanciado aducido, fue remitido por la autoridad responsable vía correo electrónico y en el mismo señala que la documentación original será remitida por paquetería especializada; SE ORDENA a la Secretaria General agregar la documentación original al presente expediente, una vez que sea recibida en la oficialía de partes de este órgano jurisdiccional

CUARTO. Debido a que el medio de impugnación original se integró en el cuadernillo de clave C-104/2024 de este órgano jurisdiccional, se instruye a la secretaria general, remitir las constancias que obran en dicho cuadernillo al presente expediente, previo a integrar copia certificada de la misma documentación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

02_Remisión JDC-181/2024

Chihuahua, Chihuahua, a siete de mayo de dos mil veinticuatro.

 

VISTA: Vista la cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la comunicación recibida via correo electronico a secretariageneral@techihuahua.org.mx, a través del cual, se remite documentación relativa al expediente de clave JDC-181/2024 del índice de este Tribunal. Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación recibida vía correo electrónico.

SEGUNDO. Remítase. A la ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez, dicha documentación a la ponencia a su cargo, por ser el Magistrado Instructor en el expediente, para los fines que a derecho corresponda

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Admisión y circula JDC-181/2024

Chihuahua, Chihuahua, a diez de mayo de dos mil veinticuatro.[1]

 

VISTOS: 1. La documentación descrita en la constancia del día seis de mayo y la cuenta del siete de mayo, ambas emitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, por medio de la cual se hace constar la documentación recibida en el correo electrónico secretariageneral@techihuahua.org.mx; 2. La documentación descrita en la constancia de fecha tres de mayo, por medio de la cual hace constar la recepción del informe circunstanciado de manera física en las instalaciones de este Tribunal emitida por la Secretaria General Provisional; 3. El acuerdo emitido el primero de mayo por la Magistrada Presidenta, por el que se ordena formar, registrar y turnar a esta Ponencia el expediente identificado con la clave JDC-181/2024.  

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 19; fracción I; 27, fracción IX; 32, fracciones XVI y XVII, y 113 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. RADICACIÓN. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave JDC-181/2024, y se radica para su sustanciación en esta ponencia.

SEGUNDO. ACTOR. Se reconoce legitimación a Jaime Contreras Rivero, quien acude al presente juicio por sus propios derechos.

TERCERO. DOMICILIO. Se tiene señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos, el indicado en el escrito de impugnación y como autorizados para tales efectos a las personas mencionados en el mismo.

CUARTO. AUTORIDAD RESPONSABLE. En relación con el informe circunstanciado remitido por la autoridad responsable, se tienen por cumplidas las obligaciones que le impone la Ley Electoral del Estado.

QUINTO. TERCERO INTERESADO. De acuerdo con el informe circunstanciado y las constancias que obran en el expediente, no comparece tercero interesado alguno.

SEXTO. ADMISIÓN. Toda vez que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, se admite a trámite e instrucción el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía interpuesto.

SEPTIMO. INSTRUCCIÓN. En vista de lo anterior, se declara abierto el periodo de instrucción para los efectos legales a que haya lugar.

OCTAVO. PRUEBAS. Téngase por ofrecidas y admitidas las pruebas siguientes:

 

  1. a) Por el actor. Con vista en el escrito de impugnación, se tienen las pruebas A), B), C), D), F), I), J), L), M), N), del escrito del medio de impugnación.
  1. b) Comisión Nacional de Honestidad y Justicia.Se tienen por ofrecidas y admitidas las pruebas presuncional legal y humana e instrumental de actuaciones.

Mismas que serán valoradas en su momento procesal oportuno.

Ahora por lo que hace a la prueba descrita en el inciso K) del escrito de denuncia referente a la solicitud de pericial en informática y audio a cargo de este Tribunal, se desecha, toda vez que no cumple con los requisitos para su ofrecimiento establecidos en el artículo 320, numeral 2) de la Ley Electoral.

NOVENO. CIERRE DE INSTRUCCIÓN. En virtud de que no existen diligencias por desahogar, y dado que el expediente se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la instrucción.

 

DÉCIMO. CIRCULACIÓN DEL PROYECTO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal el proyecto de resolución elaborado por esta ponencia en relación al presente asunto; asimismo, se solicita entregar copia del mismo a la magistrada y magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

DECIMOPRIMERO. CONVOCATORIA A SESIÓN DEL PLENO. Se solicita a la Magistrada Presidenta, convoque al Pleno de este Tribunal a sesión para la resolución del presente medio de impugnación.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General en Funciones, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veinticuatro, salvo precisión en contrario.

04_Convoca JDC-181/2024

Chihuahua, Chihuahua; dieciséis de mayo de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-181/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las trece horas del viernes diecisiete de mayo del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

06_Remisión JDC-181/2024

 

Chihuahua, Chihuahua, a veintitrés de mayo de dos mil veinticuatro.

 

VISTA: Vista la cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la comunicación recibida via correo electronico a secretariageneral@techihuahua.org.mx, a través del cual, se remite documentación relativa al expediente de clave JDC-181/2024 del índice de este Tribunal. Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación recibida vía correo electrónico.

SEGUNDO. Remítase. A la ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez, dicha documentación a la ponencia a su cargo, por ser el Magistrado Instructor en el expediente, para los fines que a derecho corresponda

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

07_Glosa JDC-181/2024

Chihuahua, Chihuahua, a doce de junio de dos mil veinticuatro.[1]

 

VISTOS la cuenta del veintitrés de mayo, emitida por la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal por la cual se hace constar la documentación presentada por Aylin Guadalupe Placido Arreguin, Auxiliar Técnico-jurídico de la Ponencia 4 de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, mediante oficio de clave CNHJ-SP-867/2024, relacionado con el cumplimiento a lo ordenado por este órgano Jurisdiccional, en la sentencia de diecisiete de mayo, y el acuerdo de misma fecha, emitido por la Magistrada Presidenta de este órgano jurisdiccional, a través del cual se tuvo por recibida la documentación descrita, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Glosa. Agréguese a los autos la documentación descrita en el presente acuerdo, para los efectos que haya lugar.

SEGUNDO. Remisión. Remítase el expediente en el que se actúa a la Secretaría General de este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

[1] Todas las fechas corresponderán al año dos mil veinticuatro, salvo mención expresa en contrario.

formulado con motivo
Visto el informe circunstanciado recibido por remitido por medio de la dirección
notificaciones.cnhj2@morena.si
y recibido en el correo institucional; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua

CUADERNILLOS INCIDENTALES

01_Forma y registra C.I.-15 JDC-181_2024

Chihuahua, Chihuahua; veinticinco de mayo de dos mil veinticuatro.

 

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la cual se advierte el escrito de fecha veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro, signado por Jaime Contreras Rivero; mediante el cual, promueve incidente de incumplimiento de sentencia dentro del Expediente de clave JDC-181/2024 del índice de este Tribunal; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), 387 y 388 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, 98 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se tiene por recibido el escrito de cuenta.

 

SEGUNDO. Fórmese y regístrese el Cuadernillo Incidental con la clave y nombre de la actora como se describe a continuación:

 

Número de Cuadernillo Incidental Parte actora
C.I-15/2024-JDC-181/2023 Jaime Contreras Rivero

 

TERCERO. Se turna el cuadernillo incidental de mérito por el Magistrado Hugo Molina Martinez, para la sustanciación y resolución de éste, al tener relación con el Expediente JDC-181/2023, que le fueron turnados para los mismos efectos a su ponencia.

 

CUARTO. Remítase la documentación a la ponencia, por haber sido a quien correspondió instruir el expediente en que se actúa.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Recepción admisión circula C.I.-15 JDC-181_2024

Chihuahua, Chihuahua, a treinta de mayo de dos mil veinticuatro.[1]

VISTOS: 1. La documentación descrita en las constancias del veinticuatro de mayo. 2. La cuenta del veintisiete de mayo emitida por la Secretaria General provisional al magistrado instructor. 3. El acuerdo del veinticinco de mayo emitido por la Magistrada Presidenta, por el que se ordena formar, registrar y turnar a esta ponencia el cuadernillo incidental de clave C.I-015/2024-JDC-181/2024

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso f); 297; 387, 388, 1), inciso c), y 389, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido el cuadernillo identificado con la clave C.I-015/2024-JDC-181/2024.

SEGUNDO. ADMISIÓN DE INCIDENTE. De conformidad en lo dispuesto en el artículo 387, numeral 5) de la Ley Electoral, se radica el incidente dentro del presente cuadernillo y se admite, mismo que es promovido por el Jaime Contreras Rivero, quien es la parte actora del procedimiento radicado bajo el número de expediente JDC-181/2024 del índice de este Tribunal.

TERCERO. CIRCULACIÓN DEL PROYECTO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal el proyecto de resolución elaborado por esta ponencia con relación al presente asunto; asimismo, se solicita entregar copia del mismo a la magistrada y magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

CUARTO. CONVOCATORIA A SESIÓN PRIVADA DEL PLENO. Se solicita a la Magistrada Presidenta, convoque al Pleno de este Tribunal a sesión privada para la resolución del presente medio de impugnación.

NOTIFÍQUESE, en términos de ley

Así lo acordó y firma el Magistrado Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Todas las fechas corresponderán al año dos mil veinticuatro, salvo mención expresa en contrario

03_Convoca C.I.-15 JDC-181_2024

Chihuahua, Chihuahua; treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave C.I.-015/2024-JDC-181/2023, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 18 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión privada de Pleno que habrá de celebrarse a las diecisiete horas del viernes treinta y uno de mayo del presente para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Remisión C.I.-15 JDC-181_2024

Chihuahua, Chihuahua, a seis de junio de dos mil veinticuatro.

 

VISTA: Vista la cuenta remitida por la SecretarÍa General Provisional de este Tribunal, por medio de la cual hace llegar a esta Presidencia, oficio de clave CNHJ-SP-980/2024, signado por Aylin Guadalupe Placido Arreguin, Auxiliar Técnico Jurídico de la Ponencia 4 de la CNHJ-MORENA, mediante el cual remite a este Tribunal documentación del expediente C.I.-015/2024-JDC-181/2024 de fecha cuatro de junio del presente. Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación.

SEGUNDO. Remítase. A la ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez, dicha documentación a la ponencia a su cargo, por ser el Magistrado Instructor en el expediente, para los fines que a derecho corresponda

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

06_Glosa C.I.-15 JDC-181_2024

Chihuahua, Chihuahua, a siete de junio de dos mil veinticuatro.[1]

 

VISTOS 1. La constancia emitida el cinco de junio, a través de la cual se hace constar la documentación presentada por Aylin Guadalupe Placido Arreguin, auxiliar Técnico-jurídico de la Ponencia 4 de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, relacionada con el cumplimiento a lo ordenado por este órgano Jurisdiccional, en la sentencia de treinta y uno de mayo. 2. La cuenta del seis de junio, remitida por la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal. 3. El acuerdo de misma fecha en el que se tuvo por recibida la documentación descrita y se remitió el expediente a esta ponencia.

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como 27, fracciones I, III y XX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Glosa. Agréguese a los autos la documentación descrita en el presente acuerdo, para los efectos que haya lugar.

SEGUNDO. Remisión. Remítase el expediente en el que se actúa a la Secretaría General de este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

[1] Todas las fechas corresponderán al año dos mil veinticuatro, salvo mención expresa en contrario.