Chihuahua, Chihuahua; veintiséis de junio de dos mil veinticinco.
La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con: a) los oficios de clave, IEE-AD05-129/2025,
IEE-AD04-077/2025, IEE-AD11-039/2025, IEE-AD012-048/2025, IEE-AD01-062/2025, IEE-AD02-045/2025,
IEE-AD03-033/2025, IEE-AD006-058/2025, IEE-AD07-044/2025, IEE-AD09-080/2025, IEE-AD14-002/2025, IEE-AD020-058/2025 e IEE-AD08-032/2025, correspondientes a los avisos de interposición de medios de impugnación promovidos por Elvia Mariela Salvador Navejas, en su calidad de candidata a Magistrada Civil, dentro del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025, remitidos por la Asambleas Distritales Bravos, Benito Juárez, Ojinaga, Mina, Abraham González, Andrés del Río, Arteaga, Camargo, Galeana, Hidalgo, Rayón, Jiménez y Guerrero, respectivamente; y, b) los informes circunstanciados de claves IEE-SE-639/2025, IEE-AD05-134/2025, IEE-AD04-080/2025, IEE-AD11040/2025, IEE-AD12-049/2025, IEE-AD01-061/2025, IEE-AD02-046/2025, IEE-AD03-055/2025, IEE-AD006-
059/2025, IEE-AD07-045/2025, IEE-AD09-081/2025, IEE-AD14-003/2025, IEE-AD010-059/2025 e IEEAD08-032/2025, que remiten la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral y las autoridades anteriormente referidas. Con fundamento en los artículos 83, 88 y 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como, 40 fracción XI del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.
SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN-230/2025, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
TERCERO. Turno. De conformidad con el acuerdo TEE/AGP07/2025, aprobado por el Pleno de este Tribunal Electoral, que establece el criterio de prevención asignación, se turna el expediente a la Ponencia de la Magistrada Adela Alicia Jiménez Carrasco, por guardar relación con el diverso JIN-210/2025 previamente turnado a dicha Ponencia.
CUARTO. Apertura de tomos del expediente. Para el mejor manejo de las actuaciones, se ordena a la Secretaria General de este Tribunal que proceda a la apertura de los tomos del expediente en que se actúa, conforme sea necesario, según se requiera atendiendo al volumen de las constancias que en su oportunidad se reciban.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.