Forma

Chihuahua, Chihuahua; a veintiocho de junio de dos mil veinticinco.

La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con: a) el oficio de clave IEE-

SE-717/2025, correspondiente al aviso de interposición de medio de impugnación promovido por Juan Pedro Perea Bencomo, en su calidad de candidato a juez Penal por el Distrito Judicial Galeana en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025, que se recibió en la Asamblea Distrital Galeana, y que

comunica el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; y, b) los informes circunstanciados y

anexos presentados mediante oficios de claves IEE-SE-787/2025 e IEE-AD07-079/2025,

del Instituto Estatal Electoral y de la Asamblea Distrital Galeana, respectivamente. Con

fundamento en los artículos 83, 88 y 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria

de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas

Juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como, 40 fracción XI del Reglamento Interior del

Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.

SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN-

289/2025, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

TERCERO. Turno. De conformidad con el acuerdo TEE/AGP07/2025 aprobado por el

Pleno de este Tribunal Electoral, que establece el criterio de prevención asignación, se

turna el expediente a la Magistrada Adela Alicia Jiménez Carrasco, por guardar relación

con el diverso JIN-259/2025 previamente turnado a su ponencia; por lo que se instruye a

la Secretaria General que remita el expediente en que se actúa a la ponencia de la citada

Magistrada.

CUARTO. Apertura de tomos del expediente. Para el mejor manejo de las actuaciones,

se ordena a la Secretaria General de este Tribunal que proceda a la apertura de los tomos

del expediente en que se actúa, conforme sea necesario, según se requiera atendiendo al

volumen de las constancias que en su oportunidad se reciban.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria

General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Circúlese

Chihuahua, Chihuahua, a cinco de julio dos mil veinticinco.1

ATENDIENDO A:

1. El acuerdo de veintiocho de junio, mediante el cual el Magistrado Presidente turnó

a esta ponencia el expediente de mérito;

2. La cuenta de veintisiete de junio, por medio de la cual la Secretaria General de este

Tribunal, hace llegar a esta ponencia la documentación descrita en la constancia de clave

C.1833-2025 consistente en el oficio de clave IEE-SE-878/2025 signado por el Secretario

Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua;

3. La cuenta de treinta de junio, por medio de la cual la Secretaria General de este

Tribunal, hace llegar a esta ponencia la documentación descrita en la constancia de clave

C.1463-2025 consistente en el oficio de clave IEE-AD07-080/2025 signado por la

Secretaria de la Asamblea Distrital Galeana; y

4. El estado procesal que guardan los autos del presente expediente.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución

Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295,

numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, incisos b), d) y m); 303, numeral

1, inciso c); 308, numeral 1, incisos a) al h); 311, numeral 1) inciso a), 312, numeral 1,

inciso a), 313 y 377, numeral 1) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 1, fracción

V, 3; 7, fracción II; 82; 83, fracción II; 84, 88, 89, 90, 91, 99, 100, 101, 105, 108, fracción I,

de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la

Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua;2 así como 18, 27,

párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, XVI, XVII, y XXX; y 113 del

Reglamento Interior del Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Radicación. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave JIN-

289/2025, y se radica para su sustanciación en esta ponencia.

SEGUNDO. Glosa. Se ordena agregar la documentación descrita en los punto 2 y 3

anterior, para los efectos legales conducentes.

TERCERO. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal,

el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que

se actúa para los efectos legales a que haya lugar; así mismo, se le instruye entregar copia

del proyecto de resolución a la Magistrada y Magistrado que, junto con la suscrita, integran

el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

CUARTO. Convocatoria. Se solicita a la Presidencia que, en el término de ley, se convoque

a sesión de Pleno, para analizar, discutir y, en su caso, resolver lo que corresponda en el

presente asunto.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Adela Alicia Jiménez Carrasco, ante la

Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Convóquese

Chihuahua, Chihuahua; a ocho de julio de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JIN-

289/2025, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral

del Estado de Chihuahua; 16, numeral 1 y 2, 18, numeral 1 y 29 fracción VII, del

Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que

habrá de celebrarse a las dieciocho horas del jueves diez de julio del presente año,

para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega, mediante oficio, de la

convocatoria con el orden del día correspondiente a las magistraturas integrantes del

Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante en la

Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Presentación de Medio de Impugnación

Chihuahua, Chihuahua; catorce de julio de dos mil veinticinco.

 

Visto el escrito signado por Juan Pedro Perea Bencomo, por sus propios derechos, mediante el cual interpone Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía, en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente JIN-289/2025, con fundamento en los artículos 17, 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; se:

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Ténganse por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

 

SEGUNDO. Aviso. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

 

TERCERO. Publicación. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

 

CUARTO. Informe. Se instruye a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por los artículos 18, numeral 2, numeral 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

QUINTO. Remisión. Remítase de inmediato a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaría General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo C-297/2025 en el libro de gobierno respectivo.

 

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas

Glosa y Agréguese

Chihuahua, Chihuahua; a veinte de julio de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con el oficio de clave IEEDJ-OA-673/2025 signado por César Ruíz Olivas, funcionario habilitado con fe pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, con el cual hace llegar la documentación descrita en la constancia C.2361-2025, relacionada con la cuenta dada por la Secretaria General de este Tribunal. Con fundamento en el artículo 40 fracción VI y IX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción y Glosa. Se tiene por recibida la documentación precisada en la cuenta, y agréguense al expediente en que se actúa.

             

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria  General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

Glosa remisión

Chihuahua, Chihuahua; a cuatro de agosto de dos mil veinticinco.

La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente, con el oficio de clave SG-SGA-OA-291/2025 signado por Juan Emmanuel González Martínez, Actuario de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con el cual notifica la copia la sentencia dictada en el expediente de clave SG-JDC-483/2025, del índice de dicha Sala Regional; el expediente de clave JIN-289/2025 del índice de este Tribunal, cuya devolución realiza el citado Tribunal Federal, a tráves de la notificación. Con fundamento en el artículo 40 fracción VI y IX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción y Glosa. Se tiene por recibida la documentación precisada en la cuenta, y agréguense las constancias descritas en la cuenta al expediente JIN-289/2025.

SEGUNDO. Remisión a la ponencia instructora. Remítanse los autos del expediente en que se actúa a la ponencia instructora, a cargo de la Magistrada Instructora Adela Alicia Jiménez Carrasco, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínezante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Motivación

promovido por Juan Pedro Perea Bencomo, en su calidad de candidato a juez Penal por el Distrito Judicial Galeana en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025