Forma

Chihuahua, Chihuahua; a veintinueve de junio de dos mil veinticinco.

La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con: a) los oficios de claves IEE-

SE-733/2025 e IEE-AD09-165/2025, correspondiente a los avisos de interposición de

medio de impugnación promovido por Vania Elia Huerta Villegas, en su calidad de

candidata a jueza Familiar por el Distrito Judicial Hidalgo en el Proceso Electoral

Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025, que comunican el

Instituto Estatal Electoral de Chihuahua y la Asamblea Distrital Hidalgo, respectivamente;

y, b) los informes circunstanciados y anexos presentados mediante oficios de claves IEE-

AD09-164/2025 e IEE-SE-811/2025, de la Asamblea Distrital Hidalgo y del Instituto Estatal

Electoral, respectivamente. Con fundamento en los artículos 83, 88 y 119, fracciones I y III

de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La

Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como, 40

fracción XI del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.

SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN-

305/2025, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

TERCERO. Turno. De conformidad con el acuerdo TEE/AGP07/20251 aprobado por el

Pleno de este Tribunal Electoral, que establece el criterio de prevención asignación, se

turna el expediente a la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, por guardar relación

con el diverso JIN-236/2025 previamente turnado a su ponencia; por lo que se instruye a

la Secretaria General que remita el expediente en que se actúa a la ponencia de la citada

Magistrada.

CUARTO. Apertura de tomos del expediente. Para el mejor manejo de las actuaciones,

se ordena a la Secretaria General de este Tribunal que proceda a la apertura de los tomos

del expediente en que se actúa, conforme sea necesario, según se requiera atendiendo al

volumen de las constancias que en su oportunidad se reciban.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria

General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Remisión

Chihuahua, Chihuahua, a dos de julio de dos mil veinticinco.

VISTO el acuerdo de fecha veintinueve de junio de la anualidad, dictado por el Magistrado

Presidente de este órgano jurisdiccional, mediante el cual forma y registra el expediente

de clave alfanumérica JIN-305/2025 y lo turna a esta ponencia; con fundamento en los

artículos 36 y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 83, fracción II, 84,

99 113, 119, fracciones I y II; y 125, de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99,

100, 101, 102 y 103 de la Constitución para elegir personas juzgadoras del Estado de

Chihuahua; se

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibido en esta ponencia el expediente identificado con la clave

JIN-305/2025.

SEGUNDO. Se pone a disposición de la Presidencia el expediente en que se actúa, dado

que se advierte que las constancias que obran en el mismo no corresponden con la

documentación señalada en el acuerdo mediante el cual se formó y registró el expediente.

En virtud de lo anterior, se solicita que se haga el trámite adecuado de la documentación

existente y se extraiga aquella que no pertenece al mismo para ser remitida al expediente

que corresponda.

TERCERO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal el expediente en que se

actúa para los efectos legales que haya lugar.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno, ante la

Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

REQUERIMIENTO

Chihuahua, Chihuahua, a ocho de julio de dos mil veinticinco.

VISTO la cuenta de fecha siete de julio con relación a la recepción de

documentación descrita en la constancia de clave C.2094-2025; con fundamento en

los artículos 36 y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 82, 83,

fracción II, 113, 119, de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101,

102 y 103 de la Constitución para elegir personas juzgadoras del Estado de

Chihuahua; 14, numerales 1, inciso a), y 4; así como 16 de la Ley General del

Sistema de medios de impugnación en materia electoral; se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción de documentación. Se tiene por recibida la documentación

de cuenta.

SEGUNDO. Documentación remitida por la autoridad responsable. Se tiene a

la autoridad responsable remitiendo documental pública, consistente en copia

certificada de constancia de asignación de regidurías al ayuntamiento por el

principio de representación proporcional de Avril Letizia Carmona Pérez.

Al respecto, se tiene por desahogada dada su especial naturaleza y será valorada

en el momento procesal oportuno; lo anterior, de conformidad con los artículos 14,

numerales 1, inciso a), y 4; así como 16 de la Ley General del Sistema de medios

de impugnación en materia electoral, en relación con el artículo 113 de la Ley

Electoral Reglamentaria.

TERCERO. Solicitud y certificación de documentación electoral. Se instruye a

la Secretaría General a efecto de que se certifique la documentación siguiente:

• Actas de jornada electoral, clasificación y conteo y clausura de casilla seccional

y/o certificación de inexistencia de las siguientes casillas:

Casilla Expediente Foja

52 B JIN-271/2025 Tomo VII 5513

 

1279 B JIN-245/2025 171

1291 B JIN-245/2025 181

1298 B JIN-245/2025 187

1306 B JIN-245/2025 192

1335 B JIN-245/2025 205

1336 B JIN-245/2025 206

1353 B JIN-245/2025 216

2279 B JIN-271/2025 Tomo VII 5526

2281 B JIN-271/2025 Tomo VII 5527

2545 B JIN-271/2025 Tomo VII 5528

2661 B JIN-234/2025 279

2702 B JIN-271/2025 Tomo VII 5534

102 B JIN-234/2025 269

103 B JIN-234/2025 270

104 B JIN-234/2025 280

105 B JIN-234/2025 271

106 B JIN-234/2025 272

107 B JIN-234/2025 273

108 B JIN-234/2025 274

109 B JIN-234/2025 281

110 B JIN-234/2025 275

111 B JIN-234/2025 276

112 B JIN-234/2025 282

113 B JIN-234/2025 283

114 B JIN-234/2025 277

115 B JIN-234/2025 278

• Recibo de documentación y materiales electorales entregados a la residencia de

mesa directiva de la casilla seccional y/o certificación de inexistencia de las siguientes

casillas:

Casilla Expediente Foja(s)

52 B JIN-271/2025 Tomo VII

5633-

5634

1279 B JIN-245/2025 338-339

1291 B JIN-245/2025 358-359

1298 B JIN-245/2025 370-371

1306 B JIN-245/2025 380-381

1335 B JIN-245/2025 406-407

1336 B JIN-245/2025 408-409

1353 B JIN-245/2025 428-429

2279 B JIN-271/2025 Tomo VII 5659-

 

5660

2281 B JIN-271/2025 Tomo VII

5661-

5662

2545 B JIN-271/2025 Tomo VII

5663-

5664

2661 B JIN-234/2025 331-332

2702 B JIN-271/2025 Tomo VII

5675-

5676

102 B JIN-234/2025 303-304

103 B JIN-234/2025 305-306

104 B JIN-234/2025 307-308

105 B JIN-234/2025 309-310

106 B JIN-234/2025 311-312

107 B JIN-234/2025 313-314

108 B JIN-234/2025 315-316

109 B JIN-234/2025 317-318

110 B JIN-234/2025 319-320

111 B JIN-234/2025 321-322

112 B JIN-234/2025 323-324

113 B JIN-234/2025 325-326

114 B JIN-234/2025 327-328

115 B JIN-234/2025 329-330

Por lo que se solicita que dicha documentación se integre al presente expediente.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno,

ante la Secretaria

Requerimiento

Chihuahua, Chihuahua, a veintiocho de julio de dos mil veinticinco.

1

VISTO la constancia de fecha ocho de julio de clave C.2160-2025 y las cuentas de fechas

nueve del mismo mes con relación a la recepción de diversa documentación descritas en las

mismas; con fundamento en los artículos 36 y 37 de la Constitución Política del Estado de

Chihuahua; 83, fracción II, 84, 91, 113 y 121 de la Ley Electoral Reglamentaria de los

artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para elegir personas juzgadoras del

Estado de Chihuahua; se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción de documentación. Se tiene por recibida la documentación de

cuenta.

SEGUNDO. Requerimiento. Se le requiere al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua a fin

de que, en un plazo no mayor a veinticuatro horas a partir de su notificación, informe

cuando se realizó la comunicación o notificación a Vania Elia Huerta Villegas del acuerdo

IEE/CE147/2025, por medio del cual se asignaron los cargos a juezas y jueces de primera

instancia y menores del Distrito Judicial Hidalgo.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Instructora Socorro Roxana García Moreno, ante la

Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Motivación

promovido por Vania Elia Huerta Villegas, en su calidad de candidata a jueza Familiar por el Distrito Judicial Hidalgo en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025