Forma y Registra

Chihuahua, Chihuahua; cinco de julio de dos mil veinticinco.

La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con: a)los informes circunstanciados de clave IEE-SE-944/2025 e IEE-AD13-322/2025, y anexos, que remiten la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral y la Asamblea Distrital Judicial Morelos; correspondientes al medio de impugnación promovido por DATO PROTEGIDO1, dentro del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025.Con fundamento en los artículos 83, 88 y 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua;así como, 40 fracción XI del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, seACUERDA:PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta. SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN-383/2025, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional. TERCERO. Turno. De conformidad con el acuerdo TEE/AGP07/20252aprobado por el Pleno de este Tribunal Electoral, que establece el criterio de prevención asignación, se turna el expediente a la Ponencia del suscrito, por guardar relación con el diverso JIN-240/2025previamente turnado a la Ponencia a mi cargo.CUARTO. Apertura de tomos del expediente. Para el mejor manejo de las actuaciones, se ordena a la Secretaria General de este Tribunal que proceda a la apertura de los tomos del expediente en que se actúa, conforme sea necesario, según se requiera atendiendo al volumen de las constancias que en su oportunidad se reciban. NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda. Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

CIRCULA

Chihuahua, Chihuahua, a ocho de julio de dos mil veinticinco.1

VISTOS:

a) La constancia de recepción emitida por la Oficialía de partes de este Tribunal, de clave

C.1959-2025, a través de la cual se hizo constar que en fecha veintinueve de junio se

recibió la documentación consistente en el informe circunstanciado de clave IEE-SE-

944/2025, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal

Electoral de Chihuahua, al cual adjunta diversa documentación consistente en: Cédula de

publicación por estrados y retiro de publicación relativo al medio de impugnación

promovido por DATO PERSONAL PROTEGIDO2; original del referido medio de

impugnación y sus anexos; así como copia certificada del informe de clave

IEE/CE156/2025;

b) La constancia de recepción emitida por la Oficialía de partes de este Tribunal, de clave

C.1987-2025, a través de la cual se hizo constar que en fecha veintinueve de junio se

recibió la documentación consistente en el informe circunstanciado de clave IEE-AD13-

322/2025, signado por Jesús Sáenz Valdez, Secretario de la Asamblea Distrital Morelos

del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, al cual adjunta diversa documentación

consistente en: Cédulas de publicación por estrados y retiro de publicación relativas al

medio de impugnación promovido por DATO PERSONAL PROTEGIDO; así como copia

certificada del acuerdo de clave IEE/AD13/059/2025;

c) La cuenta de fecha cinco de julio emitida por la Secretaria General de este Tribunal,

mediante la cual hace del conocimiento de la Presidencia la documentación descrita en los

incisos a) y b) del presente acuerdo; y

d) El acuerdo del cinco de julio siguiente, emitido por el Magistrado Presidente de este

Tribunal, por el que turna el expediente en el que se actúa a esta Ponencia.

Con fundamento en los artículos 119 y 121 de la Ley Electoral Reglamentaria;3 330,

numeral 1, y 331 de la Ley Electoral del Estado, y 31, párrafo primero, fracción I del

Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido en esta Ponencia, el expediente de clave JIN-

383/2025, para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Domicilio procesal y autorizaciones de la parte actora. Se tiene a la parte

actora, DATO PERSONAL PROTEGIDO, señalando como domicilio para oír y recibir

notificaciones el indicado en su escrito inicial de demanda, así como designando a la

persona autorizada para tales efectos.

Así mismo, se tiene a la parte actora indicando el correo electrónico que refiere en su

ocurso para recibir notificaciones; no obstante, dicha cuenta de correo no guarda las

características que establece el artículo 336, numeral 3) de la Ley Electoral del Estado4

,

por lo que no ha lugar a acordar de conformidad la notificación a través de correo

electrónico.

Sin embargo, se autoriza la comunicación de los acuerdos y resoluciones que se dicten en

el presente expediente mediante correo electrónico, para fines meramente de consulta, sin

que ello sustituya las notificaciones formales establecidas en la ley de la materia.

TERCERO. Autoridades responsables. En virtud de que los informes circunstanciados

remitidos por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo y Jesús Sáenz Valdez, Secretario

de la Asamblea Distrital Morelos, ambos del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua,

cumplen con los requisitos legales exigidos, se le tienen por cumplidas las obligaciones

previstas en los artículos 117 y 118 de la Ley Electoral Reglamentaria, así como en el

artículo 329 de la Ley Electoral, ambas del Estado.

CUARTO. Terceros interesados. Tal y como se advierte de los informes circunstanciados

y de las respectivas constancias de retiro de publicación del medio de impugnación,

durante el lapso legal de cuarenta y ocho horas, no comparecieron personas terceras

interesadas dentro del presente juicio de inconformidad.

QUINTO. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el

proyecto de sentencia que corresponde al presente asunto; así mismo, se le ordena

entregar copia del proyecto a las Magistradas, que, junto con el suscrito, integran el Pleno

de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

SEXTO. Convocatoria a sesión pública del Pleno. Convóquese en el término de ley, al

Pleno de este Tribunal a sesión pública para la resolución del proyecto de sentencia que

será propuesto por esta ponencia.

NOTIFÍQUESE, por estrados a las personas interesadas.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria

General Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

CONVOCA

Chihuahua, Chihuahua; a ocho de julio de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JIN-

383/2025, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral

del Estado de Chihuahua; 16, numeral 1 y 2, 18, numeral 1 y 29 fracción VII, del

Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que

habrá de celebrarse a las dieciocho horas del jueves diez de julio del presente año,

para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega, mediante oficio, de la

convocatoria con el orden del día correspondiente a las magistraturas integrantes del

Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante en la

Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Motivación

promovido por DATO PROTEGIDO, dentro del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025