01_Forma registra e informe PES-221/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al procedimiento especial sancionador promovido por Julio César Navarro Torres, en su carácter de representante propietario del partido Movimiento Ciudadano ante la Asamblea municipal de Hidalgo del Parral, en contra de Salvador Calderón Aguirre, aspirante a candidato a la presidencia municipal de Hidalgo del Parral, por conductas que pudieran constitutir actos anticipados de campaña; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-221/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Previo a asumir el expediente para la revisión y resolución del mismo por la suscrita Magistrada Presidenta, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

 

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Recepción agréguese PES-221/2024

Chihuahua, Chihuahua; tres de junio de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta mediante la cual la Secretaria General Provisional remite a la Magistrada Presidenta el oficio IEE-DJ-OA-1916/2024 y sus respectivos anexos, relativos al expediente de clave PES-221/2024, del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracción XIV y 32 fracción VI, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el oficio de cuenta y sus anexos.

SEGUNDO. Agréguese. Agréguese la documentación a los autos del expediente PES-221/2024, para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Informe y turno PES-221/2024

Chihuahua, Chihuahua; nueve de junio de dos mil veinticuatro.

 

Visto el informe suscrito por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numeral 1, inciso a) y 3, inciso b); 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General Provisional dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de fecha veintitrés de mayo de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Asume. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha veintiocho de mayo del presente año, se asume el presente expediente por la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Circula y convoca PES-221/2024

Chihuahua, Chihuahua, a nueve de junio de dos mil veinticuatro[1].

 

VISTOS

 

  1. La constancia levantada en fecha veintisiete de mayo, por la cual funcionario de este Tribunal recibe documentación remitida por la Secretaría Ejecutiva del Instituto.
  2. La cuenta de fecha veintiocho de mayo, emitida por la Secretaría General Provisional de este órgano jurisdiccional.
  3. El acuerdo de fecha veintiocho de mayo, mediante el cual se forma y registra el expediente PES-221/2024.
  4. La cuenta de fecha tres de junio, emitida por la Secretaría General Provisional de este órgano jurisdiccional.
  5. El acuerdo de fecha tres de junio mediante el cual se agrega documentación a los autos del expediente PES-221/2024.
  6. El acuerdo de fecha siete de junio, mediante el cual la Magistrada Presidenta asume el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador.

Con fundamento en los artículos 292; 295, numeral 3, inciso x); 297, numeral 1, inciso d), 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 19, fracción I, 27, párrafo primero, fracción I y 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave alfanumérica PES-221/2024, para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Circulación del proyecto de resolución. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal el proyecto de resolución elaborado en el expediente en que se actúa, para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le instruye entregar copia del proyecto de resolución

a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio, con excepción de quién realiza la propuesta.

 

TERCERO. CONVOCATORIA. Se convoca a Sesión Pública de Pleno que se llevará a cabo a las trece horas con treinta minutos del día diez de junio de la presente anualidad, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este órgano jurisdiccional.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional 

[1] Las fechas que se establecen en la presente, corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se precise diversa anualidad.

06_Agréguese PES-221/2024

Chihuahua, Chihuahua; trece de junio de dos mil veinticuatro.

 

Vista la cuenta y constancia, remitidas por la Secretaria General Provisional de este Tribunal; mediante la cual, se hace constar la presentación del Oficio IEE-SE-1321/2024, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; por el que, remite documentación en relación con lo ordenado en la Sentencia de fecha diez de junio de dos mil veinticuatro, dictado dentro del Exp. PES-221/2024; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibida la documentación de cuenta.

SEGUNDO. Agréguese, al expediente de cuenta para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

07_Presentación JRC PES-221/2024

Chihuahua, Chihuahua; catorce de junio de dos mil veinticuatro.

 

Visto el escrito signado por Damián Lemus Navarrete, en su carácter de Representante Propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual interpone Juicio de Revisión Constitucional en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente PES-221/2024 con fundamento en los artículos 17, 18 y 90 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; se:

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Ténganse por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Aviso. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Publicación. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Informe. Se instruye a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por los artículos 18, numeral 2 y 90, numeral 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remisión. Remítase de inmediato a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaría General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo C-370/2024 en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

formulado con motivo

promovido por

Julio César Navarro Torres, en su carácter de representante propietario del partido Movimiento Ciudadano ante la Asamblea municipal de Hidalgo del Parral, en contra de Salvador Calderón Aguirre, aspirante a candidato a la presidencia municipal de Hidalgo del Parral, por conductas que pudieran constitutir actos anticipados de campaña