01_Forma y registra PES-251/2024

Chihuahua, Chihuahua; once de junio de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al procedimiento especial sancionador de clave IEE-PES-170/2024, promovido porDamián Lemus Navarrete, en su carácter de representante propietario del Partido Acción Nacional, en contra de José Luis Rascón Sáenz, en su carácter de candidato a la diputación por el principio de representación proporcional, y del partido Morena por la presunta difusión de propaganda política o electoral con la aparición de personas menores de edad; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-251/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Previo a asumir el expediente para la revisión y resolución del mismo por la suscrita Magistrada Presidenta, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

 

CUARTO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Circula y convoca PES-251/2024

Chihuahua, Chihuahua; trece de junio del dos mil veinticuatro[1]

VISTO el informe de verificación emitido por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, de trece de junio, del cual se desprende que no se advierte la necesidad de realizar alguna otra diligencia en el presente asunto, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se;

ACUERDA:

  1. ESTADO DE RESOLUCIÓN. Con arreglo al informe rendido por la Secretaría General, así como del estudio de los autos, al no advertirse la necesidad de realizar alguna otra diligencia, se declara que el presente expediente se encuentra en estado de resolución.
  1. CIRCULACIÓN DEL PROYECTO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. CONVOCATORIA. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las catorce horas con treinta minutos del catorce de junio, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

Por último, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

NOTIFIQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe.

DOY FE.

[1] Todas las fechas corresponden a año dos mil veinticuatro.

05_Presentación PES-251/2024

Chihuahua, Chihuahua; veinte de junio de dos mil veinticuatro.

 

Visto el escrito signado por Damián Lemus Navarrete, en su carácter de Representante Propietario del Partido Acción Nacional ante el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual interpone Juicio de Revisión Constitucional en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente PES-251/2024 con fundamento en los artículos 17, 18 y 90 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; se:

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Ténganse por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Aviso. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Publicación. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Informe. Se instruye a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por los artículos 18, numeral 2 y 90, numeral 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remisión. Remítase de inmediato a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaría General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo C-383/2024 en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

06_Agréguese PES-251/2024

Chihuahua, Chihuahua; a primero de julio  de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal; de la cual, se advierte el Oficio IEE-DJ-OA-2563/2024, signado por Funcionario Habilitado con Fe Pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; mediante el cual, remite copia simple del Acuerdo de fecha veintiséis de junio de dos mil veinticuatro dictado dentro del Expediente IEE-PES-170/2024; así como copia certificada del Acta Circunstanciada IEE-DJ-OE-AC-472/2024, en virtud de lo ordenado en la Sentencia dictada dentro del Exp. PES-251/2024, en el índice de este Tribunal; con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracción XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibida la documentación de cuenta.

SEGUNDO. Agréguese, al expediente de cuenta para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

07_Requerimiento PES-251/2024

Chihuahua, Chihuahua, a dos de agosto de dos mil veinticuatro.

VISTA la resolución SG-JE-71/2024 emitida por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral Del Poder Judicial de la Federación, con el fin de dar cabal cumplimiento a la misma, se realiza el presente requerimiento.

De conformidad en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 297, numeral 1, inciso m); 324, numeral 1; 331, numeral 8, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, III, V y XX; 32, fracciones I, II, III, XIV y XXI, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se:

ACUERDA

1. Requerimiento. Se requiere al Instituto Estatal Electoral y al partido Morena, para que, dentro de las veinticuatro horas contadas a partir de la notificación de este acuerdo, remitan la siguiente información:
• Informe y, en su caso, remita la información relacionada con la capacidad económica del entonces candidato a la diputación local de representación proporcional José Luis Rascón Sáenz.

• Remita toda la documentación que obre en su poder, relacionada a la capacidad económica de José Luis Rascón Sáenz, de igual forma, alleguen a este Tribunal la declaración patrimonial del citado candidato.

Lo anterior, bajo el apercibimiento de que, en caso de no cumplir con lo ordenado con antelación, se les impondrá una de las medidas de apremio previstas en el artículo 346, de la Ley Electoral.

2. Documentación. Se ordena a la Secretaria General, agregue la documentación que sea remitida a este Tribunal, en cuanto al presente requerimiento, al cuadernillo de clave C-383/2024.

NOTIFÍQUESE por oficio al Instituto Estatal Electoral y por estrados a los demás interesados y ciudadanía.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

08_Agréguese PES-251/2024

Chihuahua, Chihuahua; cinco de agosto de dos mil veinticuatro.

 

 

Vista la cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante las cual se hace constar la recepción del oficio IEE-DJ012/2024, signado por Alan Daniel López Vargas, Director Jurídico del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, quien remite diversa documentación relativa al expediente PES-251/2024; con fundamento en el artículo 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se tiene por recibido el oficio de la cuenta y su documentación.

SEGUNDO. Agréguese la documentación de cuenta al cuadernilloC383/2024, para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

09_Circula convoca PES-251/2024

Chihuahua, Chihuahua, a cinco de agosto de dos mil veinticuatro.

Visto: El estado procesal que guardan los autos del expediente en que se actúa, y en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso b); 299, inciso u); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 26, fraccionesIX y XIX; y 32, fracciones XVI y XVII del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

Acuerda:

1. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaria General de este Tribunal, el proyecto sentencia elaborado en el presente asunto,así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar.

Asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

2. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de pleno, que habrá de celebrarse a las dieciocho horas del seis de agosto del año en curso, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda al presente asunto.

Se ordena a la Secretaria General hacer entrega de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este tribunal.

Notifíquese en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. Doy fe.

11_AgréguesePES-251/2024

Chihuahua, Chihuahua; a nueve de agosto de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal; de la cual, se advierte el escrito signado por Román Alcantar Alvídrez, en su carácter de Representante del Partido Morena, en relación con lo ordenado en la Sentencia de fecha seis de agosto de dos mil veinticuatro, dictada dentro del expediente citado al rubro; con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracción XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA
PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el escrito de cuenta y

sus Anexos .

SEGUNDO. Agréguese, al expediente de cuenta al Cuadernillo identificado con la clave C-383/2024, para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

12_Recepción PES-251/2024

Chihuahua, Chihuahua; a diez de agosto de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte el oficio SG-SGA-OA-1178/2024, signado por Yessica Castillo Ramírez, Actuaria de Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual remite a este Tribunal, el cuaderno accesorio único del expediente SG-JE-71/2024 vinculado al expediente de clave PES-251/2024 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 299, numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:
PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibido el expediente al que se hace

referencia, por tanto, se ordena agregar el oficio referido al expediente principal en que se actúa.

SEGUNDO. Cuadernillo. Agréguense las constancias originales que integra el cuadernillo C- 383/2024, formado con motivo de la impugnación del expediente; previa copia certificada que se anexe al mismo.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria

General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

13_Recepción requerimiento PES-251/2024

Chihuahua, Chihuahua; catorce de agosto de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de la cual se advierte el oficio de clave IEE-DJ-OA-2997/2024, suscrito por Omar Eduardo López Villalobos, funcionario habilitado con fe pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, por el que, notifica copia simple del acuerdo de fecha diez de agosto de dos mil veinticuatro, a través del que se solicita el apoyo a este Tribunal local, para que, en auxilio de las funciones de la Secretaría Ejecutiva del referido Instituto, informe la fecha en que fue notificada la sentencia dictada en el expediente PES-251/2024 del índice de este órgano jurisdiccional a José Luis Rascón Sáenz; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso e) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:
PRIMERO. Agréguese la documentación de cuenta al expediente PES-251/2024.

SEGUNDO. Derivado de la solicitud de apoyo, se solicita a la Secretaría General brinde la atención requerida a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria

General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

formulado con motivo

promovido por Damián Lemus Navarrete, en su carácter de representante propietario del Partido Acción Nacional, en contra de José Luis Rascón Sáenz, en su carácter de candidato a la diputación por el principio de representación proporcional, y del partido Morena por la presunta difusión de propaganda política o electoral con la aparición de personas menores de edad