Chihuahua, Chihuahua; a veinticinco de julio de dos mil veinticinco.
La Secretaria General, da cuenta al Magistrado Presidente con el oficio de clave IEE-SE-1154/2025, correspondiente al informe circunstanciado y anexos al mismo, presentados ante este Tribunal por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, con relación al Procedimiento Especial Sancionador promovido por José Ángel Mata Bustillos, en contra de María Alejandra Ramos Durán y Perla Guadalupe Ruiz González, ambas en su carácter de candidatas a magistradas en materia penal, por conductas que pudiera constituir uso indebido de recursos públicos
Con fundamento en los artículos 256, numeral 1), inciso c), 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 97 y 102, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua; punto PRIMERO de los
Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se
ACUERDA:
PRIMERO. Forma y registra. Fórmese expediente con las constancias descritas en la cuenta y regístrese en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional en la vía del procedimiento especial sancionador, con la clave PES-392/2025.
SEGUNDO. Verificación. Previo a turnar el expediente a la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.
Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma, mediante informe, a la Presidencia de este Tribunal, para efectos del turno y trámite correspondiente
NOTIFÍQUESE en términos de ley.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE