01_Forma registra e informe PES-393/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintisiete de junio de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al Procedimiento Especial Sancionador promovido por el Mariana de Lachica Huerta,en su carácter de representante del Partido Acción Nacional,  en contra de Miguel Francisco La Torre Saénz, en su carácter al momento de la presentación de la denuncia de candidato a la Presidencia Municipal de Chihuahua y en contra del partido Morena; dispuestas en los artículos 122, numeral 1), 257, numeral 1), incisos a), h), y r) y 259, numeral 1), inciso g) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 209 numeral 2) de la Ley General; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-393/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del mismo al Magistrado en Funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

 

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Radicación estado de resolución PES-393/2024

Chihuahua, Chihuahua a dos de agosto de dos mil veinticuatro.

 

VISTOS

1. La documentación descrita en la constancia emitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, por medio de la que se da cuenta de la recepción del expediente al rubro indicado.

2. La constancia por la que la Secretaria General Provisional de este Tribunal realizó la verificación en la integración del expediente.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 293; 295, numeral 1, inciso a) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracciones I, III, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, y XXIX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua1, se

ACUERDA:

1. Radicación. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-393/2024.

2. Estado de resolución. Toda vez que no existen más diligencias por desahogar, se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Informe turno PES-393/2024

Chihuahua, Chihuahua; a dos de agosto del dos mil veinticuatro.

Visto el informe suscrito por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso d), 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaria General Provisional dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de veintisiete de julio de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el acuerdo referido, se turna el presente expediente al Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Circula PES-393/2024

Chihuahua, Chihuahua a cinco de agosto de dos mil veinticuatro.

VISTO el estado procesal que guardan los autos.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 292, 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso b); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18; 19; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, XVI, XVII, y XXIX; 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

ACUERDA:

1. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

2. Convocatoria. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Convoca PES-393/2024

Chihuahua, Chihuahua; cinco de agosto de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES393/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las dieciocho horas del martes seis de agosto del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

07_Recepción copia certificada PES-393/2024

Chihuahua, Chihuahua; a cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal; de las cuales, se advierte el Oficio No. INE/UFT/DRN/43372/2024, signado por David Ramírez Bernal, Encargado de Despacho de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual solicitan copia certificada de la totalidad de las constancias que integran el expediente de clave PES-393/2024 del índice de este órgano jurisdiccional, con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracciones XIV y XIX y 32, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA
PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido la documentación de cuenta, misma que se

ordena agregar a los autos para que obre conforme a derecho corresponda.

SEGUNDO. Copias certificadas. Se ordena a la Secretaria General expedir copia certificada del expediente PES-393/2024 y copia certificada de la sentencia de fecha seis de agosto de la presente anualidad del expediente de mérito y remitirla a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral. Asimismo, se ordena expedir copia certificada del citado expediente y se envíe por medio electrónico a las cuentas electrónicas señaladas en el oficio referido.

TERCERO. Así también a efecto de precisar lo relativo a si la resolución del expediente PES-393/2024 fue impugnada o no; se indica que no fue impugnada.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrada Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

08_Agréguese e infórmese PES-393/2024

 

 

Chihuahua, Chihuahua; a doce de noviembre de dos mil veinticuatro.

 

 

Vistas la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta, de la que se advierte oficio de clave IEE-SE-2314/2024 signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, por el cual remite oficio de clave INE/UTF/DRN/47428/2024 relativo al expediente de clave PES-393/2024 del índice de este órgano jurisdiccional, en el que solicita se informe a dicho Instituto si la sentencia del expediente al rubro fue impugnada; con fundamento en los artículos 297, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se:

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación de cuenta, misma que se ordena agregar a los autos para que obre conforme a Derecho corresponda.

 

SEGUNDO.  Infórmese al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, que la sentencia dictada por este Tribunal en el expediente PES-393/2024 emitida el seis de agosto de la presente anualidad, no fue controvertida en el plazo legal, por lo que se informa que se actualizó la figura procesal de cosa juzgada, en consecuencia, la aludida resolución ha quedado firme.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

formulado con motivo
promovido por el Mariana de Lachica Huerta, en su carácter de representante del Partido Acción Nacional,  en contra de Miguel Francisco La Torre Saénz, en su carácter al momento de la presentación de la denuncia de candidato a la Presidencia Municipal de Chihuahua y en contra del partido Morena; dispuestas en los artículos 122, numeral 1), 257, numeral 1), incisos a), h), y r) y 259, numeral 1), inciso g) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 209 numeral 2) de la Ley General