01_Forma registra e informe PES-396/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintisiete de junio de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al procedimiento especial sancionador de clave IEE-PES-141/2024, promovido por Partido Acción Nacional, por conducto de su representante propietario ante el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, Damián Lemus Navarrete, en contra de Ilse América García Soto, en su carácter de la otrora candidata a la Diputación por mayoría relativa del Distrito 01 y los partidos políticos Morena y del Trabajo por presuntas conductas que pudieran constituir la presunta difusión de propaganda política o electoral con aparición de personas menores de edad; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-396/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del mismo al Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

 

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Informe y turno PES-396/2024

Chihuahua, Chihuahua; a veinticuatro de julio del dos mil veinticuatro.

Visto el informe suscrito por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso d), 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaria General Provisional dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de veinticuatro de julio de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el acuerdo referido, se turna el presente expediente al Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Radicación y estado de resolución PES-396/2024

Chihuahua, Chihuahua a veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro.

VISTOS

1. La documentación descrita en la constancia emitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, por medio de la que se da cuenta de la recepción del expediente al rubro indicado.

2. La constancia de esta misma fecha, por la que la Secretaria General Provisional de este Tribunal realizó la verificación en la integración del expediente.

3. El acuerdo de idéntica fecha emitido por la Presidencia, por el que fue turnado a esta ponencia la sustanciación del expediente identificado con la clave PES-396/2024.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 292; 293; 295, numeral 1, inciso a) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracciones I, III, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, y XXIX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

ACUERDA:

1. Radicación. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-396/2024.

2. Estado de resolución. Toda vez que no existen más diligencias por desahogar, se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Circula PES-396/2024

Chihuahua, Chihuahua a veinticinco de julio de dos mil veinticuatro.

VISTO

El estado procesal que guardan los autos.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 292, 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso b); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18; 19; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, XVI, XVII, y XXIX; 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

ACUERDA:

1. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

2. Convocatoria. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Convoca PES-396/2024

Chihuahua, Chihuahua; veinticinco de julio de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES396/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las dieciocho horas del viernes veintiséis de julio del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

07_Recepción copia certificada PES-396/2024

Chihuahua, Chihuahua; a tres de septiembre de dos mil veinticuatro.

 

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal; de las cuales,se advierte el Oficio No. INE/UFT/DRN/43603/2024, signado porDavid Ramírez Bernal, Encargado de Despacho de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual solicitan copia certificada de la totalidad de las constancias que integran el expediente de clave PES-396/2024 del índice de este órgano jurisdiccional, con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracciones XIV y XIX y 32, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido la documentación de cuenta, misma que se ordena agregar a los autos para que obre conforme a Derecho corresponda.

SEGUNDO. Copias certificadas. Se ordena a la Secretaria General expedir copia certificada del expediente PES-396/2024 y remitirla a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral. Asimismo, se ordena expedir copia certificada del citado expediente y se envíe por medio electrónico a las cuentas electrónicas señaladas en el oficio referido.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrada Socorro Roxana García Moreno,ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General del veintiuno de diciembre de dos mil veinte del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el Acta de Sesión Privada de fecha nueve de enero de dos mil veintitrés, por los que se implementa la firma electrónica certificada en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.

08_Recepción cumplimiento a requerimiento PES-396/2024

Chihuahua, Chihuahua; a seis de septiembre de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal; de las cuales,se advierte el oficio No. INE/UFT/DRN/43957/2024, signado porDavid Ramírez Bernal, Encargado de Despacho de la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, mediante el cual solicita se informe si la resolución del expediente de clave PES-396/2024 del índice de este órgano jurisdiccional fue impugnada por alguna de las partes; con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracciones XIV y XIX y 32, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido la documentación de cuenta, misma que se ordena agregar a los autos para que obre conforme a Derecho corresponda.

SEGUNDO. A efecto de precisar lo relativo a si la resolución del expediente PES-396/2024 fue impugnada o no; se indica que no fue impugnada.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrada Socorro Roxana García Moreno,ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General del veintiuno de diciembre de dos mil veinte del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el Acta de Sesión Privada de fecha nueve de enero de dos mil veintitrés, por los que se implementa la firma electrónica certificada en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.

formulado con motivo

promovido por Partido Acción Nacional, por conducto de su representante propietario ante el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, Damián Lemus Navarrete , en contra de Ilse América García Soto, en su carácter de la otrora candidata a la Diputación por mayoría relativa del Distrito 01 y los partidos políticos Morena y del Trabajo por presuntas conductas que pudieran constituir la presunta difusión de propaganda política o electoral con aparición de personas menores de edad