01_Forma registra PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; seis de julio de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al Procedimiento Especial Sancionador promovido por DATO PROTEGIDO, en contra de Rubén Valles Mata, por presuntas conductas que pudieran constituir violencia política contra las mujeres en razón de género en contravención a lo dispuesto por los artículos 3 BIS, numeral 1), inciso v), 256, numerales1), incisos d) y l) y 2), 256 BIS, numeral 1, inciso f), 261 numeral 1), incisos e) y g) de la Ley Electoral; 5, fracciones III y VII y 6 fracciones IV, VI y VII y 6-e, fracciones IX, XVI, XXIII de la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,* 6, fracciones | y VII, 16, 20 BIS, 20 Ter, fracciones IX, XVI, y XXII, 20 Quáter y 20 Quinques de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.; y artículo 16.1. de la Convención Sobre los Derechos del Niño; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-409/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del mismo al Magistrado en Funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Convoca PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; a cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-409/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19 fracción I del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las once horas del jueves cinco de septiembre del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien se actúa y da fe. DOY FE.

07_Agréguese PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; a once de septiembre de dos mil veinticuatro.

 

Vista la cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, de la cual se advierte la remisión de oficio IEE-SE-2099/2024, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual remite copia certificada de las cédulas de notificación IEE-DJ-N-5024/2024 y IEE-DJ-N-5025/2024; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

 

ACUERDA:

 

ÚNICO. Téngase por recibida la documentación, agréguese la misma a los autos del expediente PES-409/2024, del índice de éste Órgano Jurisdiccional para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

08_Agréguese PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; a doce de septiembre de dos mil veinticuatro.

 

Vista la cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, de la cual se advierte la remisión de oficio IEE-SE-3131/2024, signado por Jazmín Alejandra Calzadillas Armendáriz, funcionaria habilitada con fe pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual remite copia simple de proveído de fecha nueve de septiembre de la presente anualidad dentro del expediente IEE-PES-102/2024; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

 

ACUERDA:

 

ÚNICO. Téngase por recibida la documentación, agréguese la misma a los autos del expediente PES-409/2024, del índice de éste Órgano Jurisdiccional para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

09_Presentación JDC PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; doce de septiembre de dos mil veinticuatro.

 

Visto el escrito presentado por Norma Carbajal Ribota, mediante el cual interpone juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano en contra del acuerdo de Pleno dictado por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave PES-409/2024; con fundamento en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII del Reglamento Interior de este órgano jurisdiccional electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibido el escrito y sus anexos y agréguese copia certificada de los mismos a los autos del expediente en que se actúa.

 

SEGUNDO. Aviso. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

 

TERCERO. Publicación. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

 

CUARTO. Informe. Se instruye a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por el artículo 18, numeral 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

QUINTO. Remítase en términos del artículo 18, numeral 1 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente y sus acumulados que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaría General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo C-569/2024 en el libro de gobierno respectivo.

 

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaría General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

10_Recepción remisión JDC PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; a quince de octubre de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte oficio de clave SG-SGA-OA-1504/2024, signado por Elizabeth Vázquez Angulo, actuaria regional de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante el cual remite copia certificada de la sentencia de diez de octubre de la presente anualidad dictada en el expediente de clave SG-JDC-657/2024, así como el expediente de clave PES-409/2024 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 32, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia, misma que se ordena agregar al expediente de mérito.

SEGUNDO. Remítanse los autos del expediente en que se actúa a la ponencia instructora a cargo del Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien se actúa y da fe. DOY FE.

11_Convoca JDC PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; a veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-409/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19 fracción I del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión PrivadaSe convoca a sesión privada de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas del martes veintidós de octubre del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien se actúa y da fe. DOY FE.

13_Recepción remisión PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; a diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte informe circunstanciado mediante oficio de clave IEE-SE-2328/2024, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante la cual remite el expediente de clave PES-409/2024 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 32, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia.

SEGUNDO. Remítanse los autos del expediente en que se actúa a la ponencia instructora a cargo del Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

14_Agréguese verificación PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro.

VISTOS:

1. El Acuerdo de Pleno del veintidós de octubre, en el cual se hizo la devolución del expediente en que se actúa a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, a fin de reponer la instrucción del procedimiento y dar cumplimiento a los efectos ordenados por la Sala Regional Guadalajara en el expediente de clave SG-JDC-657/2024;
2. La cuenta remitida en esta misma fecha por la Secretaría General de este Tribunal, respecto al envío que hace el Secretario Ejecutivo del mencionado Instituto del expediente indicado al rubro, una vez realizadas las diligencias ordenadas para lareposición y regularización del procedimiento ordenada en el acuerdo de pleno referido en el numeral anterior;
3. El acuerdo de idéntica fecha, en el cual la Presidencia de este Tribunal remite a esta ponencia el expediente de mérito; y
4. El estado que guardan los autos del expediente que nos ocupa, así como del diverso cuadernillo de clave C-607/2024, formado con motivo de la remisión del expediente original al Instituto para su correcta sustanciación.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 292; 293; 295, numeral 1, inciso a) y 3, incisos a) y c); y 297, numeral 1, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracciones I del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua; así como los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se:

ACUERDA:

PRIMERO. Agregar constancias originales. Se ordena a la Secretaría General de este Tribunal, agregar a este expediente las constancias originales que se hubieren emitido dentro del cuadernillo de clave C-607/2024, durante la sustanciación del expediente principal en el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, previa copia certificada que de ellas se deje en el cuadernillo antes mencionado.

SEGUNDO. Verificación. Toda vez que, derivado de la reposición del procedimiento especial sancionador que nos ocupa se llevaron a cabo nuevas actuaciones que no formaron parte de la verificación primigenia del expediente realizada por este Tribunal; para efectos de estar en posibilidad de emitir la resolución que en derecho proceda, remítanse los autos a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional, instruyéndole que efectúe la verificación del expediente, debiendo constatar su debida integración, así como la precisión respecto a si el mismo se encuentra completo y, en consecuencia, en estado de resolución.

Lo anterior, con apoyo en lo dispuesto por el Segundo y Tercero de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, en relación con los artículos 291, numeral 1) y 292, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

15_Cumplimiento estado de resolución PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; a veinte de noviembre de dos mil veinticuatro.

VISTO el acuerdo de diecinueve de noviembre emitido por la ponencia instructora del presente asunto, por el que se ordenó a la Secretaría General informar sobre la debida integración del expediente de clave PES-409/2024 del índice de este órgano jurisdiccional.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 292; 293; 295, numeral 1, inciso a) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracciones I, III, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, y XXX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

ACUERDA:

1. Cumplimiento. Se tiene a la Secretaría General dando cumplimiento al proveído de diecinueve de noviembre en el que solicitó informara la debida integración del expediente de mérito.

2. Estado de resolución. Toda vez que no existen más diligencias por desahogar, se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

16_Circula PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; a veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro.

VISTO el estado que guardan los autos del expediente en el que se actúa y con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 297, numeral 1, incisos b), d) y m); 308, numeral 1, incisos a) al h); y 331, numeral 6 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 19; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32, 103, numeral 8; 112 y 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

ACUERDA:

1. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

2. Convocatoria. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

17_Convoca PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES- 409/2024, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las trece horas del lunes veinticinco de noviembre del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

19_Presentación JDC PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintinueve de noviembre de dos mil veinticuatro.

 

Visto el escrito signado por DATO PROTEGIDO, por su propio derecho y acreditando su personalidad en el presente asunto, mediante el cual interpone Medio de Impugnación, en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente PES-409/2024 con fundamento en los artículos 17, 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; se:

ACUERDA:
PRIMERO. Recepción. Ténganse por recibido el escrito y agréguese copia certificada del

mismo a los autos del expediente en que se actúa.
SEGUNDO. Aviso. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente. TERCERO. Publicación. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.
CUARTO. Informe. Se instruye a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por los artículos 18, numeral 2, numeral 1 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
QUINTO. Remisión. Remítase de inmediato a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaría General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo C-628/2024 en el libro de gobierno respectivo.
SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

20_Agréguese JDC PES-409/2024

Chihuahua, Chihuahua; a nueve de enero de dos mil veinticinco.

Vista la cuenta que remite la Secretaria General Provisional al Magistrado Presidente de este Tribunal; de la cual se advierte el oficio de clave SG-SGA-OA-1694/2024, signado por Juan Emmanuel González Martínez, actuario regional de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante el cual remite acuerdo de fecha treinta de diciembre de dos mil veinticuatro así como las constancias que integran el expediente de clave PES-409/2024 del índice de este Tribunal, con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracción XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibido el expediente descrito en la cuenta.

SEGUNDO. Glosa. Agréguese la notificación mencionada en la cuenta a los autos que integran el expediente de clave PES-409/2024.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

formulado con motivo

promovido por DATO PROTEGIDO, en contra de Rubén Valles Mata, por presuntas conductas que pudieran constituir violencia política contra las mujeres en razón de género en contravención a lo dispuesto por los artículos 3 BIS, numeral 1), inciso v), 256, numerales1), incisos d) y l) y 2), 256 BIS, numeral 1, inciso f), 261 numeral 1), incisos e) y g) de la Ley Electoral; 5, fracciones III y VII y 6 fracciones IV, VI y VII y 6-e, fracciones IX, XVI, XXIII de la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,* 6, fracciones | y VII, 16, 20 BIS, 20 Ter, fracciones IX, XVI, y XXII, 20 Quáter y 20 Quinques de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.; y artículo 16.1. de la Convención Sobre los Derechos del Niño