01_Forma registra PES-453/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintitrés de julio de dos mil veinticuatro.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al Procedimiento Especial Sancionador promovido por Cruz Pérez Cuellar, en su carácter al momento de la presentación de la denuncia de candidato a la Presidencia Municipal de Juárez,  en contra de Rogelio Loya luna, quien al momento de la presentación de la denuncia, tenía el carácter de candidato a la Presidencia Municipal de Juárez, por la presunta comisión de conductas que pudieran constituir difusión de propaganda político-electoral calumniosa en su perjuicio, así como del Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional y Partido de la Revolución Democrática, por la figura de culpa in vigilando; dispuestas en los artículos 122, numeral 1), 257, numeral 1), incisos a), h), y r) y 259, numeral 1), inciso g) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 209 numeral 2) de la Ley General; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-453/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del mismo al Magistrado Hugo Molina Martínez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

 

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Informe turno PES-453/2024

Chihuahua, Chihuahua; dieciseis de agosto de dos mil veinticuatro. 

 

Visto el informe suscrito por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso d), 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General Provisional dando cumplimiento a lo dispuesto en acuerdo emitido en fecha de veintitres de julio de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha veintitres de juliode dos mil veinticuatro, se remite el presente expediente al Magistrado Hugo Molina Martínez, para la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Recepción estado de resolución circula PES-453/2024

Chihuahua, Chihuahua, diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro.

VISTO:

1. El informe del dieciséis de agosto, rendido por la Secretaría General de este Tribunal, en el que comunica el resultado de la verificación en sentido positivo del presente expediente, que fue remitido por el Instituto Estatal Electoral.
2. El acuerdo de misma fecha, emitido por la Magistrada Presidenta, en el que turna a esta ponencia el expediente identificado con la clave PES-453/2024; y

Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos b), d) y m) y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y, 18, 19, fracción I, 27, fracciones I, IX, X y XX y 31, numeral 1 y 34, fracción I, del Reglamento Interior de este Tribunal; y numeral Quinto, inciso a); y numeral Décimo de los Lineamientos para el Trámite Interno del Procedimiento Especial Sancionador, se

ACUERDA

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido en esta Ponencia, el expediente identificado con la clave PES-453/2024.

SEGUNDO. Estado de resolución. Conforme al resultado de la verificación realizada por la Secretaría General de este Tribunal, en virtud de que el expediente en que se actúa se encuentra en estado de resolución, se procede a elaborar el proyecto de sentencia correspondiente.

TERCERO. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa, para los efectos legales que  haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto a la Magistrada y los Magistrados que, junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

CUARTO. Convocatoria a sesión del pleno. Solicítese a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, se convoque a sesión del Pleno, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor, Hugo Molina Martínez, ante el Secretario General Provisional por Ministerio de Ley, Isidro Alberto Burrola Monarrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Convoca PES-453/2024

Chihuahua, Chihuahua; veinte de agosto de dos mil veinticuatro.

PES-453/2024 del índice de este Tribunal, formulado con motivo de la interposición del Procedimiento Especial Sancionador promovido por el Cruz Pérez Cuellar,en su carácter al momento de la presentación de la denuncia de candidato a la Presidencia Municipal de Juárez, en contra de Rogelio Loya luna, quien al momento de la presentación de la

denuncia, tenía el carácter de candidato a la Presidencia Municipal de Juárez, por la presunta comisión de conductas que pudieran constituir difusión de propaganda político- electoral calumniosa en su perjuicio, asícomo del Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional y Partido de la Revolución Democrática,por la figura de culpa

in vigilando;se dictó en esta fecha el acuerdo siguiente:

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-453/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, 31 y 34 fracción 1 del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las dieciocho horas del miércoles veintiún de agosto del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en el Secretario General por Ministerio de Ley Isidro Alberto Burrola Monárrez. DOY FE.

formulado con motivo
promovido
por Cruz Pérez Cuellar, en su carácter al momento de la presentación de la denuncia de candidato a la Presidencia Municipal de Juárez,  en contra de Rogelio Loya luna, quien al momento de la presentación de la denuncia, tenía el carácter de candidato a la Presidencia Municipal de Juárez, por la presunta comisión de conductas que pudieran constituir difusión de propaganda político-electoral calumniosa en su perjuicio, así como del Partido Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional y Partido de la Revolución Democrática, por la figura de culpa in vigilando