01_Forma registra PES-477/2024

Chihuahua, Chihuahua; treinta de julio de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las que, se advierte el Informe Circunstanciado, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; formulado, con motivo del Procedimiento Especial Sancionador IEE-PES-115/2024, promovido por ELIMINADO: DATO PERSONAL CONFIDENCIAL en contra de Jesús Enríque Romanillo Leyva, Juan Carlos Hernández Mendoza, Ramón Murrieta González, Cintia Isabel Sandoval Mendoza, Gustavo Adrián Licea Pérez y el partido México Republicano por conductas que pudieran constituir violencia política contra las mujeres en razón de género y culpa in vigilando; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y Regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-477/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Previo. Previo a asumir el expediente para la revisión y resolución del Procedimiento Especial Sancionador por parte de la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Agregar documentos PES-477/2024

 

 

Chihuahua, Chihuahua; seis de agosto de dos mil veinticuatro.

 

 

Vista la cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se advierte la recepción del Oficio IEE-SE-1920/2024, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; mediante el cual, remite cuatro constancias de notificación originales de claves IEE-DJ-N-4371/2024, IEE-DJ-N-4373/2024, IEE-DJ-N-4374/2024 e IEE-DJ-N-4375/2024, relativas al expediente PES-477/2024 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en el artículo 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIV, 27 fracción III del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación de la cuenta.

 

SEGUNDO. Agréguese la documentación de cuenta al expediente PES-477/2024

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

03_Agréguese PES-477/2024

Chihuahua, Chihuahua; ocho de agosto de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se advierte la recepción del Oficio IEE-DJ-OA-2976/2024, signado por Raúl Alejandro Pando Porras, funcionario habilitado con fe pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; mediante el cual, remite copia simple del acuerdo de fecha cuatro de agosto de esta anualidad y un anexo adicional, ambos relacionados al expediente de clave IEE-PES-115/2024, relativos al expediente PES-477/2024 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en el artículo 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIV, 27 fracción III del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:
PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación de la cuenta.

SEGUNDO. Agréguese la documentación de cuenta al expediente PES- 477/2024.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Lo que se hace del conocimiento público, en vía de notificación mediante la fijación en los estrados de la presente cédula y en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 336, numeral 2) y 339 de la Ley Electoral del Estado y 132 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral. Conste.

04_Informe y asume PES-477/2024

Chihuahua, Chihuahua; doce de septiembre de dos mil veinticuatro.

 

Visto el informe suscrito por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numeral 1, inciso a) y 3, inciso b); 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General Provisional dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de treinta de julio de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

 

SEGUNDO. Asume. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha treinta de julio del presente año, se asume el presente expediente por la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

05_Circula y convoca PES-477/2024

 

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR[1]

 

EXPEDIENTE: PES-477/2024

DENUNCIANTE: DATO PERSONAL PROTEGIDO[2]

DENUNCIADOS: JESÚS ENRIQUE ROMANILLO LEYVA Y OTRAS PERSONAS[3]

MAGISTRADA PONENTE: ROXANA GARCÍA MORENO

 

Chihuahua, Chihuahua; a doce de septiembre de dos mil veinticuatro[4].

 

VISTO  el informe de verificación emitido por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, de hoy, del cual se desprende que no se advierte la necesidad de realizar alguna otra diligencia en el presente asunto, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Se recibe en esta ponencia el expediente identificado con la clave PES-477/2024, así como toda su documentación, y se radica en la presente ponencia.

 

SEGUNDO. Domicilio procesal. Notifíquese a las partes en el domicilio que fueron notificados por el Instituto durante la sustanciación del procedimiento, a través de la oficina del Instituto Estatal Electoral con domicilio en Ciudad Juárez.

 

TERCERO. Estado de resolución. Con arreglo al informe rendido por la Secretaría General Provisional, así como del estudio de los autos, al no advertirse la necesidad de realizar alguna otra diligencia, se declara que el presente expediente se encuentra en estado de resolución.

 

CUARTO. Circulación del proyecto. remítase a la Secretaría General Provisional de este Tribunal, el proyecto de resolución, formulado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le instruye entregar copia del citado proyecto a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

 

QUINTO. Convocatoria. Se convoca a Sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las trece horas del día trece de septiembre, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

 

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

 

Notifíquese por estrados a las partes y demás interesados.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE

 

[1] En adelante, PES.

[2] Dato personal protegido de conformidad con los artículos 6 y 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracciones lX y X; 31 y 80 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; artículos 100; 106 fracciones ll y lll; 107; 110; 111; 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; artículos 109; 117 fracciones ll y lll; 120; 121; y 128 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado.

[3] Jesús Enrique Romanillo Leyva, en su carácter de candidato a la presidencia municipal de Juárez, Juan Carlos Hernández Mendoza, en su carácter de Presidente de la Comisión Ejecutiva Estatal, Ramón Murrieta González, candidato a regidor de representación proporcional, Cintia Isabel Sandoval Mendoza, en su carácter de candidata a diputada por el distrito local 06; todos por el partido político México Republicano Chihuahua, Gustavo Adrián Licea Pérez, por una posible participación en los hechos denunciados y al propio partido, por culpa in vigilando.

[4] Las fechas son correspondientes al año dos mil veinticuatro.

07_Presentación JDC PES-477/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro.

Visto el escrito presentado por ELIMINADO: DATO PERSONAL CONFIDENCIAL, mediante el cual interpone juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano en contra del acuerdo de Pleno dictado por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave PES-477/2024; con fundamento en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII del Reglamento Interior de este órgano jurisdiccional electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibido el escrito y sus anexos y agréguese copia certificada de los mismos a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Aviso. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Publicación. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Informe. Se instruye a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por el artículo 18, numeral 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remítase en términos del artículo 18, numeral 1 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente y sus acumulados que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaría General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo C-577/2024 en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaría General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

08_Agréguese JDC PES-477/2024

Chihuahua, Chihuahua; veinte de septiembre de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia, remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal; mediante la cual, se hace constar la presentación del Oficio IEE-DJ-OA-3159/2024, signado porFuncionaria Habilitada con Fe Pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; por el que, remite Acuerdo de fecha diecinueve de septiembre de dos mil veinticuatro, en relación con lo ordenado en la Sentencia de fecha trece de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada dentro del Exp. PES-477/2024; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibida la documentación de cuenta y su Anexo.

SEGUNDO. Agréguese, al expediente de cuenta para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

09_Recepción JDC PES-477/2024

Chihuahua, Chihuahua; a catorce de octubre de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte  el oficio SG-SGA-OA-1515/2024, signado por Emmanuel Eleazar Rodríguez Estrada, Actuario de Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual remite a este Tribunal, el cuaderno accesorio único del expediente SG-JDC-668/2024, vinculado al diverso PES-477/2024 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 299,  numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibido el oficio que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Cuadernillo. Agréguense las constancias originales que integran el C-577/2024, formado con motivo de la impugnación del presente expediente; previa copia certificada que se anexe al mismo.

TERCERO. Remítase el expediente a la ponencia a mi cargo para los efectos legales conducentes, por haber sido a quien correspondió conocer del presente asunto.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

10_Circula convoca JDC PES-477/2024

Chihuahua, Chihuahua, a treinta de octubre de dos mil veinticuatro.

VISTOS

1. El oficio identificado con la clave alfanumérica SG-SGA-OA-1515/2024 signado por Emmanuel Eleazar Rodríguez Estrada, Actuario de Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por medio del cual remite documentación relativa al expediente PES-477/2024.

2. La constancia y cuenta de fecha catorce de octubre emitida por la Secretaría General Provisional de este órgano jurisdiccional.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 292; 295, numeral 1) inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, inciso m) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18 y 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se recibe en esta ponencia el expediente identificado con la clave PES-477/2024, así como toda su documentación.

SEGUNDO. CIRCULACIÓN DEL PROYECTO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución, formulado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le instruye entregar copia del citado proyecto a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

TERCERO. CONVOCATORIA. Se convoca a Sesión Pública de Pleno que se llevará a cabo a las trece horas del día jueves treinta y uno de octubre de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

Asimismo, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

12_Circula convoca JDC PES-477/2024

Chihuahua, Chihuahua; a primero de noviembre de dos mil veinticuatro

VISTO el estado procesal en que se encuentra el expediente de mérito, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 333, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18 y 125, numeral 2, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA

1. CIRCULACIÓN DEL PROYECTO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto del acuerdo plenario de aclaración de sentencia elaborado en el presente asunto. Asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de acuerdo a los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, con excepción de quien realiza la propuesta.

2. CONVOCATORIA. Se convoca a sesión privada de Pleno, que habrá de celebrarse a las diecinueve horas del primero de noviembre,con el objetivo de analizar, discutir y en su caso aprobar el presente acuerdo plenario.

Por último, se ordena a la Secretaría General de este Tribunal hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

14_Agréguese documentos PES-477/2024

 

Chihuahua, Chihuahua; doce de noviembre de dos mil veinticuatro.

 

Vista la cuenta y constancia, remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal; mediante las cuales, se hace constar la presentación del Oficio ICHM/DG/JUR/1796/2024, signado por Raquel  Bravo Osuna, en su carácter de Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres; por el que, informa el estatus de la medida de protección a favor de la vícitma de iniciales G.G.H.A en relación, con lo ordenado en la Sentencia dictada dentro del Exp. PES-477/2024; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; se

 

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibida la documentación de cuenta y su Anexo.

SEGUNDO. Agréguese, al expediente de cuenta para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

15_Agréguese PES-477/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se advierte la recepción del Oficio IEE-DJ-OA-3345/2024, signado por Jazmín Alejandra Calzadillas Armendáriz, funcionaria habilitada con fe pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; mediante el cual, remite copia del acuerdo de fecha quince de noviembre de dos mil veinticuatro, recaído al expediente IEE-PES-115/2024, relativo al expediente PES-477/2024 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en el artículo 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación de la cuenta.

SEGUNDO. Agréguese la documentación de cuenta al expediente PES-477/2024.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

16_Informe recepción PES-477/2024

Chihuahua, Chihuahua; a veinte de diciembre de dos mil veinticuatro.

Visto: El  oficio IEE-DJ-0A-3472/2024, signado  por  Funcionario  Habilitado  con  Fe  Pública,  del  Instituto  Estatal Electoral de Chihuahua; mediante el cual, notifica el Acuerdo de fecha diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, dictado dentro  del  expediente de clave IEE-PES-115/2024, en  el  que  se  solicita  el  auxilio  y colaboración de  este  órgano  jurisdiccional,  a  efecto  de informar la situación jurídica en que se encuentra el expediente identificado con la clave PES-477/2024 en el índice de este órgano jurisdiccional; con  fundamento  en  los  artículos  297,  inciso  m)  de  la  Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XXX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral seACUERDA:

PRIMERO.   Recepción   de   documentos. Se   tiene   por   recibida   la documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Firme. Toda vez que, la Sentencia dictada por este Tribunal en el  expediente PES-477/2024,  emitida  el  treinta y uno de octubre de  la  presente anualidad  no  fue  controvertida  en  el  plazo  legal,  en  consecuencia, la aludida resolución ha quedado firme.

TERCERO. Se instruye a la Secretaría General notificar el presente Acuerdo al Instituto Estatal Electoral, por conducto de su Consejera Presidenta, para que de conformidad con los efectos precisados en la sentencia dictada en el expediente PES-477/2024, procedan a llevar a cabo lo que se determinó.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

17_Remisión PES-477/2024

Chihuahua, Chihuahua; nueve de enero de dos mil veinticinco.

Vista la constancia y cuenta remitida por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la recepción del escrito, presentado por Argelia López Valdez, quien solicita apoyo en relación al expediente de clave PES-477/2024; con fundamento en el artículo 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el escrito de cuenta.

SEGUNDO. Agréguese al expediente de clave PES-477/2024, para los efectos legales conducentes.

TERCERO. Remítase el expediente a la ponencia a cargo de la Magistrada Socorro Roxana García Moreno, por haber sido a quien correspondió instruir el expediente PES-477/2024.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

18_Recepción informe PES-477/2024

Chihuahua, Chihuahua; dieciséis de enero de dos mil veinticinco.

VISTOS

1) La cuenta que remite la Secretaria General Provisional al Magistrado Presidente de este Tribunal, mediante la cual se advierte el escrito de fecha siete de enero del presente año, signado Argelia López Valdez.

2) La constancia levantada el siete de enero de dos mil veinticinco, por la cual funcionario de este Tribunal recibe la documentación en comento.

3) La cuenta que remite la Secretaria General Provisional al Magistrado Presidente de este Tribunal, mediante la cual se advierte el oficio de clave alfanumérica IEE-DJ-OA-013/2024 presentado en fecha trece de enero del presente año, signado por Omar Eduardo López Villalobos, funcionario habilitado con fe pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua.

4) La constancia levantada el catorce de enero de dos mil veinticinco, por la cual funcionario de este Tribunal recibe la documentación en comento.

Con fundamento en los artículos 299, inciso u), 300 inciso h), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, así como el 27, fracciones I, y, XX, del Reglamento Interno de este Tribunal Electoral, se:

ACUERDA:

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave alfanumérica PES-477/2024, para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. INFORMA. Con base en el acuerdo emitido en fecha veinte de diciembre de dos mil veinticuatro emitido por la Secretaria General Provisional de este órgano jurisdiccional, se informa al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua que la resolución emitida en fecha treinta y uno de octubre de dos mil veinticuatro dentro del expediente PES-477/2024, ha causado estado, pues no fue controvertida en el plazo legal correspondiente.

TERCERO. RESPUESTA A SOLICITUD DE INFORMACIÓN. En cuanto al escrito signado por Argelia López Valdez, se tiene que en fecha trece de septiembre de dos mil veinticuatro, este órgano jurisdiccional emitió sentencia mediante la cual determinó la existencia de la infracción consistente en violencia política en razón de género atribuida a Juan Carlos Hernández Mendoza, en su carácter de Presidente de la Comisión Ejecutiva Estatal del partido político México Republicano Chihuahua, en perjuicio de la denunciante Grecia Gabriela Herrera Alvarado.

En ese sentido, en fecha trece de octubre de dos mil veinticuatro, funcionaria habilitada con fe pública del Instituto presentó oficio ante este Tribunal identificado con la clave alfanumérica IEE-DJ-OA-3189/2024.

En tal oficio, se anexó documentación consistente en escrito signado por el C. Gilberto Padilla Villareal, representante suplente del partido político México Republicano ante la Asamblea Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua.

Aunado a lo anterior, se adjuntó copia certificada del acta circunstanciada identificada con la clave alfanumérica IEE-DJ-OE-AC-522/2024 y un dispositivo de control de almacenamiento masivo USB.

Probanzas con las cuales, se advierte que el denunciado Juan Carlos Hernández Mendoza, en su carácter de Presidente de la Comisión Ejecutiva Estatal del partido político México Republicano Chihuahuaofreció una disculpa pública a la denunciante.

Asimismo, en fecha diez de octubre de dos mil veinticuatro, la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la resolución emitida por este órgano jurisdiccional en fecha trece de septiembre de dos mil veinticuatro.

Además, la Sala dejó intocado el análisis efectuado respecto al denunciado Juan Carlos Hernández Mendoza y, por ende, quedó firme la sanción (amonestación pública), así como las medidas de protección y reparación determinadas respectivamente por este órgano jurisdiccional mediante la sentencia en comento.

Ahora bien, la Sala Guadalajara en comento ordenó a este Tribunal emitir una nueva resolución en la que, con perspectiva de género, analizara de manera integral y contextual los hechos atribuidos a los denunciados Jesús Enrique Romanillo Leyva, Ramón Murrieta González, Cintia Isabel Sandoval Mendoza, Gustavo Adrián Licea Pérez, así como la culpa in vigilando del partido político México Republicano Chihuahua, a fin de determinar si se configuraba o no la infracción relativa a violencia política en razón de género por la que habían sido emplazados.

En ese orden de ideas, este órgano jurisdiccional emitió sentencia en fecha treinta y uno de octubre de dos mil veinticuatro, en la que determinó la existencia de violencia política en razón de género atribuida a los denunciados Jesús Enrique Romanillo Leyva, en su calidad de candidato a la presidencia municipal de Juárez, así como Gustavo Adrián Licea Pérez, propietario del perfil de nombre “I. Sandoval”, de la red social denominada “Facebook”, en perjuicio de la denunciante y ordenó ofrecer una disculpa pública a la víctima.

Al respecto, este Tribunal advierte la existencia de una resolución judicial firme y que a la fecha de emisión del presente acuerdo, en el expediente no obra documentación relativa al ofrecimiento de una disculpa pública a cargo de los denunciados Jesús Enrique Romanillo Leyva y Gustavo Adrián Licea Pérez.

CUARTO. Se requiere a los denunciados Jesús Enrique Romanillo Leyva y Gustavo Adrián Licea Pérez, para que, en un plazo no mayor a tres días hábiles contados a partir de la notificación del presente acuerdo informen respecto al cumplimiento de lo mandatado en la resolución dictada en fecha treinta y uno de octubre de dos mil veinticuatro, en específico, en cuanto a la medida de satisfacción consistente en ofrecer una disculpa pública a la denunciante.

De lo contrario, se le hará efectivo el apercibimiento precisado en la sentencia referida, mismo que, consiste en imponer alguno de los medios de apremio previstos en el artículo 346 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.

QUINTO. EXPEDICIÓN DE COPIAS. Se instruye a la Secretaría General de este Tribunal poner a disposición de la denunciante copia certificada del presente acuerdo y el oficio identificado con la clave alfanumérica IEE-DJ-OA-3189/2024, así como anexos presentados ante este órgano jurisdiccional.

Asimismo, se ordena la publicación del presente acuerdo en estrados de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE personalmente a Jesús Enrique Romanillo Leyva y Gustavo Adrián Licea Pérez en el domicilio señalado en autos, así como a la parte denunciante a través de la titular de la Defensoría Electoral y por estrados a los demás interesados.

Así lo acordó y firma la Magistrada Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

Este documento es una representación gráfica autorizada mediante firmas electrónicas certificadas, el cual tiene plena validez jurídica de conformidad con los numerales segundo y cuarto del Acuerdo General del veintiuno de diciembre de dos mil veinte del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el Acta de Sesión Privada de fecha nueve de enero de dos mil veintitrés, por los que se implementa la firma electrónica certificada en los acuerdos, resoluciones y sentencias que se dicten con motivo del trámite, turno, sustanciación y resolución de los medios de impugnación en materia electoral.

formulado con motivo

promovido por ELIMINADO: DATO PERSONAL CONFIDENCIAL en contra de Jesús Enríque Romanillo Leyva, Juan Carlos Hernández Mendoza, Ramón Murrieta González, Cintia Isabel Sandoval Mendoza, Gustavo Adrián Licea Pérez y el partido México Republicano por conductas que pudieran constituir violencia política contra las mujeres en razón de género y culpa in vigilando