01_Forma registra y turno RAP-011/2023

Chihuahua, Chihuahua; tres de marzo de dos mil veintitrés.

Vista la constancia y cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado enviado Yanko Durán Prieto, en su calidad de Consejera Presidenta del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual se adjunta informe circunstanciado constante en seis fojas, relativo al medio de impugnación promovido por Juan Pablo de la Cruz Medrano, en su carácter de representante suplente del partido Morena ante el Consejo Estatal, en contra de la resolución del Consejo Estatal de clave IEE/CE31/2023, relativo al Procedimiento Especial Sancionador IEE-PSO-007/2022; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96 y 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave RAP-011/2023 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Hugo Molina Martínez para la sustanciación y resolución del mismo.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Cierre de instrucción y circula RAP-011/2023

Chihuahua, Chihuahua, a veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés.

 

VISTO, el estado que guardan los autos del expediente en que se actúa, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso a), b) y d); 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18; 27, fracciones I, IX y X; 32, fracciones II, III, XVI, XVII y XXIX; así como 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Cierre de instrucción. En virtud de que no existen diligencias por desahogar, y dado que el expediente se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la instrucción.

SEGUNDO. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le instruye entregar copia del proyecto de resolución a la Magistrada Presidenta y Magistrado que integran el Pleno de este Órgano Jurisdiccional, para su estudio, con excepción del suscrito, quién realiza la propuesta.

TERCERO. Convocatoria.  Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, se convoque a sesión del Pleno para analizar, discutir y, en su caso, resolver lo que corresponda en el presente asunto.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado, Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, quien da fe. DOY FE.

04_Convoca RAP-011/2023

Chihuahua, Chihuahua; veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave RAP-011/2023, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las doce horas del jueves treinta de marzo del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

formulado con motivo
medio de impugnación promovido por Juan Pablo de la Cruz Medrano, en su carácter de representante suplente del partido Morena ante el Consejo Estatal, en contra de la resolución del Consejo Estatal de clave IEE/CE31/2023, relativo al Procedimiento Especial Sancionador IEE-PSO-007/2022