01_Forma registra y turno REP-063/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintitrés de marzo de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de la cual se advierte el oficio IEE-CQyD-026/2024, signado por Arturo Muñoz Aguirre, en su carácter de Secretario Técnico de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual envía  informe circunstanciado, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u) 303 numeral 1, inciso g) y 381 BIS, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, 97 numeral 1 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese expediente con la documentación recibida y regístrese con la clave REP-063/2024, en el Libro de Gobierno de este Órgano Jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Se turna el presente expediente a la ponencia del Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, por tener relación con el expediente de clave IEE-PES-024/2024, mismo que le fue pre turnado.

 

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la secretaria general provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Recepción REP-063/2024

RECURSO DE REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

EXPEDIENTES: REP-063/2024

PARTE ACTORA: HÉCTOR FRANCISCO OCHA MORENO

RESPONSABLE: COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL

MAGISTRADO INSTRUCTOR: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

Chihuahua, Chihuahua, a veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro.[1]

Vista la cuenta de fecha veintitrés de marzo expedida por la Secretaría General y el acuerdo de idéntica fecha mediante el cual la Magistrada Presidenta de este Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua[2], ordenó formar, registrar y turnar el expediente de clave REP-063/2024, con motivo de la interposición del medio de impugnación en contra del cumplimiento de medidas cautelares dictado por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua[3], dentro del Procedimiento Especial Sancionador[4] identificado con la clave IEE-PES-024/2024.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, incisos b), d) y m); 303, numeral 1, inciso a); 308, numeral 1, incisos a) al h); 317, inciso a); 331, numeral 5 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[5] y 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, y XXIX; 103, numeral 1; y 109, numeral 1 del Reglamento Interior del Tribunal, se

ACUERDA:

 

  1. Recepción. Se tiene por recibido en la ponencia del Magistrado Instructor, el expediente de clave REP-063/2024 para los efectos legales a los que haya lugar.

 

  1. 2. Informe circunstanciado. El informe circunstanciado fue remitido por

el Secretario Técnico de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto en el cual se adjuntaron los documentos atinentes para la debida integración y resolución del expediente.

En consecuencia, se tienen por cumplidas las obligaciones que le imponen los artículos 328 y 329 de la Ley.

 

  1. Parte actora. Se reconoce personería a Héctor Francisco Ochoa Moreno como denunciado dentro del expediente IEE-PES-024/2024 ante el Consejo Estatal del Instituto.
  1. Domicilio procesal. Se le tiene señalando para oír y recibir notificaciones, el domicilio plasmado en su escrito inicial de demanda, así como el correo electrónico para los mismos efectos.[6]
  1. Tercero interesado. No comparecieron personas terceras interesadas, durante el lapso legal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veinticuatro, salvo que se especifique lo contrario.

[2] En delante, Tribunal.

[3] En adelante, Instituto.

[4] En adelante, PES.

[5] En lo sucesivo, Ley.

[6] Consultable en foja 05 del expediente de clave REP-063/2024.

03_Cierre y circula REP-063/2024

RECURSO DE REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

EXPEDIENTES: REP-063/2024

PARTE ACTORA: HÉCTOR FRANCISCO OCHA MORENO

RESPONSABLE: COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL

MAGISTRADO INSTRUCTOR: GABRIEL HUMBERTO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

Chihuahua, Chihuahua, a veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro.

VISTO el estado procesal que guardan los autos.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a);  297, numeral 1, incisos b), d) y m); 303, numeral 1, inciso a); 308, numeral 1, incisos a) al h); 331, numeral 6, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[1]; y 18; 19; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, XVI, XVII, y XXIX; 103, numeral 8; 112 y 113 del Reglamento Interior del Tribunal, se

 ACUERDA:

  1. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
  1. Convocatoria. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En lo sucesivo, Ley.

04_Convoca REP-063/2024

Chihuahua, Chihuahua; veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave REP-063/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las once horas con cuarenta minutos del miércoles veintisiete de marzo del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

05_Sentencia REP-063/2024

formulado con motivo
signado por Arturo Muñoz Aguirre, en su carácter de Secretario Técnico de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual envía  informe circunstanciado, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u) 303 numeral 1, inciso g) y 381 BIS, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua