01_Forma registra y asume REP-064_2023

 

Chihuahua, Chihuahua; veinte de octubre de dos mil veintitrés.

Vista la cuenta que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado remitido por el Consejero Presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, Víctor Yuri Zapata Leos, relativo al medio de impugnación promovido por Cruz Pérez Cuellar, en su carácter de Presidente del H. Ayuntamiento de Ciudad Juárez, por el que interpone recurso de revisión de procedimiento especial sancionador  en contra del acuerdo de medidas cautelares de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto dentro del expediente IEE-PES-013/2023, dictado el doce de octubre de dos mil veintitrés, mediante el cual se declaró procedente las medidas cautelares solicitadas por el actor dentro del referido expediente; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u), 350 numeral 1, inciso d), y numeral 2 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, lo establecido en el acta de Sesión privada de veintitrés de agosto de dos mil veintitrés, se:

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave REP-064/2023 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Turno. Se asume el expediente en que se actúa por la Magistrada Socorro Roxana García Moreno para la sustanciación y resolución de este, al tener relación con el diverso expediente identificado con la clave IEE-PES-013/2023, de acuerdo al pre turno asignado.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Admisión circula y convoca REP-064_2023

RECURSO DE REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

EXPEDIENTE: REP-064/2023

RECURRENTE: PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE CIUDAD JUÁREZ

RESPONSABLE: COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL

 

Chihuahua, Chihuahua; veintiséis de octubre del dos mil veintitrés[1]

Vista la cuenta de la Secretaria General y, el acuerdo de turno de veinte de octubre, mediante el cual se ordena formar expediente y registrar, como Recurso de Revisión de Procedimiento Especial Sancionador, formado con motivo de la interposición del medio de impugnación presentado por Cruz Pérez Cuellar en su carácter de Presidente Municipal del Ayuntamiento de Ciudad Juárez, en contra del acuerdo de medidas cautelares de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral, dentro del expediente IEE-PES-013/2023, así como el turno del referido medio de impugnación a esta Ponencia.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso e); 297, numeral 1, inciso m); 299, numeral 2, inciso u); 303, numeral 1, inciso b); 308, numeral 1; 317, numeral 1, inciso a) y c); 330, numeral 1, inciso b); 331, numeral 5 y 370 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, y 109, numeral 1, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se;

ACUERDA:

PRIMERO. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave REP-064/2023, para los efectos legales a los que haya lugar.

SEGUNDO.  RADICACIÓN. Se radica el asunto para su sustanciación en esta ponencia.

TERCERO. LEGITIMACIÓN. Se reconoce legitimación a Cruz Pérez Cuellar en el presente recurso como Presidente Municipal del Ayuntamiento de Juárez, Chihuahua, quien tiene el carácter de denunciado.

CUARTO. DOMICILIO. Se tiene señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos, el indicado en el escrito de impugnación y como autorizadas para tales efectos a las personas mencionadas en el mismo.

QUINTO. AUTORIDAD RESPONSABLE. Se tiene a la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral, como autoridad responsable al ser quien emitió el acuerdo sobre las medidas cautelares, dentro del expediente IEE-PES-013/2023 misma que rinde su informe circunstanciado al que acompaña el acto impugnado y constancias que lo sustentan, en atención a las obligaciones que le impone la Ley.

 

SEXTO. ADMISIÓN. Toda vez que el escrito de impugnación cumple con los requisitos generales que establece la Ley, se admite el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador interpuesto.

 

SÉPTIMO. TENGASE a la parte actora ofreciendo como pruebas la instrumental de actuaciones y la presuncional, en su doble aspecto, legal y humana, las cuales se tienen por desahogadas dada su naturaleza.

OCTAVO. CIERRE DE INSTRUCCIÓN. En virtud de que no existen diligencias por desahogar, y dado que el expediente se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la instrucción.

NOVENO. CIRCULACIÓN. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las Magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

DÉCIMO. CONVOCATORIA. Se convoca a sesión pública de Pleno, que habrá de celebrarse a las trece horas con treinta minutos del veintisiete de octubre, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

 

Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a las Magistraturas que integran este Tribunal.

NOTIFIQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe.

DOY FE.

[1] Todas las fechas corresponden a año dos mil veintitrés.

formulado con motivo
promovido por Cruz Pérez Cuellar, en su carácter de Presidente del H. Ayuntamiento de Ciudad Juárez, por el que interpone recurso de revisión de procedimiento especial sancionador  en contra del acuerdo de medidas cautelares de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto dentro del expediente IEE-PES-013/2023, dictado el doce de octubre de dos mil veintitrés, mediante el cual se declaró procedente las medidas cautelares solicitadas por el actor dentro del referido expediente