Forma y registra

Chihuahua, Chihuahua; a dieciséis de abril de dos mil veinticinco .

La Secretaría General da cuenta con copia certificada del acuerdo del Pleno de este Tribunal, de fecha quince de abril, a través del cual se ordena escindir los actos reclamados en el medio de impugnación presentado por Miguel Alonso Riggs Baeza, y reencauzar los mismos para que, cada uno de ellos, se tramiten en la vía que corresponda.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso m); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 3; 7; 86; 99; 100,105, 118 y 119 fracción V, de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua[1]; 18, 19, 27 fracciones I, IX y XX; 32 fracción I, II, III, XVI, XVII, y XXX; 103, numeral 8; y 113 del Reglamento Interior del Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Forma y Registra. De conformidad con lo dispuesto en el punto 5.1 del acuerdo de Pleno descrito en la cuenta, se ordena a la Secretaria General, formar y registrar expediente en la vía de Recurso de Revisión del Procedimiento Especial Sancionador, con la clave REP-184/2025, lo anterior con los originales del medio de impugnación presentado.

 

SEGUNDO. Turno. Al encontrarse relacionado el medio de impugnación, con el Procedimiento Especial Sancionador PES-062/2025, que se encuentra asignado a la ponencia del suscrito, de igual forma se turna el presente expediente a dicha ponencia, por lo que se instruye que se remitan los autos a ella, para efecto del trámite.

 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En delante Ley Electoral Reglamentaria.

Circulación de proyecto

Chihuahua, Chihuahua, a veintidós de abril de dos mil veinticinco.

VISTOS 1) El acuerdo plenario de fecha quince de abril de dos mil veinticinco[1] mediante el cual se determinó la escisión del expediente de clave JDC-158/2025, a efecto que se forme y registre el Recurso de Revisión del Procedimiento Especial Sancionador, y; 2) El acuerdo de fecha dieciséis de abril, mediante el cual se formó y registró el expediente en la vía de Recurso de Revisión de Procedimiento Especial Sancionador, y se turno a la ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez y con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua y 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave REP-184/2025 y se radica para su sustanciación en esta ponencia.

 

SEGUNDO. Domicilio procesal y autorizaciones. Se le tiene a la parte actora señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones, y como autorizados para tales efectos, lo precisado en su escrito de demanda.

 

TERCERO. Informe circunstanciado. En atención a que, el informe circunstanciado remitido por la autoridad responsable cumple con los requisitos de ley, se le tiene por cumplidas las obligaciones que le impone la Ley.

CUARTO. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de sentencia que corresponde al presente asunto; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto a las Magistradas, que junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

 

QUINTO. Convocatoria a sesión pública de Pleno. Convoquése a Sesión pública de Pleno, con el objetivo de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda del presente asunto.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma, el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

[1] Las fechas corresponden al año dos mil veinticinco, salvo precisión en contrario.

Convoca

Chihuahua, Chihuahua; a veintitrés de abril de dos mil veinticinco.

                

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave REP-184/2025, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Pública de Pleno que se llevará a cabo a las doce horas del veinticuatro de abril de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto. 

 

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal. 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

FORMULADO CON MOTIVO

En relación con la demanda presentada por  Alberto González Manjarrez, en contra del Acuerdo IEE/CE86/2025 del Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral, dentro del procedimiento para elegir personas juzgadoras, en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado 2024-2025