Chihuahua, Chihuahua; a doce de julio de dos mil veinticinco.
La Secretaria General, da cuenta al Magistrado Presidente con: a) el oficio de clave IEE-SE-991/2025, correspondiente al aviso de publicación de medio de impugnación promovido por Marcelina Gómez Herrera, en su carácter de denunciante dentro del expediente de clave IEE-PES-042/2025 y, b) el informe circunstanciado de clave IEE-SE-1027/2025 y anexos, remitidos por el Instituto Estatal Electoral del Estado de Chihuahua. Con fundamento en los artículos 381 BIS, numeral I, inciso b) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[1]; así como, 29 fracción III del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Chihuahua[2], se
ACUERDA:
PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.
SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave REP-390/2025, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional. Sin embargo, del medio de impugnación se desprende que la promovente ocurre en la vía del Juicio Ciudadano, sin embargo, en términos señalados por el artículo 381 BIS, numeral I, inciso b) de la Ley Electora, se advierte que la vía correcta corresponde a la del Recurso de Revisión. En tal sentido, conforme a lo dispuesto por el articulo 29 fracción III del Reglamento Interior, regístrese el expediente en la vía correcta.
TERCERO. Turno. Por así corresponder en el orden alfabético establecido por este órgano jurisdiccional con fundamento en el artículo y 150 numeral 1 del Reglamento Interior se turna el expediente al suscrito, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a mi Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.
[1] En adelante: Ley Electoral.
[2] En adelante: Reglamento Interior.