Forma

Chihuahua, Chihuahua; a once de agosto de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General, da cuenta al Magistrado Presidente con: a) el oficio de clave IEE-SE1192/2025, correspondiente al aviso de publicación de medio de impugnación promovido por Diana Margarita Félix Sierra, en su carácter de denunciante dentro del expediente de clave IEE-PES-045/2025 y, b) el informe circunstanciado de clave IEE-SE-11198/2025 y anexos, remitidos por el Instituto Estatal Electoral del Estado de Chihuahua. Con fundamento en los artículos 381 BIS, numeral I, inciso b) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[1]; así como, 29 fracción III del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Chihuahua[2], se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.

SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave REP-396/2025, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

TERCERO. Turno. Por así corresponder en el orden alfabético establecido por este órgano jurisdiccional con fundamento en el artículo y 150 numeral 1 del Reglamento Interior se turna el expediente al suscrito, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a mi Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante: Ley Electoral.

[2] En adelante: Reglamento Interior.

Admisión

Chihuahua, Chihuahua; a once de agosto de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General, da cuenta al Magistrado Presidente con: a) el oficio de clave IEE-SE1192/2025, correspondiente al aviso de publicación de medio de impugnación promovido por Diana Margarita Félix Sierra, en su carácter de denunciante dentro del expediente de clave IEE-PES-045/2025 y, b) el informe circunstanciado de clave IEE-SE-11198/2025 y anexos, remitidos por el Instituto Estatal Electoral del Estado de Chihuahua. Con fundamento en los artículos 381 BIS, numeral I, inciso b) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[1]; así como, 29 fracción III del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Chihuahua[2], se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.

SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave REP-396/2025, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

TERCERO. Turno. Por así corresponder en el orden alfabético establecido por este órgano jurisdiccional con fundamento en el artículo y 150 numeral 1 del Reglamento Interior se turna el expediente al suscrito, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a mi Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

[1] En adelante: Ley Electoral.

[2] En adelante: Reglamento Interior.

Circulación de proyecto

Chihuahua, Chihuahua, a dieciocho de agosto de dos mil vein3cinco.

VISTO el estado procesal que guardan los autos del expediente en que se actúa. Con fundamento en los ar7culos 36 y 37 de la Cons<tución Polí<ca del Estado de Chihuahua; 119 de la Ley Electoral Reglamentaria de los ar7culos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Cons<tución para elegir personas juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como los diversos 160 y 161 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Cierre de instrucción. En virtud de que no se cuentan con mayores diligencias por realizar en el asunto que nos ocupa, se declara cerrada la etapa de instrucción y se procede a elaborar proyecto de resolución.

 

SEGUNDO. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.  

 

TERCERO. Convocatoria a Sesión Pública Se convoca a sesión pública de Pleno, a fin de analizar, discu<r y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

 

CUARTO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Hugo Molina MarNnez ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Convocatoria

Chihuahua, Chihuahua, a dieciocho de agosto de dos mil vein3cinco.

VISTO el estado procesal que guardan los autos del expediente en que se actúa. Con fundamento en los artículos 36 y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 119 de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para elegir personas juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como los diversos 160 y 161 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Cierre de instrucción. En virtud de que no se cuentan con mayores diligencias por realizar en el asunto que nos ocupa, se declara cerrada la etapa de instrucción y se procede a elaborar proyecto de resolución.

 

SEGUNDO. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de sentencia a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.  

 

TERCERO. Convocatoria a Sesión Pública Se convoca a sesión pública de Pleno, a fin de analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

 

CUARTO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Recepción de medio

Chihuahua, Chihuahua; veinticinco de agosto de dos mil veinticinco.

Visto el escrito signado por Diana Margarita Félix Sierra, en su calidad de Candidata Electa a

Magistrada Civil, mediante el cual interpone Juicio para la Protección de los Derechos PolíticoElectorales de la Ciudadanía, en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente REP-396/2025, con fundamento en los artículos 17, 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; se:

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Ténganse por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Aviso. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Publicación. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Informe. Se instruye a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por los artículos 18, numeral 2, numeral 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remisión. Remítase de inmediato a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaría General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo C-378/2025 en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante el Subsecretario en Funciones de Secretario General por Ministerio de Ley Ignacio Alejandro Holguín Rodríguez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

Glosa y Archivese

Chihuahua, Chihuahua; a diecinueve de septiembre de dos mil veinticinco. 

 

Vista la cuenta que remite la Secretaría General al suscrito Magistrado Presidente, de la que se advierte el  oficio SG-SGA-OA-371/2025, signado por el Licenciado Juan Emmanuel González Martínez, Actuario Regional de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por medio del cual notifica acuerdo de fecha diez de septiembre de la presente anualidad; dictado dentro del expediente SG-CA-228/2025, acuerdo con el que se remite el expediente REP-396/2025. Con fundamento en los artículos 299, numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma al expediente REP-396/2025, para los efectos legales conducentes.

 

SEGUNDO. Archivo. Derivado que del acuerdo emitido dentro del expediente de clave SG-CA228/2025, por medio del cual se hace la devolución del expediente de clave REP-396/2025,  se desprende de que el asunto se encuentra concluido, archívese el presente expediente.  

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Formulado con motivo

medio de impugnación promovido por Diana Margarita Félix Sierra, en su carácter de denunciante dentro del expediente de clave IEE-PES-045/2025 y, b) el informe circunstanciado de clave IEE-SE-11198/2025 y anexos, remitidos por el Instituto Estatal Electoral del Estado de Chihuahua