Chihuahua, Chihuahua; a veintiocho de agosto de dos mil veinticinco.
La Secretaría General, da cuenta al Magistrado Presidente con: a) el oficio de clave IEE-SE-1234/2025, correspondiente al aviso de publicación de medio de impugnación promovido dentro del procedimiento especial sancionador bajo la clave IEE-PES-021/2025, del índice de ese Instituto, con motivo del desechamiento de la denuncia y, b) el informe circunstanciado de clave IEE-SE-1245/2025 y anexos, remitidos por el Instituto Estatal Electoral del Estado de Chihuahua. Con fundamento en los artículos 381 BIS, numeral I, inciso b) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua[1]; así como, 29 fracción III y 45 fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Chihuahua[2], se
ACUERDA:
PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.
SEGUNDO. Forma y registra. Con la documentación descrita en la cuenta, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional, en la vía de recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, bajo la clave REP-406/2025.
TERCERO. Turno. Por así corresponder en el orden alfabético establecido por este órgano jurisdiccional con fundamento en el artículo 150, numeral 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se turna el expediente al suscrito, por lo cual, se instruye a la Secretaría General que remita los autos a mi Ponencia, para efectos del trámite legal correspondiente.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez ante el Subsecretario General en funciones de Secretario General, por Ministerio de Ley, Ignacio Alejandro Holguín Rodríguez. DOY FE.
[1] En adelante: Ley Electoral.
[2] En adelante: Reglamento Interior.